Abren el camino para que Saadi sea senador
Proceder: una comisión del Senado anuló las impugnaciones que impedían su nombramiento y eligió, para su jura, una fecha en la que Ruckauf, quien se negó a tomarle juramento, no estará en el país.
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El oficialismo comenzó ayer una nueva campaña tendiente a sentar en una banca del Senado al catamarqueño Ramón Saadi, cuyo ingreso fue frustrado por el presidente de ese cuerpo, Carlos Ruckauf, al negarse a tomarle juramento, el 19 del mes último. La arremetida la emprendió el senador Héctor Maya con un pedido de inclusión del tema durante la reunión de ayer de la Comisión de Asuntos Constitucionales.
Durante el encuentro, el senador adelantó que el PJ en esa comisión, presidida por otro menemista, Jorge Yoma, había decidido emitir un nuevo dictamen favorable al ingreso de Saadi, que está ya a la firma de los legisladores peronistas, que son mayoría en ese cuerpo. El despacho rechaza las impugnaciones contra Saadi, presentadas apenas horas después de que Ruckauf se negara a tomarle juramento.
Según Maya, el dictamen en cuestión, si es que se suscribe hoy, podría ser tratado durante la semana próxima, cuando, curiosamente, Ruckauf estará de viaje y ocupará su lugar Eduardo Menem, quien ha dicho que él le tomaría juramento a Saadi.
Por otra parte, el Senado aprobaría hoy un dictamen sobre hábeas data, que persigue la protección de los datos personales asentados en archivos, rgistros o bancos de datos, así como el acceso a la información que existe en ellos.
Atado a los dos temas, el rionegrino Horacio Massaccesi anunció que presentará una acción de hábeas data para que la administración pública determine cuál es la información que pueda afectar su asunción como senador nacional.
El Senado trata hoy Hábeas Data
Aspectos: se modificará el proyecto sancionado en Diputados; reglamenta el nuevo derecho del artículo 43 de la Constitución; el senador Villarroel es el único disidente; Fernández Meijide hizo objeciones.
El Senado se apresta a aprobar hoy un dictamen sobre hábeas data , modificatorio de la sanción de Diputados (del 5 de junio del actual), por lo que el proyecto volverá a la Cámara baja para su segunda y última revisión, antes de convertirse en ley. Se trata de la reglamentación de un nuevo derecho, incluido en el artículo 43 de la Constitución durante la reforma de 1994, por el cual se persigue la protección de los datos personales asentados en archivos, registros o bancos de datos, entre otros, de modo de garantizar el honor y la intimidad de las personas, así como el acceso a la información que existe sobre ellas.
La Constitución dice, expresamente, que toda persona podrá interponer una acción de hábeas data ante la Justicia para tomar conocimiento de los datos referidos a ella y de su finalidad, que consten tanto en registros públicos como en los privados destinados a proveer informes y que, en caso de falsedad o de discriminación, podrá exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquéllos. Estipula, paralelamente, que "no podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística".
El Senado cuenta con un dictamen de mayoría, de las comisiones de Asuntos Constitucionales, Legislación General, Libertad de Expresión y de Derechos y Garantías, suscripto por el peronismo y por el senador Juan Ramón Aguirre Lanari (liberal correntino), mientras que los radicales y la frepasista porteña Graciela Fernández Meijide, lo firmaron en disidencia parcial.
En desacuerdo
La única disidencia total corresponde al senador Pedro Villarroel (Frente Cívico-Catamarca), para quien esta ley, "lejos de facilitar el derecho, en realidad, lo limita y hace prevalecer el interés del Estado sobre los derechos individuales". Villarroel sostiene que para el caso de que una persona quiera solicitar información que a ella se refiera, contenida, por ejemplo. en registros de los servicios de Inteligencia del Estado "son tan amplias las excepciones que propone la ley que el derecho de acceso a esas fuentes, previsto por la Constitución, queda totalmente desvirtuado".
El legislador catamarqueño se refiere, precisamente, al artículo 17 de la norma, que bajo el título de "Excepciones" al derecho de los titulares, estipula que los responsables de bancos de datos puede negarse a brindar la información requerida por un particular si considera que son datos que hacen a la protección de la defensa de la Nación, del orden y de la seguridad pública o de la protección de los derechos e intereses de terceros.
Vale decir que, en este caso específico, siguiendo el análisis de Villarroel, ni siquiera un juez podría hacer valer ese derecho de acceso a las fuentes.
Crítica
Por su parte, la senadora Fernández Meijide critica, entre otros, el artículo del despacho mayoritario por el que se reglamenta sobre el deber de confidencialidad de los datos, que estipula que quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de datos personales están obligados al secreto profesional, del que "podrán ser relevados por razones fundadas relativas a la seguridad pública, la defensa nacional o la salud pública". Para Fernández Meijide resulta necesario especificar que ese relevamiento del secreto profesional "sólo podrá efectuarse por resolución judicial", pues considera que las expresiones "seguridad pública, defensa nacional y salud pública son, per se, vagas, imprecisas".
El dictamen mayoritario será fundamentado hoy, en el recinto, por el senador Eduardo Menem (PJ-La Rioja) quien además se desempeñó como convencional en la reforma de la Carta Magna de hace dos años.
Insiste el PJ para que Saadi ingrese al Senado
Vía libre: con la ausencia de Ruckauf, que estará de viaje, el camino aparece allanado para el ex gobernador de Catamarca; molestia radical por el tema.
El Senado podría tratar la semana próxima el dictamen para que el ex gobernador catamarqueño Ramón Saadi ingrese a ese cuerpo, luego de que el presidente de la Cámara alta, Carlos Ruckauf, se negó a tomarle juramento por "cuestiones de principios". El senador Héctor Maya (PJ) fue quien reflotó ayer el tema, mientras sigue demorado también el ingreso de Oscar Castillo, del Frente Cívico catamarqueño, cuya nominación obtuvo la mayoría de votos de la Asamblea Legislativa provincial.
Maya adelantó que se reclamará a Diputados detalles sobre un pedido de desafuero para Castillo, quien actualmente integra esa cámara.
En Asuntos Constitucionales, los radicales reaccionaron con dureza tras enterarse por el propio Maya de que se estaba buscando la forma de dar por terminado el asunto Saadi. "Ahora van a pedir datos sobre Castillo y ni si quiera piensan abrir la discusión sobre Saadi, quien ni siquiera tiene pliego de senador", protestó Raúl Galván al recordar que al candidato del PJ "no le alcanzaron los votos de la Asamblea" para ser convalidado como tal, razón por la cual aquélla no envió ningún pliego de Saadi para ser considerado por el Senado.
"Esto es muy grave. El PJ en el Senado va a volver a hacer uso de su abrumadora mayoría para terminar imponiendo criterios contrarios a la ley", dijo Galván.
En ausencia de Ruckauf
Si el despacho se suscribe hoy, el dictamen en favor de Saadi podría tratarse la semana próxima, cuando habrían pasado los siete días reglamentarios que le permitirían al PJ aprobarlo en el recinto con la mayoría simple de votos. En caso contrario, deberán esperar una semana más. Pero un dato a tener en cuenta es que Ruckauf no estará en el país ni el miércoles próximo ni el siguiente pues viajará a Zimbabwe.
Así, algunos peronistas aprovecharían esa ausencia para allanarle el camino a Saadi pues aunque Ruckauf dijo que volvería a negarse a tomárselo, quien lo reemplaza en su ausencia, Eduardo Menem, opinó que no corresponde al titular del Senado decidir a quién le toma o no juramento, sino que es una función que no se discute, se cumple.
Hasta anoche, el tema no había sido discutido en el bloque del PJ donde hay quienes se oponen a la incorporación de Saadi.
Para hoy, está previsto que el PJ plantee, sobre tablas, su rechazo a palabras del titular de la UCR, Rodolfo Terragno, sobre que Carlos Menem "debería dar un paso al costado" si se planteara un conflicto institucional en el país, y que los radicales renueven su pedido de interpelación a Carlos Corach, aunque esta vez para pedirle explicaciones sobre la profanación de tumbas en el cementerio israelita de La Tablada.
Los empresarios, con más objeciones al proyecto
Reparos: aunque sus reclamos fueron aceptados por los legisladores, los empresarios insisten en modificar la ley de hábeas data, que hoy tratará la Cámara alta; órgano de control.
Aunque ya fueron aceptadas por los legisladores varias de sus demandas, los empresarios siguen planteando objeciones al proyecto de ley de hábeas data que hoy tratará el Senado. Lo que debía ser una ley sobre el tratamiento que el Estado da a los datos personales de los ciudadanos se fue transformando en un verdadero marco regulatorio del funcionamiento de cualquier banco de datos, públicos o privados, personales y también comerciales, información considerada estratégica en la era del marketing directo (por correo o telefónico).
Gracias a la presión de las cámaras que agrupan a la banca privada, el dictamen que salió de la Comisión de Asuntos Constitucionales, que preside Jorge Yoma (PJ), establece la diferenciación entre información "sensible" y "promocional" o comercial.
"Pero sigue habiendo restricciones y, por lo tanto, sobrecostos, en el uso de informes, lo que terminará afectando la operatoria crediticia y comercial", señaló a La Nación un ex integrante del equipo económico que siguió las negociaciones con el Congreso. "Ese sobrecosto lo terminará pagando el consumidor", agregó.
En el análisis del proyecto, que le enviaron al presidente del Senado, Carlos Ruckauf, la Asociación de Marketing Directo critica la necesario contar con el consentimiento del titular cuando se trate de información que exceda los datos básicos, aunque se trate de datos de perfil de consumidor, cuyo uso son actividades promocionales. "Incluso hay una contradicción entre dos artículos de la misma norma", señaló José María Guitart, directivo de AMDA.
Dificultades telefónicas
El problema que se les presenta a las empresas de telemarketing es que si el consultado da su aprobación por teléfono, ésta no puede ser válida judicialmente. El caso se complica cuando una empresa con muchos clientes (como un banco o una tarjeta de crédito) le vende su banco de datos a otra compañía para ofrecer sus servicios. "Las grandes empresas internacionales que venden servicios por teléfono (como es el caso de varias compañías de seguros) que están estudiando instalarse en el país lo pensarán dos veces con esta ley", comentó Guitart.
Por otra parte, el órgano de control (por crearse con la ley) obligaría a las empresas a ceder no sólo antecedentes y documentación, sino "programas u otros elementos relativos" que les sean requeridos. Según la Asociación, esto podría incluir "al contenido mismo de las bases de datos, con lo que se perdería la privacidad de los mismos", además de infringir el derecho de propiedad si se ceden los programas. "La ley tiene equivocaciones. Pedimos que los legisladores nos escuchen para hacerla más razonable", concluyó el directivo.
Una novedad jurídica de escasa proyección social
Hábeas data: la reglamentación legislativa de este instituto constitucional debe ser cuidadosa para evitar la lesión de derechos y garantías.
Una de las novedades jurídicas incorporadas con la reforma constitucional de 1994 es la regulación de la acción de hábeas data, siguiendo los lineamientos de las constituciones de España de 1978 (art. 18. inc. 4) y, especialmente, la portuguesa de 1976 (art. 35). En rigor, la novedad es aparente porque esta garantía ya disfrutaba de reconocimiento jurisprudencial en las demandas interpuestas contra el Estado por vía de la acción de amparo, y contra los particulares a través del proceso sumarísimo previsto en el Código Procesal Civil y Comercial.
Es una garantía destinada a preservar la intangibilidad de los derechos a la intimidad y el honor de las personas, contra las lesiones generadas arbitrariamente mediante la difusión de ciertas informaciones concernientes a ellas que están registradas en algunos bancos de datos estatales o privados.
El art. 43 de la Constitución dispone que la acción puede ser ejercida por todo aquél cuyos derechos fueron o pudieron ser vulnerados mediante la difusión de datos referentes a su persona.
Los destinatarios de la acción son las entidades del Estado o privadas que constituyen aquellos bancos de datos con el objeto de suministrar informes a terceros, ya sea en forma onerosa o gratuita.
El objeto primario de la acción es conocer fehacientemente el contenido de esos datos.
Si se acredita que ellos son inexactos o incompletos, se podrá requerir su rectificación o actualización.
Asimismo, si tales datos son discriminatorios para revestir el carácter de sensibles, también se podrá demandar su supresión.
Esto último acontece con los datos referentes al origen social de las personas, a su estado de salud física o psíquica, sus opiniones políticas, convicciones religiosas, y los datos de índole policial o judiciales alcanzados por la prescripción.
El propósito es loable porque , frecuentemente, la recopilación de esos datos privados se concreta sin la conformidad del interesado respondiendo a fines fiscales, políticos, económicos, comerciales o sociales.
Bajo determinadas circunstancias, su difusión puede ocasionar daños arbitrarios vulnerando los aspectos de la vida privada que tutela el art. 19 de la Ley Fundamental.
Es que, el derecho a conocer tales datos que algún interesado, que también puede ser legítimo, cede cuando su interés carece de relevancia a los fines de que una relación jurídica lícita y sólo obedece al propósito patológico de conocer la intimidad de una persona sin que existan razones de seguridad, orden o moral pública que lo justifiquen.
Al margen de este loable objeto que presenta el hábeas data, lo cierto es que se trata de un instituto que tendrá escasa proyección social porque su aplicabilidad estará limitada, tal como lo está actualmente, a un reducido sector de la población sobre el cual puede recaer el interés de los titulares de los bancos de datos como consecuencia de la demanda de sus usuarios.
Además, cabe recordar que en nuestro sistema constitucional no existen derechos absolutos, y la tutela al honor e intimidad de las personas no escapa a esta regla general.
Ellos pueden y deben ceder ante valores institucionalmente más importantes en el caso concreto.
Su reglamentación legislativa debe ser sumamente prudente procurando evitar la lesión, también arbitraria, de derechos y garantías fundamentales tales como la inviolabilidad del domicilio, de la correspondencia y de los papeles privados (art. 18 de la Constitución nacional), como también la documentación concentrada en ciertos organismos que velan por la seguridad del Estado y del sistema democrático constitucional.
A ella se añade la obrante en poder de los periodistas y de las empresas periodísticas porque, el art. 43 de la Constitución, dispone categóricamente que el hábeas data no puede afectar el secreto de las fuentes de información periodística.
Esa reglamentación legislativa obra en un proyecto aprobado por la Cámara de Diputado y en otro, de metodología endeble, que analiza el Senado.
Ambos son excesivamente detallistas y no resuelven los problemas insolubles que presentan los progresos tecnológicos que se operan en materia informática y de comunicación social. Particularmente los concernientes a la conformación de bancos de datos paralelos a los oficiales o a la inserción anónima y codificada de ellos en las redes internacionales de intercomunicación como la Internet.
En esta materia, como en tantas otras, la creatividad técnica y científica de los hombres deja a la zaga las engorrosas lucubraciones teóricas de los juristas cuando está desprovistas de aptitudes para amoldarse y aceptar el desafío del desbordante dinamismo social.
Los datos periodísticos salvaguardados
Reserva: los senadores intentarán hoy, cuando traten hábeas data, resguardar la información periodística para que no pueda alegarse la confidencialidad.
Los registros o bancos de datos no podrán alegar la confidencialidad de la información que se les requiere, salvo el supuesto en que se afecte el secreto de las fuentes de información periodística. Con este párrafo, los senadores pretendieron salvaguardar, en el proyecto de ley de hábeas data, que hoy será debatido en la cámara Alta, el manejo de datos en la actividad periodística.
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) expresó, en líneas generales, su acuerdo con la redacción del texto, aunque el presidente de la Comisión de Libertad de Prensa de la entidad, Guillermo Ignacio, sostuvo que no era partidario de utilizar la palabra "supuesto".
En un principio, a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara alta habían llegado algunas inquietudes de particulares. Aquellas dudas surgieron con respecto a que la ley no establece, específicamente, un artículo por separado que exceptúe a las empresas periodísticas de tener que abrir las puertas de sus archivos para rectificar informaciones.
Una cuestión de forma
Para el titular de Comisión de Libertad de Prensa de ADEPA, la cuestión es de forma. Guillermo Ignacio considera que al preservarse la fuente periodística "obviamente no podrá afectarse la base informativa de las empresas. "La redacción de los artículos nunca tiene un carácter tan absoluto, puede dar lugar a interpretaciones -explicó Ignacio-. Si surgen problemas hay que remitirse al debate de la reforma constitucional en el que quedó bien en claro el espíritu de este derecho".
Por su parte, el senador Pedro Villarroel (Frente Cívico catamarqueño), anticipó que votará el proyecto, que hoy será debatido en la Cámara alta, en disidencia total. El legislador no compartió esa visión ya que puso especial énfasis en la diferencia que existe entre los beneficios que debe tener una fuente de información periodística, y los que le caben a una empresa.
El proyecto de hábeas data que había sido sancionado en la Cámara de Diputados es más específico en este punto, según comentan los especialistas, ya que esa inciativa que logró el consenso en Cámara baja, sostiene que la ley no se aplicará "a los registros de las personas jurídicas dedicadas a la actividad periodística".
El derecho a pedir la propia información
Mucha gente puede preguntarse en qué cambiará su vida si se aprueba hoy en el Senado el proyecto de ley de hábeas data. En líneas generales, es un derecho constitucional importante porque permite al individuo acceder a la información que almacenan sobre él los bancos de datos o archivos públicos o privados.
En un primer paso, el interesado puede recurrir al organismo en cuestión y solicitar el acceso, rectificación de los datos que considera erróneos. Si esta información le fuera denegada, podrá recurrir a un juez y presentar dicho recurso, el de hábeas data.
Todos los registros públicos como lo son, por ejemplo, el de las personas, el automotor o el de la propiedad tendrán obligación de proporcionar informes a su titular, quien requerirá la información.
Organismos que informan
En el ámbito de lo privado, en cambio, la ley incluye a los organismos destinados a proveer informes, como las empresas que acreditan la solvencia de clientes, las tarjetas de crédito o las agencias que reclutan personal temporario. Nadie está obligado a proporcionar datos, llamados sensibles, como el origen racial y étnico, las opiniones políticas, la situación sindical o las convicciones filosóficas. Además, toda cesión de información a otras instituciones debe contar con la autorización expresa del afectado, salvo casos excepcionales.
Massaccesi recurre al hábeas data por la banca
Informe a medias: el ex gobernador rionegrino no pudo ser recibido por el titular de la UCR, Rodolfo Terragno; se realizará un nuevo encuentro.
El radical Horacio Massaccesi presentará hoy un recurso de hábeas data para que se determine cuál es la información referida a su persona existente en diversos organismos de la administración nacional que puedan afectar su asunción como senador nacional en representación de Río Negro. La presentación del ex gobernador rionegrino es un nuevo intento por lograr que se destrabe su situación, luego de que planteó su caso ante organismos internacionales.
Massaccesi se presentó ayer en el comité nacional de la UCR para dar informes ante la mesa ejecutiva del organismo partidario, pero no pudo ser recibido por su titular.
De hecho, Massaccesi se presentó pese a que Victorio Bisciotti, integrante de la mesa, le anticipó que ayer no podría ser recibido.
El ex gobernador rionegrino estuvo allí de todos modos, pero su informe será ampliado la semana próxima.
"Seguiré presentando ante organismos internacionales esta denuncia sobre la demora en mi jura, porque creo firmemente que se trata de un atropello a la decisión de los representantes de los ciudadanos de mi provincia, que decidieron legítimamente que ocupara una banca en el Senado." Una semana atrás, el ex candidato presidencial se entrevistó por el mismo motivo con el vicepresidente del Uruguay, Hugo Batalla.
Hábeas data
En la acción de hábeas data, el ex gobernador solicitará informes a la Policía Federal, a la Gendarmería, a la Prefectura, al Ministerio del Interior, al Ministerio de Justicia, a la Procuración del Tesoro y a la Secretaría General de la Presidencia, entre otros organismos públicos. En la presentación, a cuyo borrador tuvo acceso La Nación, señala también que existe un derecho violado, que el estado de sospecha lesiona su honor y que se encuentra en pleno derecho de presentar un recurso de esa naturaleza.
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