
Cierran la causa de la leche adulterada
Fue sobreseído Spadone, que en 2003 había sido condenado a dos años y medio de prisión en suspenso
1 minuto de lectura'
La reforma del Código Penal que modificó los parámetros de prescripción de los delitos está haciendo sentir sus efectos: después de catorce años de investigación, el juez federal Jorge Ballestero cerró la causa por la venta de leche en polvo adulterada al Estado en 1991, uno de los casos de corrupción más resonantes del gobierno de Carlos Menem.
Basado en la nueva ley, sancionada en diciembre pasado, el magistrado dictó el "sobreseimiento definitivo" de Carlos Spadone. Ese empresario y ex asesor de Menem había sido condenado a dos años y medio de prisión en suspenso y al pago de una multa por 90.000 pesos en noviembre de 2003.
La declaración de prescripción de este expediente se suma al cierre de la causa por el presunto encubrimiento en el asesinato del soldado Omar Carrasco y al archivo de la investigación sobre la obtención de la ciudadanía argentina del traficante de armas sirio Monser Al Kassar.
A un paso de la prescripción, mientras tanto, están varias investigaciones por fraudes bancarios, entre ellas la del Banco de Italia y la del Banco del Oeste, ambas iniciadas en la segunda mitad de los años ochenta.
El mismo tribunal que había condenado a Spadone -la Sala II de la Cámara Federal- también había fallado contra Carlos Santunione y Néstor Lorenzo, colaboradores del empresario. El ex secretario privado de Menem Miguel Angel Vicco, en cambio, fue sobreseído en 1993.
El fallo de Ballestero que dispuso el archivo de la causa es del 1° del actual, pero sólo fue dado a conocer ayer. En el escrito, el juez explicó que entre la primera indagatoria -realizada el 4 de junio de 1992- y la acusación fiscal -del 6 agosto de 1998- habían pasado más de seis años, el plazo máximo para la prescripción de una defraudación, el delito por el que Spadone había sido condenado.
Oposición
Los fiscales del caso, Luis Comparatore y Patricio Evers, habían admitido que -por sólo dos meses- estaban vencidos los plazos de prescripción. Pero en un escrito presentado el 22 de junio último se habían opuesto al cierre de la causa y habían argumentado que los delitos de corrupción graves -al igual que los de lesa humanidad- son imprescriptibles.
La estrategia del Ministerio Público no funcionó. Ballestero consideró que no hay razones que justifiquen equiparar los hechos que se le imputan a Spadone con los delitos de lesa humanidad y que, en virtud del principio de retroactividad de la ley penal más benigna, la última reforma en materia de prescripción debe aplicarse en beneficio del imputado.
El juez sostuvo además que la doctrina sentada por la Corte para juicios por delitos de lesa humanidad "no debe dar lugar a confusiones carentes de toda lógica jurídica" y que apartarse de las normas que regulan la prescripción en perjuicio del imputado sólo es posible como "una medida de carácter excepcional".
El posible cierre de causas había generado una gran polémica en febrero pasado, cuando LA NACION informó sobre la sanción de la ley. Unas semanas después, el Gobierno anunció que analizaría cada expediente que prescribiera y denunciaría a los jueces que demoraran causas. A la fecha, no se conocen los resultados de esa investigación.
Además, en marzo de este año, la consejera y diputada de ARI Marcela Rodríguez presentó a sus pares del Consejo de la Magistratura un proyecto para crear un registro de causas prescriptas para evaluar, en cada caso, la eventual responsabilidad de los jueces en el archivo de los expedientes. El proyecto contó con el apoyo de varias organizaciones civiles, pero hasta este momento aún no fue aprobado ni rechazado por el Consejo.




