
Confirman el procesamiento de dos exintendentes radicales por retener los documentos de electores
El fallo de la Cámara Electoral apuntó a Matías Rappallini y Lorena Otermin, de Maipú, cuestionados por los comicios de 2019
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La Cámara Nacional Electoral confirmó el procesamiento de Lorena Andrea Otermín y Matías Rappallini, los exintendentes de la localidad bonaerense de Maipú, acusados de retener los documentos de un grupo de electores para que no voten en las elecciones nacionales del 27 de octubre de 2019.
El fallo fue firmado por los jueces Alberto Dalla Vía, Santiago Corcuera y Daniel Bejas, de la Cámara Nacional Electoral.

Matías Rappallini, un radical que llegó a la intendencia de Maipú en 2015 en reemplazo de su hermano Aníbal, fue candidato por Juntos por el Cambio en 2019. Lorena Otermín era secretaria de Gobierno al momento de los hechos y asumió como intendenta interina tras ganar una banca de concejal por el radicalismo en 2023.
Se les reprocha haber coordinado la obtención de los documentos de identidad de las víctimas a cambio de dinero, gestiones en el municipio u obtención de ayudas sociales.
En otros casos, se entregaban alimentos, materiales para la construcción y colchones a cambio de los documentos de los electores.
Los electores que testificaron como víctimas de esa maniobra delictiva, en su mayoría, no recuperaron el DNI antes de las elecciones, por lo cual no pudieron votar.
Los procesados están acusados de desarrollar acciones coordinadas “que incluyeron el ejercicio de violencia, intimidación, amenazas, coacciones, engaños y/u ofrecimientos ilegítimos de dinero, bienes y/o acceso a programas de asistencia o beneficios estatales, dirigidas a obtener los documentos de identidad de numerosas personas con el fin de retenerlos, y así impedirles ejercer su derecho al sufragio y/o compelerlas a votar a determinados candidatos, en las elecciones generales”.
Los jueces sostuvieron que “un sistema electoral en un estado democrático tiene como finalidad primigenia garantizar la libre expresión de la voluntad soberana del pueblo”.
“Es sabido el lugar eminente que los derechos de participación política tienen en la articulación de la democracia representativa, cuya esencia radica en el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos y elegir libremente a sus gobernantes”, dijeron y subrayaron que “la raíz de todo sistema democrático es el sufragio sin cuyo reconocimiento no hay pueblo ni instituciones populares”.
También subrayaron que “la retención de los documentos destinados a acreditar la identidad, por más que fuese transitoria, implicaría condenar a la persona a una suerte de muerte civil, ya que quedaría privada, entre otros, del ejercicio de los derechos políticos”.
Destacaron que “el pueblo es la fuente originaria de la soberanía, y la elección de los representantes por el cuerpo electoral es el modo de ponerla en ejercicio; el sufragio constituye la base de la organización del poder pues determina el carácter representativo de las autoridades”.
La causa que derivó en el procesamiento del intendente de Maipú se inició en 2019, en medio de los comicios en los que se impuso por una diferencia de solo 49 votos (4212 contra 4163) a Carlos Coudannes, candidato del Frente de Todos.
Se denunció la retención de los documentos de identidad de al menos 27 ciudadanos que habrían sido impedidos de votar y la posterior entrega de esas identificaciones a cambio de dinero, alimentos u otros bienes.
Tanto Rappallini como Otermin fueron procesados en primera instancia por el juez federal Alejo Ramos Padilla. Los damnificados, según la investigación, fueron mayoritariamente personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica, principalmente mujeres con hijos a cargo.



