El Procurador dictaminó que se debe seguir investigando al Pata Medina por extorsión
Dijo que los funcionarios acusados de supuesto espionaje podrían estar diseñando una estrategia judicial contra las maniobras ilegales del sindicalista
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El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que se debe anular el sobreseimiento del sindicalista Juan Pablo “Pata” Medina y seguir investigándolo por extorsionar a empresarios de la construcción con exigencias económicas a cambio de no paralizar las obras con huelgas.
Al mismo tiempo, el Procurador dijo que las reuniones en la sede del Banco Provincia de funcionarios del macrismo como empresarios, donde también había miembros de la exAFI, no se deben considerar un maniobra ilegal para armar una causa contra el Pata Medina, sino una reunión donde se definía una estrategia legal para poner sus maniobras al descubierto.
El kirchnerismo denominó estas reuniones como la “gestapo” antisindical porque funcionarios del Gobierno de María Eugenia Vidal, por entonces gobernadora bonaerense, se reunía con funcionarios y empresarios para planear acciones para frenar las acciones de Medina.
La expresión surgió de la frase grabada subrepticiamente en esas reuniones pronunciada por Marcelo Villegas, ex ministro de Trabajo de Vidal quien dijo: “Créeme que si yo pudiera tener una Gestapo para terminar con todos los gremios lo haría”.
Asimismo, la causa fue declarada nula porque los jueces del Tribunal Oral Federal 2 de La Plata que sobreseyeron a Medina dijeron que hubo contactos entre el juez federal Luis Armella y agentes de la AFI en momentos en que se tomaron decisiones clave en la causa contra el gremialista.
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó, por mayoría con los votos de Alejandro Slokar y Angela Ledesma, con la disidencia de Guillermo Yacobucci el sobreseimiento dictado por el tribunal oral que benefició a Juan Pablo Medina y a su hijo Cristián Isidoro Jesús Medina, entre otros gremialistas.
Se basaron en que Armela perdió su imparcialidad, peor no hablaron de la supuesta ilegalidad de la prueba obtenida.
Los jueces de Casación valoraron reuniones y comunicaciones que habrían mantenido funcionarios del Gobierno de Vidal y agentes de la AFI con el juez Armela e incluso con su secretario.
Contra ese fallo, el fiscal Raúl Pleé planteó un recurso extraordinario que fue rechazado por lo que fue en queja ante la Corte.
Antes de decidir, la Corte dio vista del caso al Procurador Casal que dictaminó que la “la declaración de nulidad de la causa y el sobreseimiento de los imputados es arbitraria, por prematura”.
No se probó el supuesto complot contra Medina por parte del Gobierno provincial, la AFI y un juez.
En ese otro expediente, la cámara sostuvo que existían bastantes indicios para sospechar que varios individuos vinculados al sindicato de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA), seccional La Plata, serían responsables de constantes acciones intimidatorias contra empresarios de la construcción.
Esas tareas, dijo el tribunal, “se hicieron bajo la protección de ciertas autoridades políticas, lo que había tornado infructuosos los intentos de denunciar tal proceder delictivo y buscar una solución a las dificultades que generaba en el desenvolvimiento de aquella actividad”.
“No es posible aun descartar que la reunión que mantuvieron funcionarios y agentes de la AFI en 2017 no fue la realización de maniobras ilegales para adquirir prueba falsa que posibilitara la persecución penal de líderes sindicales, sino la elaboración de una estrategia lícita para acabar con una realidad criminal existente”, dijo Casal.
Y escribió que la actividad de los agentes de la AFI podría encuadrarse en tareas de inteligencia criminal legal, previstas por la ley.
Medina había sido detenido en septiembre de 2017. La Justicia lo procesó por los delitos de “asociación ilícita”, “lavado de dinero” y “extorsión”, y además le trabó un embargo por 200 millones de pesos.
En febrero de 2020 fue beneficiado con la prisión domiciliaria, que cumplió en su casa de Ensenada. Un año después fue excarcelado por el Tribunal Oral Federal 2, pero Medina incumplió una de las pautas fijadas, la prohibición de participar en actividades gremiales, y volvió a ser arrestado, hasta que recuperó nuevamente la libertad.
Con la apertura de la causa de la Gestapo, fue sobreseído y se frenó su juicio. Casación confirmó la decisión, que ahora está apelada ante la Corte Suprema.
En abril de 2022, el juez federal de La Plata Ernesto Kreplak procesó al exsubsecretario de Justicia bonaerense Adrián Grassi; al senador provincial de Cambiemos Juan Pablo Allan; y a los exdirectivos de la AFI Juan Sebastián De Stéfano (Asuntos Jurídicos), Diego Dalmau Pereyra (Contrainteligencia) y Darío Biorci (exjefe de Gabinete de la subdirección de la AFI). Y en ese fallo pidió profundizar la investigación a las “autoridades nacionales” que dieron órdenes y a las judiciales por el armado de casos.
Pero la Cámara Federal revocó esos procesamientos con severas críticas a la investigación y ordenó profundizar medidas. Luego el juez porteño Marcelo Martínez De Giorgi dictó la falta de mérito para todos los investigados.

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