
La Casación se negó a habilitar la feria para tratar los planteos de Cristina Kirchner contra sus condiciones de detención
Por dos votos contra uno, el máximo tribunal penal falló contra la expresidenta, que había pedido que le sacaran la tobillera y que levantaran una serie de limitaciones fijadas por el tribunal oral
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La Cámara Federal de Casación, por dos votos contra uno, decidió no habilitar la feria judicial para tratar los planteos de la expresidenta Cristina Kirchner, que cuestiona sus actuales condiciones de detención.
Con los votos de los camaristas Guillermo Yacobucci y Ángela Ledesma, la Casación declaró que los pedidos de Cristina Kirchner no cumplen con los requisitos para disponer la excepción que implica tratar un recurso durante el receso de enero.
En disidencia votó el camarista Mariano Borinsky, que consideró que debía tratarse ahora el recurso de la expresidenta.
Los planteos eran sobre las condiciones de la prisión domiciliaria que cumple en su departamento de Constitución por la condena en el caso Vialidad. Fuentes judiciales relataron que Cristina Kirchner había pedido que le sacaran la tobillera y que un grupo de visitantes recurrentes, como por ejemplo el ministro de Justicia bonaerense, Juan Martín Mena, no tuvieran que pedir autorización al juzgado cada vez que fueran a verla. También, que no le limitaran la cantidad de las visitas ni cuántas personas pueden participar de cada uno de esos encuentros, y que le levantaran la limitación de tiempo que le fijaron para estar en la terraza.
Tras el rechazo a habilitar la feria, estos recursos serán resueltos una vez que los tribunales vuelvan a su actividad normal, a partir de febrero.

Ya no intervendrá esta sala de feria, sino la que trata habitualmente los planteos de la expresidenta. Son los de la Sala IV: Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos; los dos últimos, habían votado en contra de planteos como este de la expresidenta.
El fundamento
El voto de Ledesma y Yacobucci, de un párrafo, dice: “Por no tratarse de un tema de feria conforme la Acordada Nº 07/09 (punto 6) de esta Cámara Federal de Casación Penal, en tanto la cuestión traída a estudio no se encuentra comprendida en el supuesto allí previsto ni el impugnante ha aportado argumentos concretos y objetivos que acrediten la urgencia del caso y justifiquen su tratamiento, devuélvanse las presentes actuaciones vía pase digital a la Secretaría General de esta Cámara para ser remitidas a la Sala que corresponda una vez finalizada la Feria Judicial. Sirva la presente de atenta nota de envío”.
Borinsky, en soledad, consideró que “se configura en el caso la previsión de la Acordada Nº7/09 de CFCP, en cuanto dispone que ‘se habilitará la feria cuando sea solicitado por alguna de las partes y se trate de un tema en el que esté en juego la libertad. Para las demás cuestiones, sólo se procederá su habilitación cuando los interesados acrediten la urgencia del caso y justifiquen su tratamiento”.
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