
La UCR y el PJ ratificaban el decreto que deroga el índice CER
Ahora deberá ser aprobado por la Cámara de Diputados
1 minuto de lectura'
El Senado se disponía esta madrugada a dar el primer paso en la ratificación parlamentaria del decreto 762/02, que derogó la aplicación del coeficiente de estabilización de referencia (CER) como método de actualización para los créditos hipotecarios de vivienda única y familiar, y lo reemplazaría por un índice de variación salarial.
El proyecto de ley que la Cámara alta girará a Diputados incluye dos aclaraciones a los contenidos del decreto que el Poder Ejecutivo promulgó el lunes último.
La más importante de las correcciones es la que le ordena al Gobierno que al momento de reglamentar el decreto deberá establecer que en ningún caso las cuotas de los créditos, una vez actualizadas, podrán superar el 30 por ciento de los ingresos del grupo familiar o las condiciones pactadas originariamente.
Este límite está establecido en los fundamentos del decreto 762 y fue ratificado por el ministro de Economía, Roberto Lavagna, pero el bloque radical pidió que el Congreso le reclamara al Poder Ejecutivo su cumplimiento por fuerza de ley.
La segunda modificación, también establecida en el proyecto presentado por los radicales Carlos Maestro, Raúl Baglini y Gerardo Morales, es de contenido político.
Se trata de una aclaración en el sentido de limitar sólo a la derogación del polémico coeficiente de estabilización de referencia la ratificación parlamentaria, y que ésta no alcanza al resto de las disposiciones establecidas en el decreto 214/02.
Esta salvedad encuentra su explicación en la fuerte resistencia que genera en todas las bancadas del Congreso la pesificación establecida por esa norma.
Sobre todo porque el decreto 214 convirtió a 1,40 peso todas las deudas en dólares apenas unos pocos días después de que el Parlamento aprobó la ley de emergencia económica en la que, por pedido del Poder Ejecutivo, se limitó la pesificación a los créditos de hasta 100 mil dólares de origen.
El decreto 762 fue el resultado de la larga presión de distintos sectores -ahorristas, legisladores, gobernadores- para que el Poder Ejecutivo eliminara la actualización de créditos mediante la aplicación del CER.
Ese índice estaba basado en el costo de vida que, en los últimos meses, ya acumuló más del 10 por ciento y que, según estimaciones de varios economistas, en agosto, cuando empezaría a regir plenamente, podría superar el 25 por ciento.
Con esas cifras, todos las cuotas de los créditos alcanzados por ese coeficiente se verían potenciadas a niveles que harían insoportable de pagar por los endeudados, sobre todo en un contexto de congelamiento salarial.
Proyecto Gioja
Por esa razón, a mediados de marzo el Senado aprobó un proyecto de ley del presidente del bloque justicialista, José Luis Gioja, que derogaba el CER y lo reemplazaba por un índice de variación salarial.
Esa iniciativa quedó congelada en la Cámara de Diputados por presión del Poder Ejecutivo, que reclamó tiempo para buscar una solución al conflicto generado por la aplicación del polémico coeficiente.
Finalmente, el lunes último se promulgó el decreto que elimina el CER y lo suplanta por un índice similar al aprobado por los senadores.
Así, los créditos hipotecarios de vivienda única y familiar se regirán por ese nuevo factor sin importar el monto de origen.
Lo mismo ocurrirá con los créditos personales y los prendarios.
Sin embargo, para estos casos se establecen topes a la excepción en la aplicación del coeficiente de estabilización de referencia.
De esta manera, los créditos personales beneficiados por el decreto 762 serán aquellos de hasta 12 mil pesos o dólares, mientras que para los prendarios se establece el tope en 30 mil pesos o dólares.
Modificaciones
Derogación : el decreto 762 deroga el coeficiente de estabilización de referencia (CER). En cambio, se utilizará un coeficiente de variación salarial, que elaborará en lo inmediato el Ministerio de Economía.
Alcance: la norma alcanza a todos los créditos hipotecarios de vivienda única y familiar. A los créditos personales de hasta 12 mil pesos o dólares. A los créditos prendarios de hasta 30 mil pesos o dólares.
Valor de la cuota : por iniciativa del Senado, el valor de las cuotas que se paguen por créditos hipotecarios no podrán superar en ningún caso el 30 por ciento del ingreso familiar.





