Las facultades, plazos y objetivos prioritarios que tendrá la comisión investigadora por el caso $LIBRA
Tendrá 24 miembros y estará presidida por el kirchnerismo; buscará determinar el grado de participación de Milei, su hermana, Adorni y los ministros en la maniobra con la criptomoneda
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La comisión investigadora del caso $LIBRA, por crearse a instancias de la oposición en la Cámara de Diputados, tendrá amplias facultades para desarrollar su tarea y un plazo máximo para emitir su dictamen: tres meses.
De acuerdo al proyecto aprobado –que obtuvo 128 votos positivos, 93 negativos y 7 abstenciones– tendrá dos objetivos: investigar la sucesión de hechos vinculados a la promoción y difusión de la criptomoneda $LIBRA y determinar el grado de participación y la responsabilidad política del presidente Javier Milei; su hermana y secretaria general de la presidencia, Karina Milei; el vocero presidencial Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo, como así también la de todos los ministros y funcionarios públicos involucrados en el caso.

La comisión, que deberá constituirse el próximo 23 de abril, tendrá 24 miembros; de ese total, seis corresponderán a Unión por la Patria, el bloque más numeroso de la Cámara, que por esa razón presidirá el cuerpo. El resto de los integrantes se repartirán entre los restantes bloques: el oficialismo tendrá tres representantes, al igual que Pro y la UCR. El bloque de Encuentro Federal tendrá dos miembros, al igual que Innovación Federal y la Coalición Cívica. La izquierda tendrá un representante.
Entre las atribuciones que tendrá la comisión figuran las siguientes:
- Remitir oficios y solicitar informes, documentos y antecedentes que sean relevantes al objeto de la investigación a entes públicos o privados, incluyendo sin limitación a cualquier órgano, funcionario o empleado de cualesquiera de los distintos poderes de la Nación, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los municipios, o entes centralizados, descentralizados, autónomos y/o autárquico. Los funcionarios públicos deberán proporcionar la información dentro del término que les fije la comisión, bajo apercibimiento de lo establecido en el capítulo XI de la ley 25.188;
- Convocar a funcionarios públicos y terceros interesados, como también tomar declaraciones testimoniales, que deben ser prestadas con por lo menos la presencia de tres miembros de la comisión;
- Recibir denuncias, escritas u orales, y material probatorio sobre el objeto de la investigación, como asimismo efectuar denuncias ante los organismos competentes, que resulten del curso propio de la investigación;
- Recabar información relacionada con el objeto de la investigación, pudiendo solicitar a organismos públicos nacionales y/o provinciales, universidades e instituciones científicas la realización de peritajes y estudios técnicos;
- Poner en conocimiento de las autoridades competentes el incumplimiento, resistencia, desobediencia, reticencia, demora, obstaculización o cualquier otra actitud tendiente a interferir en el normal y efectivo desarrollo de las actividades de la comisión.
- Asimismo, la comisión investigadora podrá solicitar la colaboración de organismos internacionales relacionados con la lucha contra la corrupción, los activos financieros y las monedas digitales.
El proyecto establece, además, que la comisión tendrá un plazo de tres meses, a contar desde su constitución, para la producción de sus informes, dictámenes y conclusiones. “Una vez agotado el objeto de la investigación, o transcurrido el plazo máximo fijado, y dentro de los 30 días corridos, debe elevar un informe final a la Cámara de Diputados de la Nación detallando los hechos investigados y los resultados obtenidos”, reza la iniciativa.
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