Los clérigos no pueden ocupar cargos públicos
A los sacerdotes católicos les está vedado ocupar cargos públicos por el Código de Derecho Canónico, que contiene las normas jurídicas que rigen la vida de la Iglesia y de sus fieles -derechos y obligaciones- en todo el mundo.
En el artículo 285, el Código prescribe: "Les está prohibido a los clérigos aceptar aquellos cargos públicos que lleven consigo el ejercicio de la potestad civil". Se entiende que esto se refiere tanto a cargos ejecutivos como legislativos o del Poder Judicial.
El Código actual fue promulgado por Juan Pablo II en 1983, y en ese entonces, haciéndose eco de él, un sacerdote renunció a la banca que ocupaba en la Legislatura de los Estados Unidos.
En 1983, cuando el Papa iba a visitar Nicaragua, era un tema conflictivo la presencia de tres sacerdotes -Miguel D´Escoto, Fernando y Ernesto Cardenal-, con rango de ministros, en el gobierno sandinista. Se acordó que ellos no estuvieran en los actos; no obstante, Ernesto Cardenal se hizo presente en el aeropuerto de Managua y se arrodilló ante el Papa. Este le dijo -señalándolo con el índice, en lo que la prensa oficialista quiso hacer pasar como una bendición-: "Usted debe arreglar su situación con la Iglesia".
En el Código anterior, de 1917, la prohibición estaba matizada por la posibilidad de obtener una licencia.
Sin remontarnos a otras épocas, con distintas normas y situaciones sociales (como que en el Congreso de Tucumán de 1816 casi la mitad de los patriotas que declararon la Independencia eran sacerdotes), puede verse algún caso ejemplificativo. El padre Virgilio Filippo, párroco de la Redonda, de Belgrano, fue elegido diputado nacional, en 1948, por el Partido Peronista y ejerció su mandato hasta 1952, sin dejar de ejercer su ministerio en esa parroquia, en la que estuvo hasta su muerte, en 1969.
En las elecciones de 1946, el padre Leonardo Castellani fue candidato a diputado en segundo término en la lista de la Alianza Libertadora Nacionalista. Castellani era entonces jesuita -la Compañía lo expulsó en 1949- y fue objetado por el Partido Demócrata Progresista, en ese momento aliado al Partido Comunista. La objeción era porque la ley electoral excluía a los eclesiásticos de órdenes religiosas. Curiosamente, el apoderado del PDP, Roberto L. Rois Correa, decía que hasta hubiera deseado incluir en su propia lista a algún miembro del clero secular de filiación democrática.
En 1994, el ex obispo de Neuquén Jaime de Nevares fue elegido constituyente por el Frente Grande, pero al reunirse la convención renunció.
Más reciente es el caso del padre Luis Farinello. Al tiempo que sostenía que "un sacerdote no puede ser de un partido porque tiene que ser hombre de todos", formó el Polo Social y fue candidato, en 2001. El obispo de Quilmes, Jorge Novak, lo autorizó a hacerlo, al tiempo que le permitía oficiar misa sólo sin fieles. A su vez, Novak lo exhortaba a atenerse a su condición de bautizado y clérigo, defender las enseñanzas de la Iglesia, sobre los derechos humanos, que incluyen la vida desde la concepción y la opción por los pobres, y "evitar toda actitud que lesione la comunión eclesial".
Farinello no entró en el Senado y al año siguiente se confesó defraudado: "Sufrí mucho. La política es más sucia de lo que creía. El poder y el dinero estropean todo. No hay humildad".
Además del criterio doctrinal, al parecer, el obispo Pedro Ronchino estimó que las experiencias conocidas estimulan a no exponer a un sacerdote a los fuegos cruzados de la política; aun con el deseo de fomentar la unidad, puede generar conflictos partidarios.
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