El abogado que, a toda velocidad, cruzó en rojo en La Plata y mató a una médica quedó al borde del juicio
El Ministerio Público Fiscal pidió la elevación a juicio de la causa donde está detenido Rodrigo Insaurralde
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El fiscal Carlos Vercellone, a cargo de la investigación, lo definió como un “temerario sujeto” y pidió que vaya a juicio. El representante del Ministerio Público se refería de esta forma al hablar del abogado Rodrigo Insaurralde, quien hace nueve meses, a toda velocidad, cruzó con su automóvil un semáforo en rojo de una avenida de La Plata y chocó contra un vehículo. Como consecuencia del impacto murió en el acto Ana Fiorino, una médica de 41 años.

Hoy, el fiscal Vercellone presentó el requerimiento de elevación a juicio ante el juez de Garantías de La Plata Agustín Crispo, magistrado que interviene en la causa.
“Es mi convicción de lo hasta aquí expuesto, que el imputado es responsable penalmente del delito de homicidio simple doloso y lesiones en concurso ideal, surgiendo ello de la acreditada circunstancia de haber sido el conductor del Renault Clio implicado, quien con su derrotero a exceso de velocidad sobre la avenida 7 de manera descendente, en la franja céntrica comercial comprendida entre las calles 59 y 49 (casi diez cuadras) eleva singularmente el riesgo a parámetros que desagradan al ordenamiento jurídico, representándose el hecho ‘ex ante’ la posibilidad de producir el siniestro y actuando con total desinterés en su producción y resultado, atravesando dos intersecciones (avenida 7 y 50 y, seguidamente, avenida 7 y 49) con luz roja de semáforo en su frente y a una velocidad media no inferior a los 109 kilómetros por hora para impactar de lleno con el frente de avance de su rodado al lateral derecho del vehículo Nissan March implicado, causando el deceso inmediato de Fiorino y las lesiones padecidas por Juan Manuel Roldán [pareja de la víctima]”, afirmó el fiscal en el requerimiento de elevación a juicio, al que tuvo acceso LA NACION.
La víctima viajaba en el asiento del acompañante. Roldán, un policía bonaerense retirado y que conducía el auto, resultó herido en el brutal accidente ocurrido el sábado 10 de agosto pasado a las 7.26 y estuvo dos semanas internado. La pareja había viajado desde Pergamino a La Plata porque Fiorino realizaba una especialización forense.
Actualmente, Insaurralde está detenido con prisión preventiva en la Unidad 22 Lisando Olmos del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB).
“Estamos de acuerdo como planteó la situación del fiscal y la calificación que hizo. Esperamos que no le den la prisión domiciliaria. Es un peligro para la sociedad que esté con prisión domiciliaria. Él mismo dijo que tenía problemas de adicción. La fiscalía actuó muy bien. La madre, Stella Rosso, solo quiere Justicia”, afirmó a LA NACION el abogado Lautaro Rodríguez, quien junto con su colega Aníbal Mathis, representa a la familia de la víctima.
A fines de marzo pasado, los abogados Nicanor Garganta y Micaela Vivas, a cargo de la defensa de Insaurralde, solicitaron que su asistido sea beneficiado con la prisión domiciliaria.
“Pese a que en este requerimiento no se intenta discutir la prueba ni desacreditar su autoría responsable, con las constancias que se enumerarán a continuación perseguimos una doble finalidad: por un lado, demostrar que las circunstancias tenidas en cuenta al dictar su detención y luego su conversión en prisión preventiva han variado a la actualidad, lo que al menos nos permiten introducir una mínima duda de su representación de la seriedad del peligro, y por otro, poner en relieve el compromiso de Insaurralde con el proceso”, explicaron los abogados defensores.
El Ministerio Público Fiscal se opuso a la morigeración de la prisión preventiva al considerar que “el planteo esgrimido por la defensa es improcedente, toda vez que, las circunstancias particulares de Insaurralde no encuadran en los presupuestos que la ley tiene previsto para este instituto”.
El fiscal Vercellone tuvo en cuenta “la gravedad de la pena en expectativa [de ocho a 25 años de cárcel], como la valoración objetiva del hecho imputado, que lógicamente impedirá la aplicación de una eventual pena en suspenso, siendo otra pauta suficiente y válida para mantener el encierro preventivo del encartado mientras dure el proceso, resultando que todos y cada uno de los fundamentos que han sido base del dictado de la medida de coerción, siguen en plena vigencia, en nada han variado al momento, por lo que, en función del peligro de frustración de los fines procesales, el debido respeto a la libertad individual no puede excluir el legítimo derecho de la sociedad a adoptar todas las medidas de precaución que sean necesarias para garantizar que no se frustre la ejecución de una eventual condena por la incomparecencia del encartado”.
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