
La autopsia y los testimonios, suficientes para acusar de homicidio a la madre de Ángel y a su pareja
El juez de Garantías de Comodoro Rivadavia avaló los indicios presentados por la fiscalía para dictar la prisión preventiva de Mariela Altamirano y Michel González por seis meses
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Abrazado a un muñeco del Hombre Araña de su niño, arrasado por el llanto, y en un estallido de bronca después de la larga audiencia y cuando su ex, Mariela Altamirano, y la pareja de ella, Maicol González, eran trasladados esposados y detenidos, Luis, el padre de Ángel López, les gritó: “¡Asesinos! ¡Mataron a mi hijo, asesinos de mierda, hijos de puta!”.
Un instante antes de eso, el juez de Garantías de Chubut Alejandro Soñis dictó seis meses de prisión preventiva para la madre del niño y su pareja. Hizo lugar, así, a la apertura de la instrucción penal por el homicidio del chico que tenía cuatro años cuando entró, en coma irreversible, al hospital regional de Comodoro Rivadavia, el domingo 5 de este mes.
A Mariela Altamirano y a Kevin Michel González, los fiscales Facundo Oribones y Cristian Olazábal los acusaron como coautores de homicidio. A él, por haberle asestado los golpes que derivaron en la muerte del chico; a ella, por no haber hecho nada para evitarlo y auxiliar a su hijo, lo que se conoce como “comisión por omisión”.
El magistrado avaló como suficientes para esta etapa del proceso los argumentos y evidencias presentados por los representantes del Ministerio Público, que basaron la acusación en la autopsia, que reveló la presencia de 20 lesiones en el interior del cráneo, con derrames hemáticos de reciente data y un edema cerebral difuso de carácter mortal, y en testimonios de vecinos de los acusados que dieron cuenta de situaciones de violencia acaecidas dentro de la pequeña casilla en la que la pareja vivía con Ángel y con una bebé de seis meses que, ahora, está al cuidado de sus abuelos paternos.
Soñis, además, convalidó, a la hora de dictar la prisión preventiva por medio año, el criterio de los fiscales acerca de que existían riesgos procesales −especialmente, el de fuga− que justificaban la medida de coerción más grave.
Según expusieron los fiscales en la audiencia, Ángel López ingresó al Hospital Regional de Comodoro Rivadavia el domingo 5 de abril en estado de coma irreversible. Pese a las maniobras realizadas, el niño murió el 6 de abril como consecuencia de un edema cerebral generalizado.
El informe preliminar de la autopsia indicó la presencia de al menos 20 golpes en la cabeza −12 en la parte frontal, seis en la posterior y uno en cada lateral−, con infiltraciones hemáticas internas en distintas regiones del cráneo, sin lesiones externas visibles. Los peritos señalaron que las lesiones no respondían a un cuadro accidental y que, por su coloración, habrían sido producidas entre siete y diez días antes de la autopsia, quedando pendiente una mayor precisión sobre la data de esas heridas al resultado de un estudio histopatológico aun en proceso.
La acusación sostuvo que González fue quien ejerció la violencia física sobre el niño, aplicándole los golpes que derivaron en el edema cerebral y, finalmente, en su muerte. En cuanto a Mariela Altamirano, los fiscales le atribuyeron responsabilidad penal por omisión, al considerar que presenció episodios de violencia, no intervino para impedirlos y tampoco brindó auxilio al niño cuando su estado de salud se deterioró, pese a que tenía el deber legal de cuidado.
Los argumentos de la acusación
Durante la audiencia se incorporaron múltiples testimonios que, según la fiscalía, permitieron reconstruir un contexto de violencia sistemática y de descuido hacia el menor. Vecinos del barrio Quinta 1, donde vivían los acusados con la víctima, relataron haber escuchado discusiones frecuentes y gritos provenientes de la vivienda que compartían los imputados.
También se habló de un mensaje de WhatsApp en el que se señalaba que González había quemado ropa del niño.
Una vecina declaró que, un mes antes del hecho, observó a González trasladando a la bebé en brazos mientras Altamirano le pedía que se detuviera, y escuchó una discusión en la que se mencionaban agresiones previas. Él le dijo a la vecina: “Está loca, le quiere pegar a mi hija”, y ella retrucó: “como vos le pegás a mi hijo”.
Otra vecina, Yésica Natalia Paredes, dijo que siempre escuchaba que gritaban, por lo que ella suponía que González le pegaba a su mujer; “Paredes introdujo la violencia como parte de vida de este matrimonio”, señalaron los fiscales. Esta vecina vio, cerca de las 8 del domingo, a González en la calle con el niño en brazos, envuelto en una frazada; al chico lo vio “con coloración azul”, o sea, cianótico, en estado agonizante.
Dos exparejas de González −Cecilia Torres y Rocío Villegas, ambas domiciliadas en Ushuaia− señalaron que agredía a sus hijos. Y Roberto Maidana, excuñado de Altamirano, señaló que también maltrataba y descuidaba a su hijo de 10 años en Misiones; afirmó que lo encerraba para salir de noche y lo castigaba con duchas de agua fría.
Esto del agua es un aspecto central: la maestra de sala de 4 de Ángel señaló que era un niño jovial y alegre, pero le llamó la atención que el 26 de marzo pasado lo había visto angustiado y con dificultades en el habla. Convocó a otra maestra de apoyo de trayectoria y señaló que el nene había dicho que había tenido una pelea que no era actual y se había golpeado, y que lo habían bañado con agua fría y él quería agua calentita. Cuando se lo mencionaron a la madre, Altamirano le dijo a la maestra que él se bañaba solo…
En cuanto a los acontecimientos previos a la muerte, los fiscales llamaron la atención sobre incongruencias en el relato que había dado la acusada. A la policía le dijo que el niño se había orinado y ella lo había cambiado y llevado a otro cuarto, cuando, en realidad, viven en una casilla que es un ambiente único.
Por otra parte, González dijo a sus vecinos que lo que le pasó al chico podía haber sido producto de que el día anterior, el sábado 4, Ángel había estado bañándose en la Pelopincho desde el mediodía hasta la noche. Y que el nene tenía asma. Pero lo cierto es que se comprobó que la pileta de lona estaba llena de agua sucia donde era imposible bañarse.
La fiscalía sostuvo además que existían indicios de intentos de ocultamiento de evidencia, entre ellos referencias a la quema de ropa del niño, circunstancia que, según los investigadores, habría sido corroborada en un allanamiento en el que se detectó un foco ígneo reciente en el patio de la casa de los acusados.
La palabra de González
El acusado pidió hacer uso de la palabra para denunciar que, desde que llevaron a Ángel al hospital, del que ya no saldría con vida, sufrieron ataques permanentes en su domicilio. Dijo que las acusaciones contra ellos en la calle y en las redes sociales no les dan “derecho” a defenderse.
También negó que le pegaran al menor. “De esos maltratos que hablan... Al nene se lo corregía como a cualquier nene, se le sacaba la tele, un juguete, pero esas barbaridades de golpes, maltratos, agua fría. Para hacer eso no hay que ser humano. Nosotros a Ángel ni siquiera nos dieron la posibilidad de ir a despedirlo, de ir al velorio. Quiero que se descubra la verdad, que nos dejen de culpar porque nosotros somos inocentes. Nosotros lo encontramos así en la cama", afirmó.
Enfatizó que Ángel solía tener “mocos” y que le habían enseñado a sonarse la nariz, que el día anterior efectivamente se había metido en la pileta de lona, y que cuando dormían el nene se había hecho pis y lo habían pasado a otra cama, y que a las 7 de la mañana del domingo, cuando él y su mujer se levantaron para tomar mate, advirtieron que no respiraba −“no largaba aliento”, dijo él− y entonces, de inmediato, llamaron al 107 para pedir una ambulancia y salieron a la calle en procura de ayuda de los vecinos.
González también señaló que Altamirano había llamado al padre de Ángel y a su pareja, pero no le atendieron, y que les envió un mensaje de WhatsApp. Y que cuando llegaron al hospital, el padre biológico del niño y la mujer los insultaron y la acusaron a Mariela de ser la culpable de lo que pasaba.
Las defensas de ambos imputados se opusieron a la apertura del proceso y al eventual dictado de una prisión preventiva. Cuestionaron la solidez de la imputación, refutaron el alcance de los testimonios y señalaron que el informe forense no había establecido con certeza ni el momento ni el medio de producción de las lesiones descriptas.
Señalaron que la autopsia revelaba la inflamación cerebral previa al deceso, pero en las conclusiones de la necropsia se señalaba que las causas podían ser un traumatismo encéfalo-craneano, hipoxia o asfixia, infecciones severas, meningitis y hasta un tumor.
“Los traumatismos pueden ser una causal, una conexión que entiendo compatible con la hipótesis fiscal. Pero no son suficientes para sostener la plataforma fáctica. No sabemos cuándo se produjeron las lesiones, si todas juntas o separadas en el tiempo. Tampoco se estableció el medio de comisión; eso daría la pauta de si estamos ante un homicidio doloso, una imprudencia o cualquier otra figura penal. Pero la fiscalía no lo tiene”, afirmó la defensora de Altamirano.
También plantearon que la falta de lesiones externas hacía imposible que Altamirano pudiera advertir el cuadro interno que presentaba el niño, por lo que no podía haber omitido una agresión que los médicos tampoco habían podido ver a simple vista. Y cuestionaron que los fiscales hayan acotado las fechas probables de las lesiones recibidas por el niño al fin de semana largo de Semana Santa, adecuándolo a los días que Mariela no trabajó y, entonces, situándola permanentemente al cuidado de su hijo.
Pero los argumentos de las defensas no hicieron mella en el embate acusador. A la hora de resolver, el juez Soñis afirmó que, aun cuando algunas cuestiones deberán ser esclarecidas durante la investigación, existen indicios vehementes de criminalidad atribuibles a la pareja.
Señaló que el caso, preliminarmente, podía encuadrarse en la forma del dolo eventual, ya que un adulto que ejerce violencia física sobre un niño debe representarse el resultado posible de muerte, y en el caso de la madre, el deber de cuidado la obligaba a intervenir y a auxiliar a la víctima.
Para la Justicia de Comodoro Rivadavia, Michel González y Mariela Altamirano son, provisionalmente, coautores de la muerte de Ángel López, él por acción y ella por omisión; aunque si llegaran a ser hallados culpables en un juicio, no recibirían el mismo castigo. A González le correspondería la pena de homicidio simple, de 8 a 25 años de prisión. A Altamirano, en cambio, por corresponderle la acusación de homicidio agravado por el vínculo, solo le cabe una pena posible: prisión perpetua.
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