
Legítima defensa: en el límite entre rechazar un delito y un ataque premeditado
El uso "racional" del medio empleado y la inmediatez del hecho deben ser tenidos en cuenta para evaluar si una persona se defendió porque corría riesgo de vida o cometió un delito de lesiones graves u homicidio agravado por el uso de armas
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El caso de Lino Villa Cataldo, el médico de 61 años que está detenido desde el viernes pasado cuando mató de cuatro tiros a un delincuente que intentó robarle su automóvil Toyota Corolla, abrió una vez el debate sobre los límites de la legítima defensa.
Esta tarde, después de una audiencia para tratar el pedido excarcelación extraordinaria presentada por la de defensa de Villa Cataldo, el juez de Garantías de San Martín Lucas Oyhanarte, a cargo de la causa, debe definir si deja en libertad al médico y modifica la caratula del expediente. Hasta ahora el médico está imputado de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.
Si el magistrado considera, después de analizar la autopsia y de recibir los peritajes balísticos, que se trató de un caso de legítima defensa, Villa Cataldo puede ser sobreseído o también puede terminar procesado por exceso en la legítima defensa.
En su declaración indagatoria, el médico dijo: "Sentí mucho miedo porque pensé que este sujeto me iba a matar con el arma con la que me apuntó. Por eso disparé con mi arma"
¿Qué requisitos tienen que haber para que un caso sea una legítima defensa, contemplada en el artículo 34 del Código Penal argentino? El abogado, especialista en derecho constitucional y docente de posgrado de la Universidad Universidad Torcuato Di Tella, Alejandro Carrió, explicó a LA NACION: " Primero, la agresión de la que una persona se defiende tiene que ser actual porque, de otra manera, sería una venganza. Se debe analizar el uso racional del medio empleado".
El abogado penalista Gabriel Iezzi sostuvo que hay tres parámetros para analizar para determinar si hay legítima defensa: racionalidad del medio utilizado para repeler la agresión; que haya existido una provocación y que la "temporalidad" de los sucesos.
"Cuando hablamos de provocación nos referimos a que la persona que se defiende de un ataque no haya provocado al agresor y la temporalidad es que haya una inmediatez entre el ataque y la defensa", explicó Iezzi.
El abogado agregó: "El caso de Villa Cataldo quedó en manos de uno de los mejores jueces que tiene el Departamento Judicial de San Martín [por Oyhanarte]".
El abogado penalista Rafael Cúneo Libarona opinió que en la "legítima defensa el autor obra para defenderse de un ataque ilegítimo. Pero el juez debe tener en cuenta si el acto de defensa fue producto de la necesidad, la inmediatez y la falta de provocación".
Sobre este caso también opinó la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich: "No queremos que las victimas se transformen en victimarios. Nosotros primero queremos proteger a las víctimas. Y en este caso, por supuesto que si hubo un uso irracional de la fuerza, tendrá que analizarlo la Justicia. Pero la víctima fue el médico y no hay que perder de vista este concepto".
Informe Gabriel Di Nicola






