
Morena Rial recibió otro revés judicial y continuará detenida con arresto domiciliario
La Cámara de Apelación en lo Penal y de Garantías de San Isidro confirmó por unanimidad el fallo que rechazó el pedido de excarcelación presentado por la defensa
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Morena Rial, una de las hijas del periodista y conductor de TV Jorge Rial, continuará detenida con prisión preventiva bajo arresto domiciliario. La Cámara de Apelación en lo Penal y Garantías de San Isidro confirmó, por unanimidad, el fallo de la jueza María Coelho por el cual se había rechazado el pedido de libertad condicional.
Así se desprende de una resolución firmada en las últimas horas por los camaristas Juan Eduardo Stepaniuc y Luis Cayuela.
“La gravedad y reiteración de los delitos por los que recayó condena no firme, la pena de efectivo cumplimiento impuesta y el mayor grado de certeza procesal derivado de esa sentencia son extremos valorados junto con la conducta observada durante un proceso plagado de incumplimientos. Rial fue excarcelada, luego esa excarcelación fue revocada y durante la morigeración incumplió algunas de las pautas impuestas, lo que evidencia no solo las dificultades para cumplir con las condiciones impuestas durante su detención, sino también un riesgo actual de elusión del sometimiento al proceso y de incumplimiento de futuras obligaciones”, se sostuvo en el fallo del tribunal de alzada al que tuvo acceso LA NACION.

La joven fue condenada a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo por su participación en una serie de robos ocurridos en casas de Villa Adelina, en San Isidro, y de Castelar, en Morón.
En junio pasado, la jueza Coelho había homologado el acuerdo de juicio abreviado que habían firmado Patricio Ferrari, fiscal general adjunto de San Isidro a cargo de la investigación, y la defensa de Rial. La sentencia no está firme.
Tras la homologación del acuerdo de juicio abreviado, la defensa de Rial solicitó la excarcelación de su asistida “en términos de la libertad condicional.
Entonces, la magistrada le corrió vista al fiscal Ferrari para que dictamine sobre el pedido de la defensa. El representante del Ministerio Público se opuso.
El 8 de julio pasado, la jueza rechazó la solicitud de la defensa. “Si bien se acredita el requisito temporal que exige la ley, considero que no se ha cumplido con el requisito subjetivo del cumplimiento regular de las reglas de conducta impuestas como condición de otorgamiento del beneficio del arresto domiciliario, dispuesto en los términos del artículo 159 del Código de Procesal Penal con fundamento en el cuidado de su hijo de menor de 5 años. Los incumplimientos injustificados de la prohibición de publicar contenidos en redes en el corto lapso transcurrido desde su imposición, hacen presumir que tampoco observará las reglas que se le puedan imponer como condición de la libertad”, explicó la magistrada al fundamentar el rechazo al a la solicitud de excarcelación.
El 11 de marzo pasado, cuando se le otorgó el beneficio del arresto domiciliario, se le fijaron una serie de pautas de conductas que la joven, de 27 años, debía cumplir, como la prohibición de acceso a redes sociales. Pero, para la Justicia, incumplió las reglas que se le impusieron.
Según el expediente judicial, el 29 de abril pasado, se “constataron publicaciones en la cuenta de la encartada de la red social Instagram con incitación a la violencia y a la conspiración social por la muerte de un amigo en una comisaría en Córdoba, por lo que se celebró una nueva audiencia con presencia de las partes, donde la imputada brindó sus explicaciones junto con sus tutores, quienes nuevamente se comprometieron a vigilar el cumplimiento de todas las reglas y prevenir la repetición”.
Pero, en julio pasado, la Justicia dio por acreditado un nuevo incumplimiento de Rial: una publicación en el perfil de Instagram de la joven con “una invitación a hacer apuestas”, según se desprende de la citada resolución firmada, en su momento, por la jueza Coelho.
“No siendo atendibles las extensas aclaraciones formuladas al respecto por la defensa, toda vez que se encuentra probado que la publicación se realizó, por lo menos, 17 horas antes de la visualización efectuada por la suscripta el lunes pasado [por el 6 de julio] a las 11, conforme surge de la fotografía contenida en el informe actuarial y la filmación de la publicación realizada con el teléfono celular de la suscripta, que como todos los medios digitales posee time stamp, logs y metadatos que acreditan que en ese momento la ‘historia’ estaba publicada en la cuenta de la imputada”, sostuvo la jueza Coelho al explicar su decisión de rechazar el pedido de libertad condicional.

Entonces, la defensa de Rial, ahora a cargo del abogado Alejandro Cipolla, apeló ante la Cámara de Apelación en lo Penal de San Isidro, que en las últimas horas confirmó el fallo de la jueza Coelho, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°7 de San Isidro.
“La valoración global de los episodios mencionados [el uso de las redes sociales] no quiere decir que se exija una conducta inmaculada, como afirma la defensa”, sostuvieron los jueces del tribunal de alzada.
Y agregaron: “La reiteración de transgresiones sobre una misma regla, luego de advertencias formales, evidencias la escasa capacidad que, por el momento, presenta Rial para cumplir las obligaciones que se le imponen en el marco de las causas por robo que registra. El informe psicológico describió que posee baja tolerancia a la frustración, labilidad afectiva, dificultades para internalizar límites, tendencia a minimizar conflictos y necesidad de acompañamiento sostenido en las funciones de cuidado; recomendó tratamiento psicoterapéutico individual, evaluación y seguimiento psiquiátrico y el apuntalamiento de la medida por a red familiar conviviente y su supervisión”.
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