Producía contenido sexual para transmitir en vivo: pidieron 12 años de cárcel para un abogado por explotar a 37 mujeres
Las víctimas eran captadas bajo falsas ofertas de trabajo como modelos y eran convocadas por una empresa radicada en San Juan
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Llegaban a Belle Argentina, una empresa radicada en San Juan, convencidas de que iban a tener trabajo como modelos. Pero todo era una trampa. Terminaban explotadas. Les hacían crear una “identidad digital” con nombres de fantasía y durante siete horas, seis días a la semana, les hacían trasmitir en vivo contenido sexual.
Así operaban el abogado Gustavo Antonio de la Fuente, de 59 años, y el ciudadano colombiano John Sebastián Quevedo Medina, de 31, según describieron el fiscal federal Fernando Alcaraz y la auxiliar fiscal Virginia Rodríguez en su alegato ante el Tribunal en lo Criminal Oral Federal (TOF) de San Juan, donde pidieron 12 años de prisión para ambos imputados.
De la Fuente y Quevedo Medina son juzgados por haber explotado a al menos 37 mujeres en situación de vulnerabilidad a través de la producción, difusión y comercialización de material audiovisual de contenido sexual, incluso mediante el uso de dispositivos sexuales interactivos controlados a distancia, según informó el sitio de noticias de la Procuración General de la Nación, www.fiscales.gob.ar.
Además de la pena de prisión, los representantes del Ministerio Público solicitaron el decomiso de seis inmuebles y tres vehículos, y una reparación integral para las víctimas por un total de 1152 millones de pesos.
“Según la acusación, los imputados captaban a mujeres mediante falsas ofertas laborales vinculadas a supuestos trabajos de modelaje para la firma Belle Argentina, con sede en la ciudad de San Juan. La captación se producía por medio de publicaciones en redes sociales, la entrega de tarjetas de promoción y presentación, contactos telefónicos desde Belle Argentina y un ‘programa de referidos’ en el que las víctimas obtenían beneficios si ingresaban a la estructura a otras interesadas. La investigación también estableció que una de las mujeres fue trasladada desde la provincia de La Rioja y acogida en la sede de San Juan”, según el citado sitio de noticias.
Las mujeres debían producir contenido sexual de transmisión en vivo y ceder los derechos de imágenes y videos sexuales para que fueran comercializados en distintas plataformas. Los acusados, según www.fiscales.gob.ar, retenían al menos el 50% de las ganancias obtenidas y aplicaban descuentos arbitrarios bajo conceptos como “horas incumplidas”, “multas”, “faltas por cansancio”, “menstruación” o “llegadas tarde”.
Según las pruebas, el material era comercializado por los imputados en diversas plataformas digitales como Stripchat, Camsoda, Cam4, Chaturbate, XLove, Bongacams, Streamray y Streamate, en las que el pago de los “usuarios” se realizaba mediante sistemas de “tokens” y/o criptoactivos a través de diferentes billeteras virtuales.
“La pesquisa también determinó que la explotación incluía el uso de dispositivos sexuales interactivos controlados de forma remota por los usuarios durante las transmisiones, lo que, según explicó la fiscalía, les otorgaba un acceso material y directo sobre el cuerpo de las víctimas”, se afirmó en la web de la Procuración General de la Nación.
El juicio, a cargo del juez Daniel Doffo, comenzó el 21 de mayo pasado. El veredicto se conocerá pasado mañana. Ambos imputados están detenidos con prisión domiciliaria.
La investigación, que comenzó tras una denuncia anónima presentada en 2022, estuvo a cargo de la Unidad de Investigaciones de Delitos Complejos y Procedimientos Judiciales San Juan de la Gendarmería Nacional, bajo la dirección del fiscal federal Alcaraz, con la intervención del fiscal general Francisco Maldonado y de la fiscal cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), Alejandra Mángano.
En su alegato, el fiscal Alcaraz sostuvo que el caso expuso una modalidad de criminalidad organizada que trasladó la explotación sexual a entornos digitales y afirmó que estos casos requieren la adopción de criterios metodológicos específicos al momento de la valoración de la prueba y la atribución de responsabilidad con el objetivo de cumplir con las obligaciones internacionales en materia de erradicación de todo tipo de violencia contra las mujeres y garantizar su acceso a la Justicia.
“Esta explotación avanzó con la utilización de dispositivos electrónicos que interactuaban con las mujeres; dispositivos que eran utilizados y comandados por usuarios”, explicó.
Tras el primer contacto por redes sociales, las postulantes asistían a entrevistas presenciales realizadas bajo un instructivo que fue secuestrado durante los allanamientos realizados durante la investigación. A las postulantes les prometían ingresos en dólares o euros, independencia económica y ganancias superiores a las que finalmente obtenían.
“Alcaraz explicó que, una vez captadas, las mujeres eran alojadas en un inmueble donde se llevaban adelante las entrevistas, recibían capacitaciones y se producía el contenido sexual. En ese contexto recordó que para la configuración del delito de trata de personas ‘no es necesario que el acogimiento sea permanente’. E indicó, además, que cada víctima era incorporada a las plataformas mediante la creación de una ‘identidad digital’ con nombres de fantasía y que las transmisiones se extendían durante siete horas por jornada, seis días por semana, con apenas un día de falta pagado por mes durante el período menstrual”, según www.fiscales.gob.ar.
A su turno, la auxiliar fiscal Rodríguez afirmó: “Los imputados se aprovecharon de la pobreza estructural en la que se encontraban [las víctimas]. La organización producía múltiples ganancias mediante la explotación de estas mujeres, convirtiéndolas en objetos”.
Sobre el abogado de la Fuente, Rodríguez dijo que los testimonios de todas las víctimas y la prueba producida durante el debate permitieron identificarlo como el jefe de la organización. “Era quien realizaba los pagos, asistía al lugar y era el sujeto calificado para procurar la impunidad y dar una apariencia de legalidad mediante contratos con las víctimas”, sostuvo.
Según se explicó, en el cálculo de las reparaciones económicas solicitadas en el alegato colaboró la Secretaría para la Investigación Financiera y el Recupero de Activos Ilícitos (Sifrai), dirigida por María Fernanda Bergalli, y la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes (Dgraab), María del Carmen Chena, y en el tratamiento de la evidencia digital presentada durante los alegatos, la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP), a cargo de Romina Del Buono. Para el abordaje de las víctimas también intervinieron la Coordinación Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas y la Dirección de Género del Ministerio de Familia y Desarrollo Humano de la provincia de San Juan
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