
Anencefalia: seguirá el jueves el debate
Aún resta discutir seis artículos
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La ley de anencefalia, aprobada anteanoche en general por la Legislatura porteña y que prevé la interrupción de la gestación sin autorización judicial si una embarazada sabe fehacientemente que el feto no tiene vida cerebral, sólo se trató en particular hasta el tercer artículo del proyecto por falta de quórum.
La discusión continuará el próximo jueves, ya que restan aún seis artículos para que la sanción de la ley sea efectiva. Son ellos, acaso, los más controvertidos. Por eso varios legisladores estiman que las posiciones encontradas continuarán.
Sin embargo, quedó aprobado que:
- El procedimiento para el adelantamiento del parto respecto de toda mujer embarazada con un feto que padece anencefalia u otra patología análoga incompatible con la vida se podrá practicar en los establecimientos asistenciales de salud de la Ciudad.
- Para adelantarse el momento del parto, el diagnóstico deberá estar respaldado por dos ecografías donde tendrá que consignarse el documento de identidad de la madre o la impresión digital de un dedo pulgar.
Y quedan por definir los artículos que establecen que: dentro de las 72 horas de la confirmación de la patología, el médico está obligado a informar a la mujer embarazada, "explicándole de manera clara y acorde a su manera de comprensión" el diagnóstico que afecta a su hijo, la posibilidad de continuar o de interrumpir el embarazo y los alcances de su decisión. Además, en la historia clínica tendrá que dejarse constancia de que se brindó toda la información.
Requisitos
Según el artículo 6°, para que la mujer con un embarazo de esta naturaleza pueda finalizarlo anticipadamente tendrá que cumplir tres requisitos: que el feto haya cumplido 24 semanas (6 meses) de gestación (es considerada la mínima edad gestacional en la que sería posible la vida fuera del útero en fetos potencialmente sanos), el consentimiento de la mujer y la certificación de la inviabilidad del feto registrada en su historia clínica, con firma del médico que la trató, del ecografista y del director del hospital.
Los defensores de esta ley destacan que "no se obliga a las mujeres a adelantar el parto si no lo desean. Pero protege legalmente a las que no quieran prolongar hasta el final la gestación de un hijo que morirá a las pocas horas de nacido".
Hay quienes no están de acuerdo con esta ley, como el diputado Santiago de Estrada (PJ), quien dice: "En un correcto ordenamiento de valores, privilegia el derecho a la vida por sobre otros derechos, por atendibles que sean éstos".
Hasta el momento, sólo la Justicia puede otorgar esa posibilidad -ya lo hizo en al menos dos casos-. Pero el tema resulta sensible.
Otras patologías
La anencefalia es un ejemplo máximo de letalidad, pero también existen otras patologías análogas, como la agenesia renal bilateral, que es la ausencia de riñones.
Según Enrique Gadow, profesor titular de obstetricia de la UBA y del Cemic y especialista en genética, "la anencefalia puede diagnosticarse con un grado de certeza muy alto en la semana 12a. del embarazo. Entre la semana 20 y la 28 se habla de un parto inmaduro y de 28 a 36 semanas es un parto prematuro".
"Un aborto implica la terminación del embarazo antes de la semana 20 de gestación o cuando el peso del feto es inferior a los 500 gramos", informó.
Lo que Gadow se pregunta es si "los legisladores tuvieron en cuenta la morbilidad materna, ya que en la gran mayoría de los casos los embarazos con más de 24 semanas van a terminar en una intervención quirúrgica, o sea una cesárea. Allí también existe riesgo para la salud de la mujer".
"Lo ideal es que esta patología no se produzca. Y para ello hay que cumplir con la ley -nacional 25.630- que obliga la fortificación de harinas con ácido fólico para evitar las anomalías del tubo neural. En Chile, según publicaciones médicas, tras la instrumentación de una ley similar se redujeron en un 30 por ciento", dijo.
Por su parte, Diana Maffía, defensora adjunta de la Ciudad, opinó: "Lo ideal sería que la mujer pudiera decidir si sigue o no con el embarazo en el momento del diagnóstico".
Y consideró que "si se aplicara bien el Código Penal no sería necesaria una ley de anencefalia. Se hace una interpretación muy restrictiva del Código Penal que reduce penalidad del aborto a la posibilidad de la muerte de la mujer. El Código dice: "Si corre riesgo la vida o la salud" y no se aplica.
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