Condenaron a dos dueños y una médica del geriátrico de Belgrano tras la muerte de diez personas
Hugo Eduardo Visca, Luis Daniel Megyes y Carla Lorena Raffo recibieron penas de prisión condicional e inhabilitación; tres acusadas fueron absueltas
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El Tribunal Oral N° 12 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires dio a conocer el veredicto en el juicio por la muerte de diez residentes del geriátrico Apart Los Incas, ocurrida tras un brote de Covid-19 en abril de 2020.
El fallo dispuso tres condenas con penas de prisión condicional e inhabilitaciones especiales, y tres absoluciones. La lectura de la sentencia se realizó en la sede del juzgado, situada en la esquina de Beruti y Coronel Díaz, ante la presencia de familiares, abogados y funcionarios.
Hugo Eduardo Visca, uno de los dueños del geriátrico, fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional y a cuatro años de inhabilitación para dirigir y administrar residencias geriátricas. También deberá fijar residencia, someterse al Patronato de Liberados, realizar 100 horas de trabajo comunitario y asistir a un taller de resolución de conflictos dictado por el Poder Judicial.

La misma pena recibió Luis Daniel Megyes, otro de los dueños y socio de Visca, quien deberá cumplir idénticas condiciones. Ambos fueron considerados responsables de los delitos de propagación culposa de una enfermedad peligrosa y contagiosa agravada por el resultado muerte, en concurso con la violación de medidas adoptadas para impedir la propagación de una epidemia.
Megyes dijo a LA NACION que recibió la decisión judicial “con perplejidad” y anticipó que espera los fundamentos para comprender los motivos por los que fue hallado culpable, en disidencia con uno de los jueces del tribunal que votó por su absolución. “Nadie en todo el proceso manifestó algo en mi contra, ni por acción ni por omisión”, señaló.
A lo largo de su descargo, Megyes aseguró que su rol no era el sanitario y que nunca presionó a ningún trabajador para que prestara funciones estando enfermo. Afirmó que actuó de manera transparente frente al brote de Covid-19 y que, apenas se enteró de la situación, pidió que se notificara a todas las familias sobre lo que ocurría en el establecimiento. Además, explicó que solicitó formalmente la derivación de todos los pacientes, dado que el personal se había internado de manera masiva por síntomas compatibles con coronavirus y no había posibilidad de reemplazar a quienes permanecían en funciones. “Pongo a disposición la totalidad de los mensajes que prueban lo que manifiesto”, indicó.
La médica Carla Lorena Raffo también fue hallada culpable. Recibió dos años de prisión condicional y cuatro años de inhabilitación para ejercer como directora médica en establecimientos geriátricos, más el pago de las costas del proceso. Fue la única imputada que hizo uso de la palabra en la última audiencia.
En su mensaje, la médica calificó el juicio como un “infundio” y afirmó que actuó de buena fe en un contexto angustiante. Sin embargo, sus palabras no convencieron a los representantes de las víctimas. Desde la querella interpretaron que Raffo intentó posicionarse como víctima sin asumir su responsabilidad. Cuestionaron que no estuviera presente en el geriátrico cuando los residentes más la necesitaban.

Según señalaron, ella misma admitió que estaba abocada a otros compromisos profesionales, como colaborar con protocolos sanitarios. También remarcaron que su reciente maternidad no justificaba su ausencia, más aún teniendo en cuenta que era la médica de cabecera de algunos pacientes.
“Lo único que tenía que hacer era llamar al 107 y no lo hizo”, indicaron antes de la sentencia. Además, observaron que en las audiencias se quebraba emocionalmente al hablar de sus hijos, pero no mostró el mismo nivel de empatía hacia las víctimas ni hacia los familiares que perdieron a sus seres queridos.
“Como defensores de Raffo, estamos en desacuerdo con la decisión y vamos a apelar. Entendemos que hay elementos que prueban que actuó con la diligencia debida y de acuerdo al conocimiento que había del virus al inicio de la pandemia”, señalaron desde el estudio Jurídico SAB, de los abogados Gonzalo Allende Loza, Catalina Santoro y Ezequiel Briceño, representantes legales de la médica.

En tanto, el tribunal resolvió absolver por unanimidad a Paula Verónica Trunzo, exfuncionaria del gobierno de la ciudad encargada de fiscalizar geriátricos. Consideraron que las herramientas normativas vigentes en ese momento no le daban margen de acción.
También fueron absueltas Daniela Alejandra Gonzalo y Alicia Haydée Allegue, también socias de la institución, al no haberse acreditado su responsabilidad penal. Como resultado, se levantaron las medidas cautelares que pesaban sobre ellas desde 2020, como la prohibición de salida del país, la suspensión en sus cargos y los embargos preventivos.
El caso
La sentencia llegó cinco años después del brote que obligó a evacuar el geriátrico, situado en la esquina de Avenida de los Incas y Zapiola. El 21 de abril de 2020, tras varias denuncias de familiares, las autoridades intervinieron el establecimiento. Diez personas fallecieron y el geriátrico fue clausurado. El juicio oral comenzó el 19 de mayo último y estuvo a cargo de los jueces Juan Manuel Neumann, María Julia Correa y Norberto Circo.

Uno de los testimonios más relevantes del juicio fue el de Sergio Federovisky, exviceministro de Ambiente de la Nación e hijo de Delia Ivanac, una de las víctimas. Su declaración permitió visibilizar el estado de abandono en que se encontraban los residentes: sin médicos ni personal capacitado, fueron dejados al cuidado de un electricista, un enfermero y un empleado de mantenimiento.
“Mi madre el viernes por la noche sufrió un accidente cuando el electricista intentó moverla. Ella no caminaba, se le cayó y le provocó una fractura de pelvis”, declaró.
Por otro lado, Megyes anticipó que impulsará una denuncia por falso testimonio contra Federovisky. Según declaró, Federovisky les pidió que siguieran atendiendo a su madre, tras la evacuación del geriátrico, algo que hicieron durante dos años en otras residencias. “Es una contradicción grotesca que luego haya dicho bajo juramento no saber que éramos los dueños de esos lugares”, expresó. También señaló que aportará dos años de chats como prueba.
A lo largo del debate también se exhibió documentación que revelaba graves irregularidades en el geriátrico antes del brote: historias clínicas sin actualizar, falta de seguimiento médico y personal obligado a trabajar pese a presentar síntomas compatibles con Covid-19. Para la querella, estos elementos reforzaron la responsabilidad de quienes estaban a cargo de la institución. “Todo eso está sustentado en la prueba. No es interpretación”, afirmaron.

Durante el juicio, tanto la fiscalía como los abogados querellantes habían solicitado penas de entre tres y ocho años de prisión, además de inhabilitaciones. Para Megyes se pidió entre tres y ocho años; para Visca y Raffo, entre tres y seis; y para Gonzalo y Allegue, tres años. En el caso de Trunzo, el propio Ministerio Público pidió su absolución, a lo que adhirieron las querellas. “La fiscalía pidió el desistimiento de la acusación para Trunzo, nosotros adherimos, como también lo hicieron otras querellas”, explicó el abogado Ignacio Trimarco, representante de varias familias.
Trimarco también remarcó que el caso constituye un punto de inflexión. “Creo que es un caso bisagra. Después de esto se endurecieron los controles y las penas para quienes no cumplen con los cuidados que requiere una población vulnerable”, sostuvo.
“Creía que lo estaban cuidando”
“Creí que lo estaban cuidando, y todo era una mentira”, expresó al terminar la lectura del veredicto Roxana Flammini, que tenía la voz quebrada, al recordar los días previos a la muerte de su padre, Alberto, de 86 años. Dijo que se había autoaislado desde principios de marzo, confiando en que dentro del geriátrico su padre estaba protegido. Pero lo que parecía un entorno controlado se reveló como un escenario de abandono: “Nos hicieron creer que estaban a salvo y después nos desayunamos del horror. Nunca nos contaron lo que pasaba ahí adentro”. Ella estaba acompañada por sus abogados, Juan Martín Lopez Quesada y Lucia Filipelli Colletto.
Flammini señaló que durante el juicio se enteraron de que los cuidadores no contaban con los insumos mínimos para protegerse ni proteger a los residentes, y que incluso tenían la orden de no informar nada a las familias. “Nos pidieron que nos lleváramos a nuestros familiares a nuestras casas. Ahí fue cuando nos dimos cuenta de que algo estaba muy mal. ¿Qué pasó ahí adentro? ¿Cómo permitieron que esto sucediera?”, se preguntó, aludiendo al brote que terminó con la vida de diez adultos mayores, incluido su padre, quien fue derivado al Hospital Fernández y falleció tres semanas después.
Si bien esperaba mayor severidad por parte del tribunal, afirma que la sentencia representa una forma de reparación, aunque no alcanza para borrar el dolor ni la sensación de traición. “Fue un duelo provocado. Podría haberse evitado. Los responsables no tomaron ninguna medida para prevenir, abandonaron completamente a personas que dependían de ellos”, concluyó.
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