
Consultorio laboral: monotributo y otras cuestiones
Respuestas de los especialistas a las inquietudes de los lectores de lanacion.com ; dejá tu pregunta sobre cualquier duda relacionada con el empleo; el sábado que viene encontrá las respuestas
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"El contenido de la sección ´Consultorio laboral´ tiene únicamente carácter informativo y no puede en ningún caso considerarse como asesoramiento legal integral y definitivo o de otra naturaleza, debiendo el usuario contactarse personalmente con un profesional abogado o de otra especialidad. S.A. LA NACION no se responsabiliza por las respuestas ni garantiza en modo alguno las mismas, como así tampoco es responsable por las decisiones de los lectores tomadas a partir de ellas."
Las inquietudes de esta semana de los lectores fueron sobre varios temas, pero uno de ellos prevaleció: el régimen de monotributo. Tuvimos otras sobre horas extra, un empleador en apuros y dudas con respecto a los despidos.
Pero quisiera responderle al usuario FJustiniano que se pregunta si este espacio no será publicitario. La respuesta es no.
Esta es una era llamada 2.0, donde diversos elementos vinculados con la tecnología como Facebook, Twitter y los teléfonos donde se puede navegar por la Web y leer los mails, facilitan la comunicación y la interacción. Y eso es bueno, porque el ida y vuelta es sumamente enriquecedor. La idea es, en la medida de lo posible, responder inquietudes a través de diversos especialistas. Se privilegiarán aquellas preguntas que sean puntuales y de interés general.
Dicho esto, hoy responden los doctores Juan Carlos Cerutti y Gustavo Unamuno , abogados, Especialistas en Derecho del Trabajo, miembros de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, integrantes del Estudio Andino & Dorato.
El monotruibuto
pacucci: Hola, yo trabajo hace dos años en una dependencia del GCABA. El año pasado estuve empleado bajo el régimen de monotributo. Este año me pasaron a una planta transitoria. El sueldo bruto de ambos años fue el mismo, sólo que por los descuentos de estar bajo relación de dependencia mi sueldo neto este año se vio disminuido. Aparte de esto, tanto el año pasado como el corriente me obligan a trabajar 8 horas cuando el régimen por el cual estoy contratado es por 7 horas diarias, de lunes a viernes. ¿Pueden haberme mantenido el sueldo bruto aún habiendo sido disminuido, en la práctica, el neto y encima haciéndome trabajar 5 horas semanales más? Ah, otra cosa, es una dependencia del GCABA y en el interior del edificio se fuma por doquier. ¿Hay algún lugar en donde pueda quejarme por esto también? Muchas gracias.
Respuesta: ¿Qué tal? El caso que consultás es típico en la administración pública. En el paso de monotributo a planta transitoria debió respetarse las características del trabajo que tenías y tu antigüedad total. Respecto de la consulta por la hora adicional, la ley es clara y establece una jornada de 35 horas semanales. En caso de ser excedida, deben ser abonados los respectivos adicionales compensatorios. El tema de la disminución salarial está relacionado con lo anterior: el salario bruto es la referencia para establecer la comparación. Si el salario bruto no se modificó, no hay diferencias salariales que reclamar. Los mayores descuentos obedecen al cambio de situación de revista que obliga al organismo empleador a efectuar los aportes y contribuciones a los sistemas de seguridad social, que obviamente retiene -en la proporción que corresponde- de tu salario. En tu caso, como existe una modificación de jornada, podés reclamar las diferencias salariales por este concepto, aunque no tenés acción por la modificación del salario "neto".
mikisinga: Tengo una cuidadora domiciliaria que atiende a mis padres adultos mayores por la mañana. Cumple cuatro horas. ¿Tiene que registrarse en monotributo? ¿Qué trámites tengo que hacer yo? ¿Está regulado el trabajo del personal que atiende a ancianos?
Respuesta: parecería que la empleada va todos los días 4 horas, por lo que debería ser registrada como empleada doméstica, ya que no surge de tu pregunta que sea enfermera matriculada y que el cuidado sea de esas características.
p_m2004: Trabajo para una universidad privada y en vez de estar en relación de dependencia me piden que facture con monotributo. Esto lleva ya tres años y todos los cuatrimestres me hacen firmar un contrato que dice que ofrezco mis servicios a la universidad pero que esto no entraña una relación laboral, que la universidad no tiene cargas patronales, que no garantiza continuidad, etc. ¿Puedo hacer algo para exigir que me blanqueen? PD: la universidad toma ciertos recaudos para cuidarse. Además del contrato, me pagan (con cheques que fotocopio por las dudas) cada dos meses en vez de mensualmente y me piden que las boletas no sean consecutivas. Muchas gracias.
Respuesta: ¿Qué tal? Podría ser un típico caso de empleo no registrado. Si así fuera, podés reclamar el blanqueo y considerarte despedido -en caso de negativa- con derecho a una indemnización.
gabarq: hola. Entre los años 1998 y 2002 trabajé para una empresa como monotributista. Tengo como prueba los talonarios de mis facturas. Quisiera saber si puedo de alguna manera reclamar el reconocimiento de la relación de dependencia encubierta, ya que necesito esos años de aportes para completar los treinta años de servicio y jubilarme.
Respuesta: no surge de tu pregunta si seguís trabajando para la misma empresa pero blanqueado. Podés consultar en ANSES (al 130 o www.anses.gov.ar ) para que te indiquen los pasos a seguir.
Otras preguntas
yo_paula: mi marido tiene una antigüedad de 6 años en una empresa, en la cual siempre se trabajó 8 horas diarias con un franco semanal. Desde el mes de abril hubo una reestructuración y ahora trabaja 12 horas día por medio, pero se vio afectado el sueldo porque cobra $ 600 menos que antes. Esa diferencia son horas extras que antes hacía y ahora no, y premios que ya no le pagan. ¿Qué se puede reclamar en ese caso? Muchas gracias.
Respuesta: hola. Respecto de las horas extra, las aguas están divididas. Hay quienes opinan que cuando fueron prestadas regularmente, de manera constante y permanente pueden ser reclamadas. Con los premios habría que fijarse las pautas de otorgamiento y de cálculo, y cuál fue la periodicidad con la que la empresa abonó los mismos.
planells_e: hola. Trabajé durante 6 años en una empresa que me pagaba el 25 % del sueldo en blanco y el resto en negro... Hace 3 meses y por falta de trabajo me echaron e indemnizaron (sobre el 100 % de mi sueldo). La indemnización me la dieron en 6 cheques para agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre y enero. Acepté por la buena relación con la empresa y para dar una mano en la difícil situación, pero a la fecha sólo pude cobrar los dos primeros cheques. ¿Cómo puedo reclamar? ¿Vale incluir en el reclamo los aportes por el total de mi sueldo en los 6 años?
Respuesta: en primer lugar habría que ver el acuerdo que firmaste y cómo fue materializado (privado, en escribanía, en el Ministerio de Trabajo, etc.). A partir de allí, recién es posible dar una respuesta a tu pregunta, aunque es preciso adelantar que -en principio- podrías ejecutar el convenio o los cheques por separado.
guemes4450: ¿Puede el empleador continuar con un empleado que cumple 65 años y tiene más de 40 de antigüedad en la empresa sin obligarlo a jubilarse?
Respuesta: hola. El empleador tiene la "facultad" de intimar al trabajador a jubilarse, no es una obligación. No obstante, si el trabajador se encuentra en condiciones de jubilarse, puede iniciar los trámites ante la ANSES y cuando obtiene la jubilación finaliza el contrato de trabajo sin derecho a indemnización, si la situación es regular.
pescadogordo: trabajo en una cooperativa desde hace 27 años. Soy jefe de desobstrucción y mantenimiento de la red cloacal. Nunca me pagaron por tarea insalubre (trabajo en contacto directo con materia fecal). Nuestra jubilación es a los 65 años pero tengo 54 y noto un desgaste físico por la tarea que realizo. Trabajo 7 horas. Las medidas de seguridad no son las adecuadas...
Respuesta: tendríamos que ir por partes. Para empezar, las características de las tareas son calificadas por la autoridad competente en la localidad en la que te encuentres trabajando.
leonardo_jmb: soy empleador de una PyME. Quería saber cuáles son las multas (o dónde puedo averiguar) por incumplimientos de normas laborales en materia de horarios, horas extras, incumplimientos en materia de Seg&Hig, y otras. Lamentablemente no me es posible ordenar en un 100 % las condiciones de trabajo. Gracias
Respuesta: estimado lector, por desgracia son varias las multas por incumplimientos de las características que menciona, y pueden ser aplicados tanto por la AFIP , el Ministerio de Trabajo o la Superintendencia de ART. Pero también existe una gran cantidad de variables que pueden ser reclamadas directamente por los trabajadores, por lo que te sugiero consultes con un especialista en derecho del trabajo para el asesoramiento en forma global.
oltomasini: hola. Un amigo fue despedido, sin causa, hace más de dos años, cuando estaba vigente la doble indemnización. Salió la sentencia, pero le pagan sin doble indemnización. ¿Qué debe hacer?
Respuesta: obviamente el caso lo lleva un abogado por lo que deberías de preguntarle a él los motivos puntuales. Sin conocer la causa en profundidad es difícil poder responder la pregunta.
sabytta: hola ¿Qué tal? Yo quería saber si el contrato que está en período de prueba hay que registrarlo o, de lo contrario, se presume la renuncia a dicho período. Y también si en una empresa de alarmas cuando se hace monitoreo entre las 21 y las 6 de la mañana debe considerase trabajo nocturno. Es decir, computarse por cada hora un adicional de 8 minutos, y como se debe pagar.
Respuesta: estimado, como pauta, el actual art. 92 bis de la ley de Contrato de Trabajo, se presume que todos los contratos son celebrados con un período de prueba de 3 meses. Todos los contratos deben ser registrados apenas iniciada la relación de trabajo. En cuanto al horario nocturno, no se desprende de la pregunta qué tareas hace la persona puntualmente ya que si fuera vigilador el convenio colectivo no aplica a horas nocturnas.
rodofer17: hola. Inicié acciones legales a una ART por diferencia en la indemnización, pues al momento del accidente contaba con 48 años y me dieron 10 % de discapacidad por una menicectomía y con un sueldo de $ 5000. Quiero saber si con la nueva ley de ART me reconocerán la diferencia por que me liquidaron hace un año la suma de $ 16000
Respuesta: la semana que viene te respondemos.
maeugeniagarcia: hola. Quisiera saber, qué cantidad de días me corresponden de vacaciones, teniendo en cuenta que comencé a trabajar el 03/08/2009; y qué porcentaje de mi sueldo debiera cobrar de aguinaldo a fin de año. Soy empleada de comercio. Muchas gracias por su ayuda.
Respuesta: la semana que viene estaremos tratando este tema.
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