Desde abril, prohibirán la pesca de merluza en algunas zonas
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Desde el primero de abril y hasta el 30 de junio (inclusive), se prohibirá "la pesca de la especie merluza (Merluccius hubbsi), así como la utilización de todo tipo de artes de pesca de fondo" en un sector de la Zona Común de Pesca entre la Argentina y Uruguay que delimitaron por puntos geográficos.
Así lo informó el Boletín Oficial en su resolución 1/2018. La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo explicó, entonces, que la medida se tomó ante "la necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación".
La zona de veda está comprendida por estos puntos:
- 35°00’S - 52°27’W
- 35°07’S - 52°10’W
- 36°27’S - 53°45’W
- 37°38’S - 54°56’W
- 37°38’S - 55°51’W

Además, en este documento aclararon que, pese a esa medida, en ese sector estará permitida "la pesca de especies pelágicas empleando exclusivamente redes de media agua y en horario diurno". Esta especie se caracteriza por vivir en aguas medias o cerca de la superficie.
Esta medida, que incluye a representantes de ambos países, se hizo, además, en base a investigaciones que comprobaron "sistemáticamente la presencia en la Zona Común de Pesca de un área de concentración de ejemplares juveniles de la especie merluza".
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