
Indemnización por el ataque de un oso
Fue en 1988; un chico perdió un brazo
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La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la condena impuesta a Jorge Cutini, ex dueño de un zoológico privado; a una coordinadora del ex Programa Alimentario Nacional (PAN), y al Estado nacional, y extendió la responsabilidad al municipio de Esteban Echeverría, por la amputación que sufrió hace 18 años un niño al que un oso le seccionó un brazo.
Paralelamente, el tribunal de alzada elevó los montos de las indemnizaciones estipuladas por el juez federal de Lomas de Zamora Gabriel Di Matteo para la víctima, Miguel Hernán Bello Arias, y su hermana, Verónica, que fue testigo de la tragedia. El magistrado los había pautado en 920.000 y 45.000 pesos, respectivamente, mientras que la Cámara de Apelaciones los incrementó a 1.020.000 y 65.000 pesos.
Además, Di Matteo había fijado 6000 pesos de resarcimiento para los padres en concepto de gastos médicos, que el tribunal ratificó.
El hecho ocurrió el 8 de octubre de 1988, cuando Bello Arias -que tenía entonces siete años- concurrió con un contingente del PAN al zoológico natural Mundo Animal. El paseo -situado en General Rodríguez, Esteban Echeverría- era administrado por Cutini y allí los animales estaban en un hábitat más amplio que las jaulas tradicionales.
La sentencia de primera instancia salió en febrero de 2003 y fue apelada tanto por la familia como por los condenados. Tres años después, la Cámara de La Plata resolvió "confirmar la sentencia apelada, pero la modificó en cuanto a la responsabilidad atribuida a la municipalidad de Esteban Echeverría y al monto de condena".
El abogado de la familia, Eduardo Nóbile, explicó a LA NACION: "En primera instancia, el Ministerio de Salud había sido responsabilizado porque el PAN dependía de él. La cámara lo absolvió por ese motivo, pero lo consideró culpable por otro, como habíamos pedido desde la querella: había concesionado el predio para que se prestara un servicio y no controló que lo hicieran en condiciones de seguridad adecuadas".
Según el fallo, "el zoológico no contaba con personal idóneo y suficiente para evitar que el menor" ingresara la mano en la jaula ni "existían en el lugar indicadores de peligro y carteles que anunciaran la prohibición de acercarse" a ella. "Todas estas fallas -continúa- debieron ser advertidas por el concedente, quien debía controlar [...] Tal omisión fue causa adecuada para el acaecimiento del siniestro."
El tribunal también culpó al municipio de no haber ejercido el poder de policía. "El zoológico no tenía habilitación. [...] también debe responsabilizarse al municipio porque omitió efectuar el control de la actividad desarrollada y, con tal omisión, no verificó la existencia de medidas de seguridad", concluye el fallo.
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