
Los balcones estarán controlados por ley
Multas: los vecinos que no cumplan con la nueva norma deberán abonar una suma de dinero y arreglar la saliente peligrosa.
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A partir de ahora, los vecinos tienen una nueva preocupación. Y si no se ocupan puede costarles muy cara: deberán mirar, controlar, cuidar y eventualmente arreglar el balcón de la casa o del edificio.
Según la ley que la Legislatura porteña aprobó ayer en forma definitiva (y que entrará en vigor en los próximos días, cuando se publique en el Boletín Oficial), los vecinos de la ciudad deberán mantener "en buen estado" los balcones, terrazas, barandas, balaustres y barandales, ménsulas, cartelas, modillones, cornisas, saledizos, cariátides, atlantes, pináculos... En fin, menos los enanitos de jardín, todo lo que esté en altura y represente un peligro.
El proyecto lo presentó la diputada Griselda Lestingi y fue inicialmente aprobado por el cuerpo el 27 de mayo último. Luego, la norma fue sometida a audiencia pública y ayer quedó sancionada como ley.
Según Lestingi, la ley era necesaria para prevenir los lamentables accidentes que ocurren por la falta de mantenimiento en los frentes de las casas y de los edificios.
Las inspecciones deberán respetar los siguientes períodos:
- Inmuebles de 10 a 21 años, deberán ser revisados cada 10 años.
- De 21 a 34 años, cada 8 años.
- De 34 a 50 años, cada 6 años.
- De 50 a 71 años, cada 4 años.
- De 72 en adelante, cada 2 años.
Si su preocupación es cómo implementa la revisión de las "salientes" de su domicilio, serán la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro y sus profesionales los que "instrumentarán los mecanismos administrativos que resulten necesarios para la identificación de todos los inmuebles existentes en la ciudad y la ubicación que les corresponda en la escala de antigüedad".
Cómo evitar el peligro
De esta manera, si su terraza resulta peligrosa para los transeúntes y debe ser reparada, recibirá un informe de la autoridad de aplicación, el mismo que quedará asentado en la Dirección de Fiscalización y Catastro.
"Dentro del plazo de 12 meses -dice el artículo 7º-, desde la entrada en vigor de la ley, todos los propietarios de inmuebles cuya antigüedad supere los 72 años o que presenten deterioros manifiestos deberán acreditar haber hecho las inspecciones de conservación necesarias."
Si la pregunta que falta contestar es quién pagará los gastos, la respuesta es sencilla: será el propietario, pero con créditos "fáciles" otorgados por el Banco Ciudad. Y si no cumple, habrá severas multas.
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