
Obligan a una mujer a transfundirse
Moribunda: como una enferma platense se niega a recibir sangre porque su religión se lo impide, el juez Melazo ordenó que se practique la transfusión; la familia de la paciente apoya la decisión judicial.
1 minuto de lectura'
LA PLATA.- Testigo de Jehová y enferma renal crónica, Nelly Avila, de 48 años, sufrió una hemorragia digestiva. En peligro de muerte se niega a recibir sangre, pero el juez local Ricardo Melazo ordenó que sea transfundida compulsivamente.
Se trata de un fallo que reconoce un antecedente en esta capital y que comparte la familia de la paciente, que no pertenece a la religión de los testigos de Jehová.
La enferma vive desde hace un año en esta ciudad tras que la devoción religiosa incidiera para que dejara su hogar conyugal en el conurbano.
La mujer, por un problema renal crónico, se sometía a periódicas sesiones de diálisis, pero el viernes se le descubrió una úlcera sangrante en la región hepática.
Fue internada en el Policlínico San Martín, atendida por gastroenterólogos y derivada luego a terapia intensiva. Al agravarse su estado por una abundante pérdida de sangre, y como la enferma se negaba a su resposición, los médicos pidieron autorización al juez Melazo.
El magistrado ordenó la tranfusión compulsiva, basando su resolución en la que tomó en 1996 otro juez local, el doctor Samuel Saraví Paz, en el caso de Víctor Ballo, también testigo de Jehová y enfermo de una úlcera perforada.
Ese magistrado, en su resolución del 8 de febrero último, señaló que el valor de la vida humana en riesgo de extinción enerva la voluntad del particular afectado, autorizando a transfundirlo, aún contra su voluntad.
A su turno, Selva Avila, declaró que la familia apoya la resolución judicial, porque su hermana está en peligro de muerte. En cambio, uno de los fieles citó el caso Bahamondez, que se negó a la transfusión y al que apoyó la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cuando en 1993 dictaminó que "nadie puede obrar en contra de su conciencia".
Fallos contradictorios
La jurisprudencia argentina presenta fallos contradictorios en relación al derecho de los testigos de Jehová a negarse a recibir transfusiones de sangre.
En enero de 1993, un juez de La Plata instruyó la detención de los padres del niño Diego Mariani, quienes se oponían a una transfusión que pudiera salvar la vida del menor.
En enero de 1994, la jueza Adriana Leiras ordenó que se le realizara una transfusión a una beba de 16 meses, que se encontraba en grave estado de salud, pues padecía un síndrome purpúrico.
Anteriormente, ante un caso similar, la Corte Suprema había dispuesto que "cuando se trate de menores de edad, deben ser aplicadas las transfusiones y todos los avances de la ciencia".
En mayo del mismo año, una jueza cordobesa autorizó a los médicos a realizar una transfusión a una beba anémica, de 11 meses, cuyos padres se negaban al tratamiento. Ante una situación de "peligro material o moral en la que estén involucrados el derecho a la vida y el de la libertad de culto, un juez debe priorizar el valor de la vida", afirmó entonces la magistrada.
Contrariamente, en agosto de 1995 la Sala G de la Cámara Civil reconoció el derecho de una mujer a negarse a recibir una transfusión de sangre.
Una jueza de primera instancia había negado el pedido de la paciente, por lo cual ésta presentó una apelación.
Finalmente, los camaristas, en forma unánime, entendieron que existe un "derecho natural de la persona a actuar conforme su religión". Pero el argumento decisivo fue que "una persona mayor y por lo tanto en condiciones de escoger su religión, debe ser respetada en sus decisiones, porque la objeción de conciencia tiene prioridad sobre otro interés privado".




