Ordenan al Gobierno que asista a comunidades tobas
Es por la muerte de 12 aborígenes desnutridos en el Chaco
1 minuto de lectura'
Tras la muerte de 12 aborígenes por desnutrición, la Corte Suprema de Justicia ordenó al gobierno nacional y al del Chaco proveer alimentos y agua potable, medios de transporte y comunicación a los puestos sanitarios de las comunidades indígenas chaqueñas, en su mayoría tobas, que viven en el sudeste del departamento de General Güemes y en el noroeste del departamento de Libertador General San Martín.
Así lo resolvió el máximo tribunal al hacer lugar a un recurso de amparo presentado por el defensor del pueblo de la Nación, Eduardo Mondino. Además, resolvió convocar a una audiencia pública a las autoridades nacionales y provinciales para que informen sobre la situación de esas comunidades indígenas.
LA NACION informó, en julio pasado, que 12 aborígenes de la comunidad toba habían muerto por desnutrición en un mes en el Chaco. En la provincia viven 50.000 aborígenes. La noticia provocó la reacción de la Iglesia y de Mondino, que reclamó al Gobierno asistir a quienes se encuentran en una situación de emergencia extrema, con necesidades básicas y elementales insatisfechas.
Mondino atribuyó responsabilidad a ambos Estados por el incumplimiento de las obligaciones que emanan de las leyes, de la Constitución nacional, de los tratados internacionales y de la Constitución del Chaco.
El máximo tribunal también ordenó el inmediato "suministro de agua potable, alimentos y medios de transporte y comunicación adecuados para cada uno de los puestos sanitarios ubicados" en las regiones en crisis.
"Hechos graves"
La Corte "consideró la gravedad y urgencia de los hechos denunciados" y destacó "la necesidad, sin perjuicio de lo que pudiere decidir en su oportunidad en relación con su competencia, de adoptar las medidas conducentes que tiendan a garantizar la eficacia de los derechos y evitar que éstos sean vulnerados".
Es decir que puede ser que en el futuro el caso termine en otro tribunal, pero es urgente asistir ahora a las comunidades en riesgo.
Para la Corte, ése es su "objetivo fundamental a la hora de administrar justicia y de tomar decisiones en los procesos" que se someten a su conocimiento, "sobre todo cuando está en juego el derecho a la vida y a la integridad física de las personas".
Votaron en disidencia las juezas Carmen María Argibay y Elena Highton de Nolasco, que hicieron lugar a la medida cautelar, al sostener que está en juego la integridad física de las personas, pero advirtieron que el máximo tribunal no es competente para entender en el caso.
- 1
2Hay alerta amarilla por tormentas y vientos para este lunes 23 de febrero: las provincias afectadas
3La enigmática visita de “MBZ”: el exclusivo complejo a una hora de Bariloche donde se alojaría el emir de Abu Dhabi
4Detox digital: el tratamiento que recomiendan para adolescentes con excesiva dependencia de las pantallas


