Sobreseyeron a Ibarra por las muertes en Cromagnon
Estaba acusado de homicidio culposo; para la jueza Crotto, no hubo delito; apelarán el fallo
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Para la Justicia, Aníbal Ibarra no tuvo, como jefe del gobierno porteño, ninguna responsabilidad en la muerte de 194 personas el 30 de diciembre de 2004 durante el incendio de la disco República Cromagnon, de Once.
Así lo entendió la jueza de Instrucción María Angélica Crotto, que resolvió ayer el sobreseimiento de Ibarra en el juicio por su presunta responsabilidad en los delitos de homicidio culposo e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Los cargos habían sido presentados por el fiscal Juan Manuel Sansone y por abogados de familiares de las víctimas.
En los fundamentos del fallo, la jueza sostuvo que “no constituyen delito” los hechos imputados a Ibarra, que en marzo pasado fue destituido como jefe de gobierno mediante un juicio político en la Legislatura por el caso Cromagnon.
El sobreseimiento no quedó firme debido a que será apelado en los próximos días y no incluyó la imputación contra Ibarra por supuesto abandono de persona ocurrido durante el operativo de emergencia realizado luego de la tragedia. La jueza tampoco se refirió al expediente en el que se investiga a Ibarra como presunto integrante de una asociación ilícita que cobraba coimas para conceder habilitaciones, debido a que todavía está en la etapa de instrucción.
"Ahora hay impunidad escrita por la jueza Crotto. Fue la línea de impunidad trazada por el camarista Gustavo Bruzzone", dijo el abogado José Iglesias, padre de Pedro, uno de los 194 muertos en la tragedia.
Además, los familiares de las víctimas anunciaron que, de ser necesario, apelarán el fallo ante la Corte Suprema de Justicia, que hoy realizarán una manifestación en el Palacio de Justicia para protestar contra la resolución y que concurrirán a todos los actos políticos en los que participe Ibarra.
Por la tarde, el novio y el padre de una de las víctimas fueron detenidos, acusados de arrojar una bomba incendiaria, del tipo molotov, contra la puerta principal de la sede del gobierno porteño. El episodio ocurrió a las 17.15 en Bolívar 1, mientras se desarrollaba una manifestación contra el sobreseimiento de Ibarra (ver aparte).
Los 18 procesados
Con esta resolución, la ex subsecretaria de Control Comunal, Fabiana Fiszbin y Gustavo Torres y Ana María Fernández, responsables de la Dirección General de Fiscalización y Control, quedaron como los únicos funcionarios del gobierno porteño procesados por su presunta responsabilidad en la tragedia, acusados de incumplimiento de los deberes del funcionario público.
En tanto que Omar Chabán, señalado por la Justicia como el exclusivo explotador comercial de República Cromagnon, es el único detenido imputado de estrago doloso seguido de muerte. Entre los otros 14 procesados figuran el ex jefe de seguridad del boliche y mano derecha de Chabán, Raúl Villarreal; los integrantes de la banda Callejeros y un grupo de policías de la comisaría 7a. que tenían jurisdicción en el boliche, situado en Bartolomé Mitre 3066.
"No existen motivos que ameriten dilatar la definición de la situación procesal de Aníbal Ibarra. Las probanzas recogidas durante la pesquisa, expuestas en forma concatenada, merituadas y relacionadas entre sí, han sido contundentes para motivar la decisión que se habrá de adoptar, ello, en el convencimiento de que los hechos imputados a Aníbal Ibarra, ex titular del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no constituyen delito", sostuvo la jueza en uno de los fundamentos del fallo.
Al fundar la resolución, la magistrada también se refirió al principio de confianza que Ibarra tuvo al delegar la responsabilidad de controlar los locales como Cromagnon en Fiszbin, Torres y Fernández.
Cuando el fiscal y los familiares solicitaron la indagatoria de Ibarra, sostuvieron que el ex jefe de gobierno porteño no hizo caso de la advertencia del defensor del pueblo de la ciudad, Atilio Alimena, que indicó que el 80 por ciento de los locales de baile no tenían la habilitación correspondiente. Según los abogados querellantes, la tragedia de Cromagnon se podría haber evitado debido a que el local debía estar clausurado porque tenía la habilitación vencida.
"Principio de confianza"
"Debe aplicarse el principio de confianza, descartándose que Ibarra hubiera violado el deber de cuidado que le era exigido. Esto se debe a que los funcionarios con competencia específica para la resolución de la problemática planteada demostraron que se habían encargado de tomar medidas sobre el alerta sobre los locales de baile y, por lo tanto, nada le indicó al ex jefe de gobierno que Fiszbin, Torres y Fernández no estaban actuando diligentemente", expresó la jueza en el fallo.
Entre otros fundamentos, la magistrada marcó las diferencias entre el juicio político que terminó con la destitución de Ibarra y el proceso penal. También se destacó que la responsabilidad política no implicaba la existencia de una responsabilidad penal o criminal.
Con respecto al hecho de haber sobreseído a Ibarra sin indagarlo, fuentes judiciales indicaron que dicha posibilidad está contemplada en el Código Procesal Penal.
En tanto que sobre la prescripción de la causa contra Ibarra, importantes fuentes judiciales indicaron que dicha circunstancia ocurriría en marzo de 2008, debido a que el plazo se cuenta a partir del día en que Ibarra dejó de ser jefe de gobierno porteño.
Reiteradas amenazas a la jueza
- La jueza María Angélica Crotto había denunciado numerosas amenazas de muerte por parte de los familiares de algunos familiares de las víctimas de República Cromagnon. El fin de semana último un grupo de ellos se manifestó cerca de su casa en Barrio Norte con afiches que hacían alusión al cáncer que padece. También la amenazaron por teléfono y en la antesala de su despacho. Por esas intimidaciones, la Justicia citó a prestar declaración indagatoria el jueves próximo a Norma Ortiz de Bonomi, madre de una de las víctimas, acusada de increpar a la magistrada por negarse a indagar a Aníbal Ibarra.
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