Tuvieron que absolver a un detenido por un olvido del Congreso
Tenía munición de guerra, delito que, por error, no incluyeron en una ley
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Sin ley no hay delito. Así lo entendió un tribunal oral federal al absolver a un detenido por tenencia de munición de guerra, debido a que los legisladores que reformaron el Código Penal para hacer más severas las sanciones se olvidaron de incluir este delito en la nueva ley.
El error legislativo, que adjudican al apresuramiento en aprobar normas penales presionados por el efecto de las protestas de Juan Carlos Blumberg, generó iniciativas para volver a castigar esta conducta, antes de que todos los condenados o procesados por tenencia de munición de guerra reclamen ser absueltos o sobreseídos y, llegado el caso, recuperen la libertad.
El viernes pasado el Tribunal Oral Federal Nº 1 de La Plata absolvió por ese delito a Marcos Paredes, al que además juzgó por la presunta tenencia de estupefacientes.
Paredes, un hombre con antecedentes de robo que cumple una condena de cuatro años por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, había sido acusado el 6 del actual por el fiscal general de La Plata, Carlos Dulau Dumm, por la tenencia de 38 balas de pistola calibre 9 mm.
Pero el viernes, dos días después de que entró en vigor la ley 25.886, el tribunal debió aplicar el principio de la ley más benigna y lo libró de ese cargo, por el que el fiscal había pedido que se le sumaran ocho meses de prisión a la condena que ya purga.
El artículo 189 bis, que antes hacía referencia a la tenencia y acopio de municiones de guerra, ahora sólo menciona el acopio, es decir, la acumulación de municiones en grandes cantidades, y omite la mención a la tenencia, por lo que la posesión de esos artículos en menores cantidades ya no es delito.
"Yo me desayuné de esto cuando la abogada de Paredes presentó un recurso en ese sentido", contó ayer Dulau Dumm a LA NACION. "Pidió la suspensión del juicio hasta el viernes último, cuando entraba en vigor el nuevo Código, para evitar una condena que luego la llevara a presentar un pedido de revisión, y los jueces tuvieron que acceder; era lo correcto."
El fiscal advirtió que hasta que se reforme la ley, pase por ambas cámaras legislativas y sea nuevamente publicada en el Boletín Oficial, muchos condenados pueden pedir ser absueltos por este delito. Dijo que el trámite puede insumir varios días. Aunque relativizó la posibilidad de que se concedan libertades masivas, al asegurar que generalmente el delito de tenencia de munición de guerra está asociado a otro más grave.
"El problema no son tanto las causas abiertas, sino el error en sí.Tener municiones es tan relevante como tener armas, dijo el funcionario.
Explicó su preocupación con un ejemplo: "Es muy común que los delincuentes guarden las armas en un lugar y las municiones en otro. Si hoy la policía realiza un allanamiento y encuentra municiones de guerra, ¿debe secuestrarlas o no? Hoy no debería hacerlo porque no es delito, pero, sin duda, esas municiones constituyen un peligro para la comunidad".
La derogación del delito de tenencia de munición de guerra, que estaba previsto en el artículo 189 bis del Código Penal, con una pena de cuatro a diez años de prisión o reclusión, además de impactar en los Tribunales, generó una reacción legislativa.
El diputado Jorge Casanovas (PJ-Buenos Aires) dijo que presentará un proyecto de ley para subsanar la omisión. Aunque culpó del error al Poder Ejecutivo al afirmar que en el proyecto que éste envió al Congreso Nacional el 3 de diciembre último, borró la tipificación de ese delito.
"Esto es culpa del Ejecutivo, que cuando al mandar el proyecto al Congreso omitió la tenencia (de municiones) inexplicablemente. Debo creer que quiso sacar la figura de la tenencia. No puedo creer que esto se debe sólo a que «se le pasó» al que redactó el artículo reformado." De todos modos, el legislador reconoció que el error "pasó inadvertido dos veces en el Senado y una vez en la Cámara de Diputados, donde se hicieron modificaciones a aquel proyecto original".
Ley correctiva
Casanovas pedirá que el tema se incorpore ahora como nuevo tercer párrafo del artículo 189 bis para que "las mismas penas previstas para la simple tenencia de armas de fuego de uso civil o de guerra se apliquen a la simple tenencia sin la debida autorización de municiones, según fueran para armas de uso civil o de guerra".
De aprobarse, la simple tenencia de un arma de fuego de uso civil, sin autorización, quedaría reprimida con 6 meses a 2 años de prisión y con una multa de 1000 a 10.000 pesos, en tanto que si se tratara de un arma de guerra, la pena sería de 2 a 6 años de prisión.
Según el penalista Ricardo Monner Sans, la causa de la omisión es evidente. "Las reformas penales se escriben con los pies. El «efecto Blumberg», al parecer, todo lo puede en su apuro. Basta con recordar lo que ocurrió en 1994, cuando también ante un apuro se «perdió» un artículo de la Constitución Nacional", ironizó.
Monner Sans destacó además que, efectivamente, los condenados o procesados por el delito de tenencia de municiones sin autorización pueden pedir su absolución o su sobreseimiento, respectivamente. "El fallo del Tribunal Oral y el proyecto de Casanovas así lo confirman si a alguien le queda alguna duda. Ese delito, hoy, no está legislado. Y, por lo tanto, no es delito", explicó.
El 3 de diciembre último, el Gobierno envió al Congreso un proyecto de ley, por el que modificaba el Código Penal respecto de la tenencia y portación de armas de fuego. El Senado lo aprobó diez días después y lo envió a Diputados, que lo trató el 7 de abril.
La Cámara baja aprobó el proyecto, al que le introdujo cambios y nuevos párrafos, por lo que el texto volvió al Senado, donde se sancionó siete días más tarde, mientras que la reforma se promulgó de hecho el 4 del actual.
"Hoy, por aplicación del principio de la ley más benigna, el que estaba imputado de este delito se beneficia", comentó Casanovas, que no obstante minimizó su impacto real.
"Aunque es grave en sí, tiene poca incidencia real porque se trata de muy pocos casos: no hay muchos que tengan munición de guerra, pero no un arma de guerra para utilizarla, lo que sí está penado", comentó.
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