
El valor de la unidad de medida de las infracciones de tránsito, denominada Unidad Fija (UF), pasó de $2281 a $2340 en suelo bonaerense desde noviembre
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Las multas de tránsito no tienen un valor fijo ni se ajustan directamente por inflación, sino que se calculan a partir de una unidad de referencia llamada Unidad Fija (UF): este sistema busca que las infracciones mantengan un determinado valor económico y no queden desactualizadas frente a la suba de precios.
Para determinar cuánto debe pagar un conductor se tienen en cuenta dos variables: la cantidad de unidades fijas asignadas a cada infracción (a mayor gravedad, mayor cantidad de UF) y el valor de esa unidad, que se actualiza periódicamente.
En la provincia de Buenos Aires, el valor de la UF se actualiza cada dos meses en función del precio por litro de la nafta de mayor octanaje informado por el Automóvil Club Argentino (ACA).
Entonces, con el nuevo ajuste que comenzó a regir en noviembre, la unidad pasó de $2281 a $2340, un incremento del 2,58%, y se mantendrá en ese valor durante los últimos dos meses del año.
De esta manera, en lo que va del año, el valor de la UF en territorio bonaerense registró un aumento del 29,5% respecto de enero, cuando equivalía a $1807.
En cambio, en la Ciudad de Buenos Aires, por ejemplo, el ajuste se realiza cada seis meses y la última actualización coincidió con la anterior en territorio bonaerense, a comienzos de septiembre.
Con la nueva actualización, las multas de tránsito más cometidas en la provincia de Buenos Aires quedaron establecidas con los siguientes valores:
- Conducir con alcohol en sangre o bajo los efectos de estupefacientes: desde $702.000 hasta $2.340.000
- Exceso de velocidad: desde $351.000 hasta $2.340.000
- Cruzar un semáforo en rojo: desde $702.000 hasta $2.340.000
- Circular sin VTV: desde $702.000 hasta $2.340.000
- Estacionar en un lugar indebido: desde $117.000 hasta $234.000
- Circular sin seguro: desde $117.000 hasta $234.000
- Circular sin patente o con una chapa mal colocada: desde $117.000 hasta $234.000

¿Cuándo prescriben las infracciones de tránsito?
En relación a esta temática, resulta importante tener en cuenta que todas las infracciones de tránsito prescriben en distintos plazos, tal como lo establece el artículo 89 de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449. Ahora bien, cada provincia tiene la facultad de adaptar esa normativa a sus propias necesidades y aplicarla con criterios propios dentro de su jurisdicción.
Según la ley nacional, las faltas leves prescriben a los dos años, mientras que las faltas graves lo hacen a los cinco años. Este esquema funciona como un marco general, pero no es de aplicación obligatoria en todas las jurisdicciones.
En la provincia de Buenos Aires se mantiene ese criterio y se conserva la distinción entre infracciones leves y graves. Pero, en la Ciudad de Buenos Aires rige un sistema diferente: todas las faltas prescriben a los cinco años desde la fecha de la infracción, sin distinguir su gravedad.




