Bienes Personales: el Gobierno volvió a extender el plazo para repatriar dinero del exterior y pagar menos impuestos
Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 31 de mayo para ingresar el 5% de sus tenencias y, así, disminuir la alícuota que se les aplica
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El gobierno nacional decidió prorrogar hasta el 31 de mayo la fecha límite de repatriación vinculada al impuesto a los Bienes Personales. Se trata de un beneficio que les permite a quienes cuentan con tenencias fuera de la Argentina traer parte del dinero, para así disminuir las alícuotas aplicables y pagar un monto menor.
La medida se oficializó a través del decreto 378/2024, publicado este jueves, y en los considerandos de la norma publicada en el Boletín Oficial justificaron: “De manera tal de permitir que los responsables del impuesto y los profesionales en Ciencias Económicas cuenten con un plazo adicional para adoptar la decisión que consideren conveniente y para desarrollar las tareas vinculadas a la repatriación”.

Originalmente, la fecha de repatriación prevista para el período fiscal 2023 vencía el 31 de marzo. Luego, el período fue extendido al martes 30 de abril. Ahora, una vez más, el Gobierno decidió prorrogar la fecha límite.
En el decreto publicado hoy, que lleva las firmas del presidente Javier Milei; del jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y del ministro de Economía, Luis Caputo, indicaron que “subsisten los motivos que llevaron al dictado del Decreto N° 281/24, por lo que resulta menester establecer una nueva prórroga del plazo en cuestión hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive”.
El concepto de “repatriación” se estableció en diciembre de 2021, luego de que la administración de Alberto Fernández estableciera alícuotas diferenciales para aquellos bienes que se encuentran en el país y aquellos que están en el exterior. En ese contexto, el Gobierno estableció la posibilidad de ingresar tenencias que se encuentran fuera de la Argentina para poder disminuir la alícuota aplicable.
En detalle, la repatriación es el ingreso al país de tenencias en moneda extranjera o los importes que se generaron como resultado de la realización de activos financieros que se tenían al 31 de diciembre de 2023, por al menos el 5% del total del valor de los bienes situados fuera de la Argentina a dicha fecha.
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