Busca el Gobierno un control total de las importaciones
La AFIP obligará a declarar anticipadamente las compras externas y validará la adquisición de divisas
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá en marcha un nuevo registro de importaciones que obligará a las empresas y operadores a anticipar un detalle de sus compras al exterior y, en los hechos, le da facultad al organismo para habilitarlos o no a comprar las divisas y concretar o no esa operación.
Con la nueva disposición, quienes operan en comercio exterior estarán incluidos en el control de operaciones cambiarias creado intempestivamente a fines de octubre, en medio de la corrida cambiaria, para limitar las compras de dólares a las personas, un esquema de validación previa de cada operación del que, hasta ahora, estaban excluidos.
La novedad se conoció ayer, con la publicación en el Boletín Oficial de la resolución general 3552 de la AFIP. Por ella se crea un régimen de Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI), que obliga a las empresas a dejar registro previo de "todas las destinaciones definitivas de importación para consumo" a partir del próximo 1° de febrero.
Según interpretan en el sector, nace de este modo una suerte de superlicencia previa general para importar, ya que toda intención de compra al exterior deberá ser presentada mediante una declaración jurada ante la AFIP, la que la hará circular entre otros los organismos públicos que adhieran a la norma, aunque ese listado no ha sido definido aún, como tampoco el plazo de respuesta a cada pedido.
La medida tomó por sorpresa a los operadores, que sospechan que se trata de un nuevo paso hacia un esquema de mayor control de las operaciones cambiarias y de comercio exterior con el objetivo de preservar un saldo comercial positivo que, a su vez, asegure dólares al Banco Central (BCRA) y permita al Gobierno insistir en su postura de usar reservas para cancelar deuda (hoy no cuenta con la cantidad suficiente como para hacerlo).
"Hace seis meses firmamos un convenio con los ministerios de Economía e Industria y la Cancillería para trabajar en forma conjunta en mejorar la transparencia y trazabilidad de las importaciones. Nunca se avanzó. Y la semana pasada tuvimos una reunión con la flamante secretaria de Comercio Exterior, Beatriz Paglieri. Pero de todas estas cosas nos terminamos enterando por los medios...", se quejó el presidente de la Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA), Diego Pérez Santisteban, uno de los sorprendidos por la nueva obligación.
Viejo instrumento
El artículo 2° de la norma establece que "en forma previa a la emisión de la nota de pedido, orden de compra o documento similar utilizado para concertar sus operaciones de compra en el exterior" deberán "producir la información que se indica en el micrositio Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI)".
La AFIP reeditó así un instrumento al que ya había recurrido en los 80 el ex presidente Raúl Alfonsín (se denominaba Declaración Jurada de Necesidad de Importación) para avanzar hacia un sistema de comercio mucho más administrado.
Como restan definiciones importantes, Pérez Santisteban fue cauto. "Nos faltan elementos para poder decir si se trata de un régimen informativo precautorio, lo que sería inocuo y no causaría más que el inconveniente burocrático, o si ese formulario, una vez mandado a la AFIP, va a tener un tratamiento del cual va a haber que esperar alguna respuesta, en cuyo caso en la práctica esto se transformaría en algo parecido a una licencia automática o no automática."
Para Martín Clément, gerente de la consultora homónima, el nuevo sistema le da al Gobierno "la posibilidad de intervenir en cualquier operatoria de importación y denegarla". " ¿Por qué podría denegarla?", inquirió LA NACION. "Porque no se cumple el compromiso de exportar por el mismo valor que se importa. De hecho, más allá de lo que se menciona, creo que el objetivo final es mantener el superávit comercial por sobre los US$ 10.000 millones como sea."
Clément advierte además que con el nuevo sistema deberían desaparecer las licencias no automáticas. "No tienen sentido alguno si ya fue anticipada la importación y, más aún, si fuera con más de 10 días de antelación, que es lo que autoriza como máximo la Organización Mundial de Comercio (OMC)."
Para el especialista en derecho aduanero Rufino Beccar Varela, la norma "agrega trámites y deja lugar a mayores discrecionalidades y hasta la aparición de un nuevo mecanismo paraarancelario. La resolución no establece qué tipo de observaciones podrían hacer lor organismos que adhieran ni los plazos con que cuentan para hacer objeciones; es decir, abre puertas a posibles dilaciones", advirtió.
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