
La Legislatura de Río Negro sancionó por mayoría un nuevo marco para la faena, elaboración, traslado y comercialización de productos de origen animal; la norma incorpora un régimen para el procesamiento de productos provenientes de la fauna silvestre
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Finalmente, la Legislatura de la provincia de Río Negro aprobó una nueva Ley Provincial de Carnes que actualiza el régimen para la faena, elaboración, traslado y comercialización de productos de origen animal y, entre sus principales novedades, incorpora a la normativa el procesamiento de productos provenientes de la fauna silvestre, lo que le abre la puerta a la carne de jabalí, especie que para los productores genera serios daños en sus explotaciones. La autoridad de aplicación deberá definir las especies alcanzadas, pero se descuenta la inclusión del jabalí y el guanaco. La iniciativa, impulsada por el gobierno provincial, fue avalada por mayoría luego de un debate que incluyó diferencias sobre algunos de sus artículos. La nueva norma busca establecer un marco para distintas escalas de producción y comercialización, desde pequeños establecimientos hasta plantas industriales, y contempla también situaciones habituales de los productores que hasta ahora no tenían una regulación específica. Entre ellas aparece el autoconsumo familiar, además de nuevas categorías para las salas de faena artesanal.
La Federación de Sociedades Rurales de Río Negro celebró la aprobación. Su presidente, Leandro Ballerini, sostuvo que se trata de “una normativa que incorpora varios de los planteos impulsados por la entidad para actualizar el marco regulatorio, facilitar la actividad de los productores y fortalecer la sanidad e inocuidad alimentaria”.

“Es el resultado de un trabajo de mucho tiempo junto a la Secretaría de Ganadería y otros organismos provinciales. La ley moderniza normas que ya habían quedado desactualizadas y reconoce realidades productivas que hasta ahora no estaban contempladas”, señaló Ballerini.
Uno de los cambios destacados es la incorporación de la figura del autoconsumo del productor. La norma permite reglamentar el traslado de carne destinada al consumo familiar desde los establecimientos rurales hacia las localidades, bajo determinadas condiciones y mediante una Guía de Tránsito No Comercial.
Para acceder a ese mecanismo, el productor deberá estar formalmente registrado y contar con la correspondiente marca o señal, según se trate de ganado mayor o menor. Además, los productos deberán transportarse con precinto sanitario y en un medio hermético, sin compartir el espacio de carga con sustancias que puedan generar contaminación.
La guía deberá consignar, entre otros datos, el establecimiento de origen y destino, la especie, el tipo y cantidad de producto, la fecha de emisión y el vehículo utilizado. El traslado no podrá superar las 48 horas desde la emisión del documento y la guía deberá ser validada en el primer puesto caminero policial o sanitario del recorrido.
La norma también establece una nueva categorización de los establecimientos de faena de acuerdo con su escala. Para las actividades artesanales se contempla una capacidad diaria de hasta dos bovinos, cinco porcinos y/o diez ovinos o caprinos. También se fijan categorías para mataderos rurales y frigoríficos de clase B y C.

La regulación alcanza además a establecimientos que elaboren chacinados, salazones, conservas y productos afines, así como a plantas procesadoras de huevos y lácteos. En todos los casos se establecen parámetros para diferenciar las producciones artesanales de las industriales.
Ballerini destacó precisamente el objetivo de desburocratizar y formalizar actividades que, según la entidad ruralista, hasta ahora no contaban con un marco adecuado. La participación del Ministerio de Salud en los controles, señaló, permitirá reforzar las condiciones de inocuidad de los alimentos.
Daniel Lavayen, integrante por Río Negro de la Mesa Ejecutiva de Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), explicó a LA NACION que el proyecto había sido planteado por la Federación de Sociedades Rurales y trabajado con las autoridades provinciales. “Es algo nuevo e interesante, porque en Río Negro existen distintas realidades, donde hay municipios como la Región Sur donde están pequeños productores, productores ovinos”, dijo.
Según Lavayen, esos municipios que cuenten con bromatología podrán intervenir en las salas de faena, mientras que la circulación dentro de la provincia quedará alcanzada por controles vinculados con Transporte, Salud y Policía. “En Río Negro, tenemos la policía rural para que fiscalicen en rutas y caminos”, agregó.
Fauna silvestre
Uno de los puntos que genera mayor interés para el sector es el tratamiento de la fauna silvestre. La nueva ley establece que los productos alimenticios derivados de especies silvestres destinados al comercio deberán procesarse obligatoriamente en plantas de faena industriales o artesanales habilitadas. La norma dispone, además, que será el área de Fauna de la provincia la encargada de determinar cuáles son las especies autorizadas y los cupos correspondientes. El traslado y procesamiento deberán realizarse bajo las condiciones sanitarias y de documentación establecidas por la legislación vigente.
El articulado actual prohíbe expresamente la comercialización de carne de animales silvestres capturados mediante perros o métodos cruentos que provoquen deterioro, estrés excesivo o contaminación biológica de las piezas. Cuando los animales no sean trasladados vivos, deberán realizarse tareas específicas de desangrado y evisceración antes de su llegada a la planta procesadora.
El nuevo régimen adquiere especial relevancia para el jabalí, una especie exótica invasora que, según plantearon las entidades rurales, genera problemas ambientales y productivos en Río Negro y en otras zonas de la Patagonia. Lavayen destacó este punto: “Otra cosa nueva, que nos parece interesante, es todo lo que es el control de la fauna, principalmente lo que es el jabalí”. En las plantas de destino se deberán realizar las tareas de cuereado, higienización, enfriamiento y verificación sanitaria antes del procesamiento. El objetivo es que la incorporación de la fauna silvestre a los canales formales de comercialización se realice con trazabilidad, controles sanitarios y documentación.
La ley también establece un esquema de controles, sanciones y multas. Los inspectores podrán ingresar a establecimientos, depósitos y transportes, verificar documentación y condiciones sanitarias, inspeccionar vehículos en tránsito e incluso controlar establecimientos agropecuarios. Para ingresar a viviendas o dependencias de uso estrictamente residencial deberán contar con una orden judicial.
Para Lavayen, uno de los aspectos centrales de la reforma es que reemplaza una legislación que llevaba décadas de vigencia. “Es una ley que reemplaza a la que estaba que llevaba 35 años”, señaló Lavayen. Y destacó que la intención es que pequeños productores y elaboradores puedan acceder a un esquema de habilitación acorde con su escala, siempre bajo controles bromatológicos.
El dirigente mencionó que el nuevo marco también alcanza a productos elaborados como chacinados, conservas y quesos, además de la producción de leche y huevos. “En el común de la gente hay mucha aceptación de la nueva ley”, afirmó.
Ballerini, en tanto, ubicó la reforma dentro de un proceso más amplio de actualización normativa impulsado por la entidad ruralista. “Venimos trabajando desde hace varios años para modernizar leyes que impactan directamente en la producción”, dijo, y mencionó los cambios vinculados con marcas y señales y la participación en el debate de la nueva Ley de Fauna.
“Cuando las instituciones trabajan junto al Estado y los distintos actores de la cadena, es posible construir normas más eficientes, que simplifican la producción sin resignar los controles sanitarios y generan nuevas oportunidades para el desarrollo ganadero de la provincia”, concluyó el dirigente.
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