Una cámara obligó a la intendencia de Baradero, Buenos Aires, a entregar datos sobre ingresos, gastos y costos; la decisión vino luego de un planteo de los productores agropecuarios
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En un contexto donde la transparencia en la gestión pública vuelve a estar en el centro del debate, la Cámara en lo Contencioso Administrativo de San Nicolás dictó un fallo de fuerte impacto institucional en el caso del municipio de Baradero, en la provincia de Buenos Aires, por el destino de los fondos de la tasa de red vial.
La sentencia definitiva no solo ordena al municipio entregar información clave sobre su administración, sino que también reafirma el alcance del derecho de acceso a la información pública como una herramienta central de control ciudadano. El partido bonaerense cuenta con una red vial de unos 600 kilómetros de caminos rurales. El año pasado se recaudaron alrededor de $1000 millones, con el adicional de la coparticipación provincial por el inmobiliario rural.
El expediente se originó a partir del pedido de la Sociedad Rural de Baradero, que a principios de 2025 solicitó datos vinculados a la gestión económica del municipio, entre ellos ingresos, egresos, balances y estructuras de costos correspondientes a la recaudación de la intendencia. Ante la falta de respuesta adecuada en marzo del año pasado, el caso llegó a la Justicia, que en primera instancia ya había reconocido el derecho de acceso.
Ahora, la Cámara confirmó ese criterio y avanzó en una definición contundente: la información vinculada al manejo de recursos públicos debe ser accesible. “Toda persona ha de tener acceso a la información pública”, señalaron los jueces Damián Cebey y Marcelo Schreginger, en línea con el principio republicano de publicidad de los actos de gobierno.

El fallo se apoya en una doctrina consolidada tanto a nivel nacional como provincial, que sostiene que el acceso a la información no requiere justificar un interés particular. Es decir, cualquier ciudadano puede solicitar datos al Estado sin necesidad de explicar para qué los necesita.
En esa línea, los magistrados remarcaron que es el propio Estado el que debe justificar una eventual negativa. En este caso, cuestionaron al municipio por no haber acreditado de manera suficiente que la información hubiera sido entregada en tiempo y forma. La resolución judicial también pone el foco en la obligación de los organismos públicos de responder de manera clara, completa y verificable. La falta de precisión o las respuestas parciales no alcanzan para cumplir con el derecho de acceso.
Para Bruno Violi, presidente de la Sociedad Rural de Baradero, la sensación que tienen los socios es que cuando “las cosas se hacen bien y los reclamos son genuinos, la Justicia sí responde”.

“El reclamo fue porque el estado de los caminos rurales es calamitoso. Esto ya viene de larga data, donde hay lugares en el partido que hace 50 años que no pasa una máquina. Hubo un consorcio que se hizo con la gestión anterior que duró un año y medio, pero se interrumpió con la gestión actual. A partir de ahí, las reparaciones fueron escasas o nulas y se deterioró todo lo que se había logrado con el consorcio, no se hizo mantenimiento y se siguió dañando aún más el resto que nunca se había tocado. Entonces, este triunfo es a medias porque la realidad es que hoy no se puede sacar la producción y es casi imposible ir a los campos”, remarcó.

“Lo bueno es que la Justicia, por primera vez, nos escuchó y está tratando de darle un entendimiento y una resolución al tema de los caminos rurales, no solamente en Baradero, sino también en otros partidos. Desde el punto de vista práctico, la solución es nula, porque hasta que todo esto se resuelva de forma favorable y se encuentre alguna forma de arreglar los caminos, los problemas siguen estando”, agregó.
Por su parte, Pablo Torres Barthe, abogado y representante legal de la entidad ruralista, explicó cómo fue que se llegó a esta instancia: “La sentencia de primera instancia no nos había dado acceso al listado de cheques ni al listado de transferencias del municipio, ni tampoco a acceder a la matriz de costos con la cual se decide la tasa, o se debería decidir la tasa. Nosotros apelamos y la Municipalidad también apeló para que no nos den acceso a nada. Pero la Cámara rechazó el recurso de la Municipalidad y nos hizo lugar a acceder a esta documentación, que es clave para poder ver cómo es que se calcula la tasa y tener precisión sobre cómo se gasta la tasa".

El fallo, sin embargo, introduce un matiz importante: no toda la información solicitada debe ser entregada sin restricciones. La Cámara avaló que ciertos datos puedan ser protegidos cuando está en juego la privacidad o la seguridad de las personas. En particular, consideró razonable limitar el acceso a información nominativa vinculada a patrimonio o cuentas bancarias, al advertir que su difusión podría generar riesgos. De este modo, el tribunal establece un equilibrio entre transparencia y protección de datos sensibles.
Otro aspecto central del fallo es el tratamiento de los actos administrativos. La Cámara fue clara al señalar que un dictamen interno que no fue debidamente notificado no puede producir efectos jurídicos frente a terceros. “No puede producir efectos jurídicos sin publicidad (notificación)”, sostuvieron los jueces, al subrayar la importancia de la comunicación formal de las decisiones estatales.

En términos concretos, la sentencia obliga al municipio a entregar información detallada sobre su funcionamiento económico, incluyendo matrices de costos, estructura de gastos y flujo de recursos. Al mismo tiempo, la resolución impone las costas al municipio, al considerarlo “vencido en lo sustancial”, lo que refuerza el criterio de que fue el Estado quien incumplió su obligación inicial.
Este pronunciamiento judicial se inscribe en una discusión más amplia que en los últimos meses tuvo como protagonistas a distintos municipios bonaerenses por el nivel de las tasas rurales y la falta de información detallada sobre su composición. En distritos como Necochea y Azul, productores y entidades del agro ya habían advertido sobre incrementos significativos en las cargas fiscales locales, acompañados por reclamos por mayor claridad en la estructura de costos y en la contraprestación de servicios.

En ese contexto, el fallo de Baradero refuerza ese reclamo de años de los productores y le da respaldo judicial a una exigencia que viene ganando terreno: que los gobiernos locales informen con precisión y de manera accesible el destino de los fondos que perciben.
LA NACION intentó tener una respuesta del intendente local, Esteban Sanzio, (Unión por la Patria) pero aún no obtuvo respuesta.
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