Cuánto cobran los supervisores en febrero de 2026
La primera categoría de trabajadores de casas particulares mantiene este mes los mismos montos de enero, hasta que se concrete un nuevo acuerdo
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Los supervisores reciben en febrero el valor de referencia del mes previo, cuando impactó el último tramo de la más reciente actualización salarial, conforme a la resolución 3/2025.

De esta manera, en el segundo mes del año, y hasta no concretarse una nueva negociación salarial, se repiten los valores de referencia formalizados en la última resolución oficial donde constan los salarios básicos de cada categoría para todo el territorio nacional.
Las cifras para los supervisores, que es la categoría más elevada dentro del sector y corresponde a quienes tienen dos o más personas a su cargo y están al frente de la coordinación y el control de las tareas realizadas en una casa particular, en febrero son similares a las del mes anterior.
Cuánto cobran los supervisores por hora en febrero de 2026
Según la grilla publicada por el Upacp, para liquidar los salarios de las personas que realizan tareas de supervisión en casas particulares y están contratadas por hora o por jornada, se toman como referencia los siguientes valores mínimos:
| Categoría | Salarios básicos por hora |
|---|---|
SUPERVISORES | |
con retiro | $3895,56 |
sin retiro | $4254,05 |
Estos valores sirven para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.
Cuánto cobran los supervisores por mes en febrero de 2026
En el segundo mes del año, quienes trabajan con un esquema mensual reciben los siguientes montos de referencia, de acuerdo a la grilla publicada por el Upacp:
| Categoría | Salario mensual |
|---|---|
SUPERVISORES | |
con retiro | $485.961,09 |
sin retiro | $539.711,97 |
Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el régimen establecido por la ley n° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.

Los pasos para registrar en ARCA a los trabajadores de casas particulares
Todos los empleadores tienen que inscribir a los trabajadores que tienen a su cargo en el registro de ARCA, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación.
Este registro se puede hacer de forma virtual de la siguiente forma:
- Ingresar en la web de ARCA con la clave fiscal. En caso de no contar con ella, se tendrá que realizar una Solicitud de Clave Fiscal.
- Cargar los datos del empleado. A partir del número de CUIL, el sistema permite traer automáticamente los datos asociados a esa persona que tiene ARCA.
- La pantalla siguiente mostrará los datos de la persona y el empleador deberá completar los campos que figuran debajo.

- Ingresar el domicilio del trabajador. Si este ya está declarado en la base de datos de ARCA, se podrá seleccionar en el desplegable que aparece en pantalla. De no ser así, se tendrá que ingresar el nuevo domicilio.
- Ingresar los datos del trabajo y describir las características de la relación laboral. Para ello, se deberá indicar el tipo de trabajo, la cantidad de horas semanales, la modalidad de liquidación, la remuneración, la modalidad de trabajo, la fecha de ingreso, y precisar si el trabajo es temporal o fijo.
- Señalar el domicilio laboral, es decir, en donde se realizarán las tareas. Cabe aclarar que se podrá seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.
- Antes de terminar el trámite, el sistema mostrará toda la información que fue cargada en los pasos anteriores para ser verificada por el empleador y confirmarla o modificarla si hiciera falta.
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