Cepo: qué restricciones quedan vigentes sobre el dólar MEP y el CCL
En la actualidad, no pueden acceder a las cotizaciones financieras quienes hayan comprado dólar solidario (oficial) durante los últimos 90 días de corrido
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Con el foco puesto en la salida del cepo cambiario, el Banco Central (BCRA) eliminó anoche algunas de las restricciones que regían para comprar dólar MEP y contado con liquidación (CCL). En los últimos cuatro años, ante la popularidad que empezaron a ganar estas cotizaciones como alternativa de dolarización, la administración de Alberto Fernández había establecido una serie de restricciones para limitar la demanda, que recalentaba su precio.
A partir de ahora, podrán acceder a los tipos de cambio financiero aquellas personas que habían recibido alguna ayuda del Estado durante la pandemia, como beneficiarios de créditos a tasa cero o quienes refinanciaron la tarjeta de crédito. También se eliminó la prohibición para quienes reciben subsidio al consumo en los servicios de electricidad, gas o agua.
“Con esta medida, quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias todas aquellas personas que estaban incluidas en esa categoría”, explicó el Banco Central.
El fin de estas restricciones no solo aplican para la compraventa de dólares financieros, sino también para las transferencias de títulos valores a entidades depositarias del exterior, canje de títulos emitidos por residentes por activos externos, adquisición de cedears o de bonos corporativos en dólares, según explicaron desde el Grupo SBS.
“El Banco Central de la República Argentina dio un nuevo paso en el proceso de remover y flexibilizar las regulaciones de acceso al mercado de cambios, que tiene como objetivo final la eliminación total de las restricciones”, explicó el comunicado oficial que emitió la autoridad monetaria.

Las restricciones aún vigentes
El dólar MEP ganó protagonismo en tiempos de cepo cambiario. A través de la compra de un bono en pesos y su posterior venta en dólares, los argentinos pueden esquivar las restricciones que rigen sobre el dólar ahorro, legalmente y sin el límite de US$200 mensuales. El CCL es la misma operación, pero permite girar las divisas a una cuenta bancaria fuera de la Argentina.
Ese interés hizo que tanto bancos como billeteras digitales y sociedades de Bolsa simplifiquen la operatoria a través de botones de compra y venta. El único requisito es tener una cuenta comitente o de inversión y una caja de ahorro en dólares.
Sin embargo, todavía existe una condición para comprar dólar MEP y CCL que el Gobierno no eliminó. En la actualidad, no pueden acceder a las cotizaciones financieras quienes hayan comprado dólar solidario (oficial) durante los últimos 90 días de corrido. Y, si puedan hacerlo, se comprometen a no comprar el dólar ahorro en los próximos 90 días posteriores a la adquisición del dólar Bolsa. Esta traba afecta, principalmente, a las compañías importadoras.
También existe parking para operar, que es el tiempo mínimo que el ahorrista deberá tener el bono en pesos en cartera antes de poderlo vender contra dólares y que hoy en día está fijado en 24 horas. Sin embargo, en diciembre el Gobierno había disminuido este plazo, que era de un día hábil si se operaba con bonos Bonares (AL) y de cinco días hábiles para los bonos Globales (GD).
“Hay que tener en cuenta que debido a la Comunicación A 7340, el monto resultante de la venta en Especie ‘D’ se extraerá a la cuenta bancaria en dólares que se haya seleccionado y se deberá ingresar nuevamente los fondos para poder invertirlos en otro activo”, recordaron desde IOLinvertironline. A comienzos de este mes se derogó parcialmente esta norma, pero solo para los cobros de capital e intereses de bonos en moneda extranjera.
Restricciones eliminadas
A través de la Comunicación A 7083, este miércoles se eliminaron media docena de condiciones para poder operar dólares financieros. La lista incluye:
- Quienes refinanciaron el saldo de la tarjeta de crédito durante la pandemia.
- Beneficiarios de “Créditos a Tasa Cero”, “Créditos a Tasa Cero 2021″, “Créditos a Tasa Cero Cultura” o “Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas”.
- Dueños de pymes que hayan recibido créditos subsidiados durante la pandemia.
- Usuarios de servicios públicos que fueron beneficiarios del subsidio en las tarifas de suministro de gas natural por red y energía eléctrica, ya sea que lo hubieran obtenido por solicitarlo o de manera automática; o el subsidio en la tarifa de agua potable.
- Beneficiarios del “Plan de pago de deuda previsional” u otro plan de regularización de deuda previsional.
- Beneficiarios de los Créditos Anses.
- Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y trabajadores aportantes al SIPA que hayan recibido financiamiento.

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