
El Banco Central quiere más poder
Con la reforma de su carta orgánica, la entidad ganaría fortaleza
1 minuto de lectura'

Cinco años y medio después de su aprobación, la carta orgánica del Banco Central de la República Argentina enfrenta el primer atisbo serio de una reforma. Para algunos, es un intento lógico de acomodar la norma que regula la actividad de la máxima autoridad monetaria a la nueva realidad que enfrenta el mercado. Para otros, es un capítulo más de una peligrosa tendencia de la dirigencia local a adaptar las leyes según sus necesidades.
Este no parece ser el caso del proyecto que el senador formoseño Ricardo Branda (PJ) ingresó en el Senado el 12 de diciembre último, con la anuencia del titular del BCRA, Pedro Pou. La iniciativa, fiel reflejo de las lecciones que la crisis del platense Banco de Crédito Provincial (BCP) dejó entre las autoridades monetarias, se fue volviendo más importante con el tiempo.
La propuesta de Branda ya ganó consenso entre los banqueros que, consultados por La Nación , habían advertido de la necesidad de "darle más poder al BCRA" para operar en circunstancias de crisis, de manera de acortar sus tiempos y evitar un riesgo mayor.
La idea es dotar al BCRA de instrumentos que le permitan reducir la posibilidad de nuevas suspensiones, además de establecer un status de privilegio para los pequeños ahorristas que queden atrapados por la caída de una entidad y no tengan el beneficio de ser alcanzados por la garantía de depósitos, por ejemplo, por haber pactado sus colocaciones a un interés más alto del que cubre la garantía (al 20 de marzo la tasa máxima era del 9,10% anual para plazos fijos a 30 días en pesos, y del 8% en dólares).
La premisa básica que impulsa esta última reforma es la que indica que el organismo regulador debe velar principalmente por los derechos de los ahorristas pequeños, los que, por lógica, no tienen acceso a información más acabada sobre la verdadera solidez de las entidades financieras a las que confían su dinero.
En este sentido, el BCRA ya instrumentó un cambio desde el 11/4 de enero último, cuando obligó a los bancos que tengan calificaciones de riesgo por debajo del nivel "A" a reemplazar los depósitos superiores a los 500 mil pesos o dólares (o que superen el 0,5% del total de recursos captados por la entidad) por un nuevo tipo de instrumento denominado Certificado de Inversión Calificada (CIC) que, en buen romance, significa poner a los tenedores de estos títulos en el último lugar de la cola de cobro en caso de liquidación de un banco.
El intento actual
El proyecto de Branda busca regularizar esta clase de remiendos, incorporando su espíritu a la ley 24.144, que fija los derechos y obligaciones del BCRA mediante la readaptación de cinco artículos. Pero, además, avanza en la reforma de otros 15 artículos de la ley de entidades financieras (la 21.526) y deroga la ley 19.130, que frenaba operaciones de reestructuración.
La propuesta, que ya tiene la aprobación de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y Economía del Senado, podría ser tratada en el recinto en mayo y contaría con aval suficiente para llegar a la Cámara de Diputados, donde el oficialista Humberto Roggero se habría comprometido a impulsarla. Según analistas, prevé 3 cambios fundamentales:
- Modifica el esquema actual de privilegios previsto en el artículo 49 de la ley de entidades financieras, al establecer tres rangos de prioridades para la devolución de depósitos en función del monto. Así, dispone privilegio absoluto para los depositantes menores (que no cuenten con la garantía) que tengan hasta 10 mil pesos colocados a menos de 90 días o hasta 20 mil a un plazo superior, coloca en segundo orden a los titulares de colocaciones de hasta 100 mil y determina que los que tengan depósitos mayores cobrarán en función de los excedentes "a prorrata".
- Extiende la facultad que tiene el BCRA de otorgar asistencia financiera a través de créditos o redescuentos de los 30 días actuales a 180 días, para atender a entidades financieras que enfrenten situaciones de iliquidez transitoria "hasta un máximo equivalente a su patrimonio" contra el depósito de garantías (caución de títulos públicos y otros valores, cesión en garantía o prenda de cartera crediticia de la entidad auxiliada o afectaciones generales o especiales sobre determinados activos). Estas operaciones implicarán la transferencia en propiedad de la cartera de préstamos del banco en cuestión a favor del BCRA con obligación de recompra.
- Permite a la autoridad monetaria penar más efectivamente a entidades que no cumplan los reglamentos, ya sea mediante multas generales progresivas o sanciones a directivos.




