Ganancias: qué dice el proyecto de ley de la oposición para actualizar el impuesto con mayor frecuencia
Una iniciativa presentada por el diputado Martín Tetaz busca disponer que el reajuste fijado por ley, que desde 2018 es anual y que incluye los montos no imponibles para todos los niveles de remuneraciones y los valores de la tabla de alícuotas, pase a ser trimestral
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El diputado Martín Tetaz (Evolución Radical-CABA) presentó hoy un proyecto de ley para que tanto los montos que definen qué salarios están alcanzados por Ganancias, como también los valores de la tabla de alícuotas del impuesto, se actualicen cada tres meses, siguiendo la evolución de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).
La propuesta de que se reajuste más frecuentemente y a un mismo tiempo todo el esquema del tributo busca evitar, según el legislador, las distorsiones que provocan los cambios introducidos por el actual gobierno a partir de una ley aprobada en 2021, que fue en ese entonces promovida por el actual ministro de Economía, Sergio Massa.
Desde inicios de 2018 rige un mecanismo legal por el cual las actualizaciones del impuesto (de los valores no imponibles y también de los incluidos en la tabla) se hacen en el inicio de cada año, según la variación interanual del mencionado indicador de salarios formales, el Ripte, al mes de octubre; es decir, se previó una actualización cada doce meses.
Por la aceleración del ritmo de la inflación y el consecuente incremento nominal de los sueldos, el Gobierno hizo una modificación de la ley el año pasado, que incluyó una delegación de facultades al Poder Ejecutivo: eso llevó a que se decidieran subas del piso salarial a partir del cual se tributa en diferentes momentos y de manera discrecional, más allá de la actualización anual (que sigue vigente). En 2021, tal cosa ocurrió en septiembre (luego del reajuste que se había hecho por ley en mayo), mientras que en el actual 2022 hubo una primera actualización del monto en junio y habrá otra a partir de noviembre, que hará que el salario bruto más bajo alcanzado por el gravamen sea de $330.000. Habrá también deducciones especiales incrementadas (que alivian la carga fiscal) para quienes tengan remuneraciones de entre ese monto y $431.988, según lo dicho en el anuncio de la medida, que todavía no fue oficializada.
Esas modificaciones del piso para tributar se hace con una modalidad que elude tocar tanto los montos no imponibles para muchos de los asalariados que quedan alcanzados por el impuesto, como los valores de la tabla que define con qué alícuota se calcula la carga fiscal en cada caso. En consecuencia, el tributo pierde progresividad y, apenas alguien queda alcanzado, lo paga con las alícuotas más altas de la tabla.
Concretamente, la reforma de 2021 creó una deducción especial (una deducción es un monto que se descuenta del ingreso antes de calcular la carga fiscal) que debe ser de tal magnitud que, para los salarios brutos de hasta un determinado importe fijado por las normativas (el que ahora será llevado a $330.000), el impuesto resulte igual a cero.
El proyecto de Tetaz no busca modificar ese punto, pero sí establecer que tanto esa cifra como todas las que definen los valores no imponibles (que rigen para calcular el impuesto sobre los ingresos de quienes quedan gravados) se ajusten trimestralmente “a partir del segundo semestre del año fiscal 2022, inclusive, por el coeficiente que surja de la variación trimestral de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), correspondiente al tercer mes anterior al del ajuste.” Y lo mismo se establecería, según la iniciativa, para los valores de los ingresos imponibles que marcan los límites de cada escalón de la tabla de alícuotas. Así, los montos se modificarían en enero, abril, julio y octubre de cada año.
Frente al problema que la inflación genera, en cuanto a una mayor presión tributaria para los trabajadores, “la respuesta encontrada por el actual ministro de Economía tiene su sello en el pasado, subiendo de manera arbitraria el piso salarial sobre el cual se calcula el impuesto a las ganancias”, señala Tetaz en los fundamentos del proyecto, para agregar que la inflación “está generando estragos a todo nivel y rápidamente aquellas soluciones con cierto sesgo demagógico terminan produciendo efectos contrarios” a los pretendidos. Y agrega: “En la medida en que el gobierno no haga bien su tarea para bajar la inflación, es imperativo que el ajuste de tablas se haga en forma trimestral (...). Eso solo por ahora, no va vaya a ser que debamos hacer un ajuste mensual o semanal”.
Tal como viene informando LA NACION en diferentes notas, las normativas actuales comenzaron a provocar distorsiones dentro de las empresas. Con remuneraciones y responsabilidades mayores, hay empleados que terminan recibiendo, en mano, casi lo mismo o incluso menos que otros que tienen un salario bruto inferior que queda al margen de Ganancias. El impuesto, además, reduce significativamente los porcentajes de subas que se dan sobre los sueldos brutos, cuando la comparación se hace teniendo en cuenta el ingreso de bolsillo. Y todo ello, en un escenario en el que, por lo general, los incrementos de esos salarios van a un ritmo menor que la suba de precios.
El proyecto de ley presentado hoy lleva la firma de 20 diputados; entre ellos están Fabio Quetglas, Alfredo Schiavoni, Ricardo Buryaile, Margarita Stolbizer, Graciela Ocaña y Laura Rodríguez Machado.
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