Hasta julio: el Gobierno volvió a postergar el impuesto a los combustibles
Entraría en vigencia el 1° de julio próximo, aunque el Ejecutivo viene postergando la actualización desde 2021
LA NACIONEl Gobierno volvió a postergar la actualización del impuesto sobre los combustibles líquidos, que debía empezar a regir pasado mañana. Se trata de la séptima vez en los últimos dos años que estira la normativa con el fin de “asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios”.
De esta forma, el tributo no se actualiza desde el tercer cuatrimestre de 2021. La nueva fecha de vencimiento es el 1° de julio próximo.
“Tratándose de impuestos al consumo, y dado que la demanda de los combustibles líquidos es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles”, justificó el decreto 168/2023, que fue publicado hoy en el Boletín Oficial.
“En línea con las medidas instrumentadas hasta la fecha, y con el fin de asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios, resulta razonable, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, postergar hasta el 1° de julio del año 2023 los efectos de los incrementos en los montos de los impuestos establecidos”, agrega.
En 2018, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que se actualice el impuesto a los combustibles en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año. En cada ocasión, se debía considerar la variación de la inflación que informa el Indec, correspondiente a cada período trimestral precedente. El objetivo era amortiguar las fluctuaciones del dólar o de la cotización del crudo, factores que se tenían como referencia previamente.
Sin embargo, desde 2021 el Ejecutivo viene difiriendo las actualizaciones para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil. Con el decreto de hoy, se trata de la séptima postergación de la aplicación del impuesto. Ahora quedan pendientes las actualizaciones correspondientes a dos trimestres de 2021, cuatro de 2022 y el primero de este año.
“A través de la reforma tributaria de 2017, se transformó el impuesto sobre los combustibles de ad valorem a unitario. Un impuesto es ad valorem cuando se determina aplicando un porcentaje sobre el precio y es unitario cuando se aplica una suma fija por unidad de venta o producción. De acuerdo con la ley, el monto fijo del impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y al Dióxido de Carbono (IDC) se debe actualizar trimestralmente por la variación que haya tenido el Índice de Precios al Consumidor (IPC) durante el mismo período. Dado el contexto inflacionario, el Gobierno dispuso a través de los Decretos 488/2020, 285/2022, 561/2022 y 864/2022 determinadas suspensiones y postergaciones de la actualización del impuesto fijo”, explicó el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios.
“En los últimos dos años, solamente se practicó el ajuste del primer y segundo trimestre de 2021 y fue del 25,32% a partir de octubre de 2022. Esto ha generado un incremento potencial que, al aplicarse, aumentará sustancialmente el precio de los combustibles con su correspondiente impacto inflacionario. Ese aumento potencial, se iba a aplicar a partir de mañana, y hubiera sido del 134% si no se volvía a suspenderlo y postergarlo, como se hizo mediante el Decreto 168/2023 publicado en el día de hoy en el boletín oficial”, agregó.
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