
Hay dudas sobre cómo se aplicará el impuesto a las cajas de ahorro
No se sabe cuánto subirá la recaudación
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Todos los movimientos de dinero en cajas de ahorro que excedan el monto del depósito de salarios o jubilaciones pagarán el impuesto a las transferencias financieras, en caso de que el Congreso apruebe el proyecto de ley que envió el Gobierno.
Ayer, el secretario de Ingresos Públicos, José María Farré, explicó que las transferencias relacionadas con el ahorro, tales como los giros a plazos fijos o colocaciones en títulos públicos, quedarán exentos del gravamen, así como los depósitos y las extracciones que las personas hagan en efectivo.
Pero aunque el funcionario quiso disipar las dudas que se generaron en torno de este posible impuesto a las cajas de ahorro, existen, sin embargo, muchas inquietudes sobre el impacto que tendrá en los usuarios.
"Hay cajas de ahorro que se utilizan para mover fondos que no son de las familias. Hemos detectado que muchas veces las cajas de ahorro se utilizan para hacer movimientos en efectivo de actividades comerciales, industriales y de servicio", señaló.
Lo que no pudo dilucidar el secretario de Ingresos Públicos es qué pasará con los ingresos extraordinarios que una familia puede tener circunstancialmente (la venta de un bien, un préstamo doméstico, etc.) y que deposite en su cuenta de ahorro.
Tampoco precisó cómo se determinará que un depósito o una extracción por encima del importe del haber es pasible del impuesto.
"Sin duda que extender el gravamen a las cajas de ahorro va a perjudicar a un número importante de personas, pero es la única manera de buscar la equidad del impuesto, para evitar que se eluda su pago como se constató", dijo a La Nación un integrante de la secretaría que comanda Farré.
Las exenciones
Por el momento, lo que se sabe es que no pagarán el 0,6 por ciento del gravamen en los siguientes casos:
- Los débitos y créditos que no excedan el monto total de las jubilaciones y salarios.
- Los débitos automáticos para el pago de servicios públicos, tarjetas de crédito u otros fines, que no superen el monto del salario o jubilación depositado.
- Las extracciones habituales que las personas hagan en efectivo, siempre que no supere el monto del sueldo o jubilación.
- Las acreditaciones de depósitos a plazo fijo.
- Las acreditaciones por intereses o capital de bonos o títulos.
De todos modos, habrá que esperar la reglamentación del decreto, que se realizará una vez que el Congreso dé su visto bueno. En esa reglamentación, dijo Farré, se diferenciarán las transacciones que realicen las familias. Y afirmó que será "preservado el ahorro de las personas".
En tanto, se determinó que el saldo acumulado hasta el momento en que entre en vigor el impuesto no será pasible del gravamen. Esto es: si el titular de una caja de ahorro cuenta con 8000 pesos al momento de ponerse en marcha el impuesto, podrá extraer esa cifra sin que esté gravada.
Por otra parte, Farré recordó que rige en la actualidad el impuesto al cheque y que todas las operaciones superiores a 1000 pesos deben realizarse con cheque o tarjeta de crédito.




