Impuesto a las ganancias: Cómo hacer el trámite en la Web de la AFIP
A las deducciones corrientes del impuesto a la ganancias, este año se suma la devolución del 35% a los consumos en el exterior; el paso a paso de un trámite
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Recientemente la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP , habilitó el formulario web F572 para realizar deducciones en el Impuesto a las Ganancias. El Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG), de acuerdo a la información brindada por AFIP, es un servicio web que le permite al trabajador remitir aquellos datos de los conceptos que pretenda deducir en el régimen de retención del impuesto a las ganancias, las percepciones que le hubieren practicado conforme el régimen de percepción, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo. Esta información es remitida electrónicamente al empleador a fin de habilitarlo a realizar los cálculos pertinentes. Este año se suma además, la devolución del 35% a los consumos con tarjeta en el exterior.
¿Quiénes deben utilizar el Formulario electrónico 572?
El F. 572 electrónico es de uso obligatorio cuando se verifique alguno de estos supuestos:
- La remuneración bruta, o las rentas obtenidas correspondientes al año calendario inmediato anterior al que se declara sea igual o superior a $ 250.000.
- Computen como pago a cuenta del gravamen las percepciones que les hubieren practicado durante el período fiscal que se liquida.
- El empleador, por razones administrativas, así lo determine.
Cómo inrgesar al SiRADIG
Se ingresa al servicio SiRADIG por medio de la clave fiscal. De no poseer Clave Fiscal se puede acceder a la misma en el micrositio de la Clave Fiscal.
¿Cómo completar el formulario 572?
Paso 1
Ingresá a la página Web de AFIP , seleccioná "ACCESO CON CLAVE FISCAL", ingresá tu CUIT/CUIL/CDI y Clave Fiscal y seleccioná "INGRESAR".
Paso 2
Seleccioná el servicio " SiRADIG - Trabajador "
Paso 3
A continuación visualizarás la pantalla de ingreso al servicio en la que tenés que seleccionar tu nombre y apellido.
Paso 4
Posteriormente deberás seleccionar la opción Crear Nuevo Borrador . Entonces, el sistema mostrará la pantalla donde figuran las distintas opciones de trabajo para ingresar tus datos. Para comenzar, deberás seleccionar la opción Datos Personales .
Paso 5
Al seleccionar Datos Personales se desplegará una pantalla, en la cual se le mostrarán tu domicilio y demás información privada, de encontrarse el mismo registrado en las Bases de Datos de la AFIP.

Paso 6
Luego de seleccionar Empleadores , accederás a la siguiente pantalla. En el caso de poseer un solo empleo, deberás consignar los datos referentes a los siguientes campos:
- CUIT del Empleador
- Fecha de Inicio de la Relación
¿Es agente de retención? En este campo obligatorio, deberás seleccionar la opción "SI". De no consignar el valor SI, no podrás ingresar valor alguno para tus deducciones.
Si posees más de un empleador, deberás seleccionar la opción Nuevo Empleador. Tené en cuenta que deberás consignar obligatoriamente la información de cada uno de tus empleadores y también deberás indicar cuál de ellos es tu agente de retención.

Paso 7
El sistema te mostrará la pantalla para Cargar el Formulario. Desde aquí, podrás seleccionar alguno de los siguientes ítems que se detallan a continuación:
- Detalles de las cargas de familia.
- Importe de las ganancias liquidadas en el transcurso del período fiscal por otros empleadores o entidades.
- Deducciones y desgravaciones.
- Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta.

Paso 8: cargas de familia
Para ingresarlas, deberás seleccionar la opción: " Detalles de las cargas de familia ". Aquí podrás informar los datos de aquellas personas que para vos revistan el carácter de carga de familia.

Paso 9: deducciones y desgravaciones
Al seleccionar la opción Deducciones y Desgravaciones , aparecerán en pantalla los diferentes ítems a completar. Cada uno de estos ítems es similar en cuanto a su carga, razón por la cual se realizan algunas aclaraciones generales.
- Las deducciones y desgravaciones poseen topes máximos anuales a considerar.
- Al cargarlos deberás indicar el período mensual o la fecha desde/hasta, en caso de corresponder.
- Debes informar el monto.
- Debes conservar los comprobantes que los respaldan.

Paso 10: pago a cuenta, compras en el exterior
A continuación se describen cada una de las opciones:
- Compras y/o adelantos en efectivo efectuados en el exterior mediante la utilización de tarjetas de crédito, débito y/o compra, incluidas las efectuadas a través de portales o sitios virtuales en moneda extranjera.
- Operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo –mayoristas y/o minoristas- del país.

- Operaciones de adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino afuera del país.

- Operaciones de adquisición de moneda extranjera –billetes o cheques de viajero- para gastos de turismo y viajes, y transferencias al exterior por turismo y viajes, sujetas a validación fiscal.

Paso 10: envío del formulario
Seleccioná Vista Previa para visualizar un resumen de los datos ingresados, chequeá los datos y enviá el formulario.

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