Inocencia fiscal: Caputo exigió a los bancos que acepten los dólares “bajo el colchón”
El ministro de Economía dio detalles sobre la normativa que facilita el blanqueo de fondos y fue aprobada la semana pasada en el Senado; “No pierdan su tiempo”, dijo
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Luego de la aprobación de la ley de Inocencia Fiscal el viernes pasado, el ministro Luis Caputo les exigió a los bancos que acepten los dólares bajo el colchón de los ahorristas sin exigir trámites engorrosos.
“Si en sus bancos les piden cosas de más (léase, romper las p…), no pierdan su tiempo. Pueden ir al Banco Nación, donde su presidente dará la instrucción de cumplir estrictamente con la ley, esto es que la persona solo tenga que mostrar que se ha adherido al régimen de ganancia simplificado”, indicó este lunes.
Y, en su cuenta de la red social X, detalló: “Depositan sus dólares en el banco y pueden disponer de los mismos inmediatamente, para realizar el consumo que quieran o para ahorrar ganando un interés, como en cualquier lugar del mundo".
De esta forma, el titular de la cartera de Economía redobló la apuesta de lo aprobado el viernes en el Senado cuando se convirtió en ley el proyecto denominado de “Inocencia Fiscal”, una norma que modifica el Régimen Penal Tributario con el objetivo de permitir el blanqueo de divisas mantenidas fuera del sistema financiero tradicional y relaja los montos mínimos del delito de evasión fiscal.
La iniciativa fue sancionada por 43 votos a favor y 26 en contra luego de un debate en el que se escucharon fuertes cuestionamientos al texto impulsado por el Poder Ejecutivo por considerar que favorece el lavado de activos obtenidos mediante actividades ilegales, como el narcotráfico.
La ley de Inocencia Fiscal
El texto que sancionó el Senado modifica la Ley 24.769 de Régimen Penal Tributario y eleva de $1.500.000 a $100.000.000 el monto para configurar el delito de evasión simple y de $15.000.000 a $1000 millones la evasión agravada.
Con el mismo criterio, se elevan las cifras para otros delitos. Así, el piso para configurar el delito de falsificación de facturas pasa a ser de $100.000.000. Para los agentes de retención, el número pasará de $100.000 a $10.000.000 y se extiende a 30 los días de plazo para depositar los fondos retenidos.

En el mismo sentido, a partir de la promulgación de la ley, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recién podrá perseguir a contribuyentes adheridos a beneficios fiscales a partir de los $200.000.000 adeudados. Asimismo, a partir de ahora la agencia fiscal nacional tendrá tres años para iniciar una acción legal por evasión. La reducción es casi del 50% del tiempo si se toma en cuenta que hoy esos delitos prescriben recién a los cinco años.
La nueva ley también plantea la posibilidad de quedar exento de acciones penales luego de pagar y firmar una declaración jurada propuesta por la ARCA a través del artículo 39, en el que se establece el denominado “efecto liberatorio del pago”.
En los casos de los expedientes penales en proceso, se puede extinguir la acción si el contribuyente cancela en forma “total e incondicional” las obligaciones evadidas, sus intereses y un adicional equivalente al 50% del monto total.
Finalmente, el nuevo régimen permite realizar consumos significativos sin que se investigue el origen de los fondos de los que proviene la compra. También se elimina la obligación que tenían inmobiliarias, bancos, concesionarias y tarjetas de crédito de reportar las operaciones realizadas por sus clientes y se elevan los montos a partir de los cuales las entidades financieras, billeteras virtuales y comercios deben informar movimientos a la agencia de recaudación tributaria.
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