
La AFIP lanzó un amplio plan de pagos para deudas impositivas
Según se publicó en el Boletín Oficial, se implementará un nuevo programa para cancelar, en 120 cuotas, las obligaciones vencidas hasta el 28 de febrero pasado
1 minuto de lectura'
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un nuevo plan de regularización de deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social que incluye todas las obligaciones vencidas hasta el 28 de febrero, con la posibilidad de cancelarlo en 120 cuotas.
Según se publicó hoy en el Boletín Oficial, la decisión del Gobierno de lanzar una nueva moratoria responde a su intención de "instrumentar medidas contracíclicas conducentes al desarrollo estructural de las empresas, a la generación de empleo, al mantenimiento de las fuentes de trabajo y al fortalecimiento del poder adquisitivo de los ciudadanos y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional".
Los contribuyentes podrán formular el plan hasta el 31 de julio de 2013. Las obligaciones se podrán cancelar en 120 cuotas, con una tasa de financiación del 1,35% mensual.
"Se considera oportuno estipular que el plan pueda ser formulado hasta el 31 de julio de 2013, a los efectos de que los contribuyentes cuenten con la debida certeza jurídica para confeccionar el mismo y tomar las decisiones técnicas necesarias con el fin de analizar la conveniencia de adherir al plan y, de corresponder, desistir de otros caminos procesales. Que resulta oportuno establecer 120 cuotas mensuales -como plazo máximo de pago-, el sistema de amortización de capital francés y una tasa de financiación del 1,35% mensual, no resultando necesario establecer un anticipo o pago a cuenta en virtud de que el establecimiento del régimen especial en cuestión surge de las políticas contracíclicas mencionadas", se informó hoy, mediante la resolución 3451.
Se incluye la posibilidad de que se incorporen a este régimen los impuestos por deducciones no documentadas en el impuesto a las ganancias, las deudas por ajustes surgidos en inspecciones y las deudas en discusión administrativa, contencioso o judicial.
Las cuotas vencerán los días 16 del mes inmediatamente posterior al que corresponda, con una segunda oportunidad de pago, en caso de que la AFIP no detecte fondos suficientes en la cuenta del contribuyente, el 26 de ese mes.
En caso de que se verifique un incumplimiento de dos cuotas, ya sea consecutivas o no, se procederá a esperar 60 días para dar por caído el plan y derivarlo para el procedimiento correspondiente.
La resolución general especifica que para adherir al plan es necesario que el contribuyente haya presentado las declaraciones juradas correspondientes por sus obligaciones impositivas y con la seguridad social.
Exclusiones
Según se indicó en la resolución 3451, "resultan excluidas, entre otras, las obligaciones impositivas generadas a partir del vencimiento del plazo establecido por el Artículo 2º del Decreto Nº 746 del 28 de marzo de 2003 y los cargos aduaneros con origen en la Ley Nº 26.351".
La norma establece exclusiones para la adhesión al régimen, entre las que se destacan, las retenciones y percepciones impositivas o previsionales; los anticipos o pagos a cuenta; los aportes a las obras sociales; las cuotas a la ART; los aportes y contribuciones a la Seguridad Social para el servicio doméstico, y los aportes y contribuciones personales realizados por los trabajadores en relación de dependencia adheridos al monotributo que fueran devengados hasta junio de 2004.
También están excluidos del régimen las contribuciones al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA); las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes; el impuesto sobre el precio de venta de los cigarrillos; el impuesto a las ganancias y a las ganancias mínimas presunta finalizados a partir del 1 de octubre de 2012, así como también el impuesto a los bienes personales por períodos fiscales posteriores a 2011.
Asimismo, quedarán fuera del plan el impuesto al valor agregado (IVA) por prestaciones en el exterior y las obligaciones de los sujetos denunciados penalmente.
Agencia DyN






