CAME le pidió a Caputo que no aplique sobre las pymes un cambio de la AFIP
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa le solicitó al ministro de Economía que las micro y pequeñas empresas no estén alcanzadas por las nuevas tasas de intereses resarcitorios y punitorios
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Luego de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) casi triplicara las tasas de interés que deberán enfrentar los contribuyentes morosos, hoy la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) solicitó que la norma no aplique sobre las pequeñas y medianas empresas.
“Al momento del vencimiento impositivo, la pyme ve si tiene los fondos o no para afrontar el pago. En caso de no tenerlos, la única solución es entrar en mora con el organismo de recaudación”, dijo el presidente de CAME, Alfredo González.
El pedido fue realizado a través de un comunicado dirigido al ministro de Economía, Luis Caputo, quien firmó la resolución 3/2024 que incrementa las tasas de intereses resarcitorios (deudas que no se encuentran en gestión judicial) y punitorios (deudas en gestión judicial).
Los cambios dispuestos empezarán a aplicarse el próximo jueves 1° de febrero y el sistema contará con una actualización automática bimestral. Según justificaron desde el Gobierno, la medida busca evitar que los contribuyentes morosos “financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos”.

“Esta premisa es errónea cuando se trata de la mipyme. Para financiarse, las grandes empresas hacen un comparativo entre la tasa que cobra AFIP y las tasas bancarias. Esa modalidad no es ejercida por las pymes, debido a que no tienen la posibilidad de contar con un acceso rápido y simple al crédito bancario”, señalaron.
De acuerdo con a resolución oficial, a partir de la semana que viene la tasa de interés resarcitorio será equivalente a 1,3 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente del Banco de la Nación Argentina. En la práctica, significa un aumento de la tasa del 5,91% actual a un 15,27%.
En tanto, la tasa de interés resarcitorio deberá ajustar bimestralmente por 1,5 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente. En este caso, la tasa aumentará del 7,37% que rige en la actualidad a un 17,62%.
“Sin duda, las tasas vigentes hasta el 31/01/2024 eran tasas reales negativas, muy alejadas de la inflación actual. Esto genera que los contribuyentes, en muchas ocasiones, se financien a través de planes de pago que otorga la AFIP o incluso no paguen, ya que el costo de la mora es bajo, afectando las cuentas públicas. Sin embargo, el contexto económico actual y alta presión fiscal que existe en la Argentina genera que muchos contribuyentes estén imposibilitados de cumplir con sus obligaciones en término. Y un incremento de casi al triple de los intereses resarcitorios puede afectarlas aún más”, dijo por su parte Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.
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