La estatización de las AFJP, a la Corte
Los jueces deben definir si les corresponde pronunciarse sobre el tema; si así lo deciden, evaluarán si la toma de fondos fue o no constitucional
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La Corte Suprema de Justicia ya tiene entre sus temas pendientes de resolver el de la estatización de los recursos que estaban en las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones (AFJP). En primer lugar, les corresponderá a los jueces definir si el tema es o no de su incumbencia. Y, si determinan que sí, deberán expedirse respecto de si fue constitucional o no el acto por el cual el Gobierno tomó los ahorros previsionales de quienes en su momento habían optado por el régimen de capitalización, que fue eliminado por una ley.
El reclamo que llegó ahora a la instancia superior del Poder Judicial es el iniciado por Pablo Ariel Rossi, que había reclamado la devolución de los montos provenientes de sus aportes jubilatorios obligatorios, que en diciembre de 2008 fueron transferidos a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). El abogado patrocinante, Federico Bossi, explicó que ayer presentó un recurso de queja ante la Corte, luego de que la Sala III de la Cámara de Apelaciones de la Seguridad Social rechazó un recurso extraordinario para que el tema se elevara a ese tribunal superior.
Los mismos camaristas habían dado su aval, en un fallo dictado en septiembre pasado, a la estatización de los fondos. Aquella sentencia tuvo voto dividido: mientras que los jueces Juan Poclava Lafuente y Néstor Fasciolo habían rechazado el pedido de Rossi, Martín Laclau le había dado la razón, pero con una particularidad: al aceptar que el Estado se hará cargo de la jubilación del aportante, opinó que la Anses debería devolverle el monto que resulte de restar, del saldo de lo que fue su cuenta de capitalización personal, lo que habría correspondido a los aportes en caso de haber estado siempre en el sistema de reparto. Así, las ganancias por las inversiones (que son algo propio de la capitalización pero no del reparto) habrían quedado para el aportante.
El traspaso de todos los ahorros desde las AFJP a la Anses se produjo en diciembre de 2008. Poco más de un mes antes, el Gobierno había anunciado, sorpresivamente, su decisión de eliminar el sistema de capitalización: el objetivo lo logró en el Congreso, donde se aprobó una ley casi sin debate. Uno de los principales argumentos del entonces director ejecutivo de la Anses y actual ministro de Economía, Amado Boudou, fue la pérdida de valor que, por la crisis internacional, sufrían entonces los activos en los que estaban colocados los fondos.
Desde su estatización, sin embargo, los recursos que habían sido invertidos por las AFJP tuvieron una recuperación de su valor superior al 40 por ciento.
La decisión política generó algunas presentaciones judiciales. Hasta ahora, los recursos en los que algunos demandantes lograron, tanto en primera como en segunda instancia, que se ordenara la restitución de fondos, estuvieron vinculados con los aportes voluntarios. En cambio, se avaló judicialmente el pase de los aportes obligatorios, dado que el Estado asume el compromiso de pagar en el futuro las jubilaciones.
El reclamo seguirá
Según afirmó Bossi, ahora la Corte, "luego de definir si el recurso extraordinario estuvo bien o mal rechazado, deberá resolver si la apropiación que efectuó el Estado es constitucional o no, lo cual es un tema de suma importancia para definir la existencia o no de seguridad jurídica". El abogado sostuvo que, si no se le da lugar al reclamo, se acudirá a una instancia internacional como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos (OEA)".
Ante ese organismo ya hay quejas por la falta de pago en tiempo y forma de los juicios que los jubilados le ganan a la Anses, cuando demandan por el mal cálculo o la falta de ajuste de los haberes. Tal como se informó ayer, en 2009 hubo un récord de juicios contra el Estado, con 103.643 causas iniciadas por los jubilados.
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