La justicia aceptó un pedido de Cristina Kirchner y dispuso la restitución provisoria de una de las jubilaciones de privilegio
Dos jueces resolvieron que la Anses debe volver a abonar una prestación que fue dada de baja tras confirmarse la condena por corrupción, por la cual la expresidenta está presa
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La Sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social resolvió admitir un pedido hecho por la expresidenta Cristina Kirchner, hoy presa tras ser condenada por corrupción, y dispuso suspender parcialmente los efectos de la resolución mediante la cual, en noviembre de 2024, la Anses dio de baja de sus beneficios previsionales de privilegio. La suspensión está específicamente referida a la pensión por el fallecimiento del expresidente Néstor Kirchner.
De esta manera, y provisoriamente -mientras dure el juicio por la reposición de esas prestaciones que inició la exfuncionaria- se le ordena a la Anses reponer el pago de la varias veces millonaria suma mensual. Desde el Ministerio de Capital Humano, del cual depende el organismo de la seguridad social, dijeron a LA NACION que la decisión será apelada, mediante la interposición de un recurso extraordinario federal, para que llegue a la Corte Suprema.
El pedido de volver a cobrar la prestación le había sido negado a CFK el 5 de noviembre pasado por la jueza Karina Alonso Candis, del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 1.
Tras la apelación de esa sentencia, los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini, integrantes de la citada sala de la cámara previsional, resolvieron hoy “suspender los efecto de la resolución 2024-1092-Anses, en relación al beneficio derivado del fallecimiento de quien en vida fuera su esposo, mientras dure la sustanciación del presente juicio”, en el cual la expresidenta condenada pide volver a cobrar ambas prestaciones.
En noviembre de 2024, las asignaciones sumaron, en bruto, $35.255.297,73 (de esa cifra, $15.609.453,32 correspondieron a la pensión por Néstor Kirchner), en tanto que la cifra neta fue de $21.828.203,92, equivalente a casi 70 veces el haber mínimo más el bono pagado en aquel mes por el sistema general de la Anses. El importe incluía unos $6 millones de plus por zona austral, ya que el domicilio declarado era en Santa Cruz, pese a que era de público conocimiento que la exfuncionaria no residía allí. Por esto último, la Anses hizo el una denuncia penal.

“Mientras los jubilados que ganan la mínima esperan años que la justicia resuelva temas concretos, como los cambios en la movilidad jubilatoria, la sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social falló a favor de CFK para que recupere los $20 millones que cobraba de la jubilación de privilegio de Néstor”, sostuvo la legisladora porteña Graciela Ocaña, quien mantiene una presentación ante la Corte Suprema, en el juicio en el cual (previo a la baja de los ingresos de privilegio), CFK reclamaba poder cobrar doble beneficio, algo que obtuvo por decisión del gobierno del que era parte, cuando la causa estaba en pleno trámite.
Según Ocaña, “lo increíble es que la condenada alude razones alimentarias, cuando todos sabemos que la señora es millonaria. Esto habilita una vía para que el Estado le tenga que pagar un dineral que resulta obsceno para cualquiera”.
Ambos ingresos que fueron cobrados hasta noviembre de 2024 (la asignación vitalicia por expresidenta y la pensión por fallecimiento de Néstor Kirchner), surgen de la ley 24.018 y son considerados de privilegio porque, para su obtención, no se pide cumplir con requisitos ni de edad ni de tiempo de aportes hechos al sistema previsional.
En la sentencia dictada hoy por la Cámara Federal de la Seguridad Social, el juez Russo sostuvo en su voto (al que adhirió Fantini) que “corresponde otorgar prevalencia al carácter alimentario del derecho cuya tutela se persigue y a la situación de desprotección en la que queda colocada la actora como consecuencia de la decisión adoptada por el organismo” (en referencia a la resolución de la Anses que dispuso la baja). El escrito agrega que esa decisión administrativa “priva a la actora de ingresos de naturaleza alimentaria”.

La baja de los multimillonarios beneficios de privilegio fue dispuesta por el exdirector ejecutivo de la Anses, Mariano de los Heros, el 15 de noviembre de 2024. Casi de inmediato, CFK reclamó la restitución de esos pagos, primero por vía administrativa y luego en la Justicia.
CFK comenzó a cobrar dos beneficios a la vez luego de terminar su mandato presidencial, porque -todavía en tiempos de su propia gestión- se le otorgó la jubilación como expresidenta cuando ya cobraba la asignación como viuda de Néstor Kirchner. Durante el gobierno de Mauricio Macri se le dejó de pagar una de las dos prestaciones (la decisión se justificó en las incompatibilidades que están fijadas por la citada ley). Sin embargo, en marzo de 2021 y en medio de un juicio en trámite sobre la cuestión, la entonces directoria ejecutiva de la Anses y militante camporista. Fernanda Raverta, repuso el pago de la prestación suspendida. Desde entonces y hasta noviembre de 2024 la exfuncionaria percibió ambos ingresos simultáneamente.
El artículo 5 de la ley 24.018 indica que el cobro de la asignación de expresidente “es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal”. Si bien no hay mención explícita a una asignación vitalicia prevista por la propia ley 24.018, esa misma norma define como una “pensión” a la asignación por ser viuda de un exmandatario. El caso no puede ser equiparado al del cobro simultáneo de jubilación y pensión en el marco del sistema general, que exige determinados requisitos de aportes y años de contribución.
Más allá de esa discusión sobre el doble cobro, la resolución de baja firmada en su momento de por De los Heros argumenta que no corresponde ninguna de las dos prestaciones, porque el cobro es incompatible con haber cometido un delito “en ejercicio de la misma función pública”.
La decisión de las bajas se tomó luego de que la expresidenta fuera condenada en segunda instancia por la Cámara de Casación Penal Federal, por ser considerada “autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”. La condena luego resultó confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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