
Los municipios agregan un impuesto
Idearon un gravamen por el cual los comercios tienen que pagar por cualquier cartel que exhiban dentro de sus locales
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Si hay algo de lo que no se puede acusar a los municipios es de falta de creatividad, al menos a la hora de cobrar impuestos. Así como a partir de 2002 se popularizaron las tasas de abasto -que se recaudan con la excusa de solventar análisis bromatológicos en comunas que no tienen laboratorios-, ahora la nueva moda impositiva entre los intendentes de gran parte del país es enviar inspectores a los comercios y empresas de todos los rubros para cobrar el impuesto de publicidad interior.
De acuerdo con la reglamentación del gravamen, los comercios tienen que pagar un cargo por cualquier cartel que exhiban dentro de sus locales, como si se tratara de publicidad en la vía pública. La tasa grava desde la mención de una marca en la espalda de un repositor de un supermercado hasta una heladera que contiene las bebidas para ser consumidas en el lugar y cualquier anuncio en cartón, lámina o calcomanía indicadora de que en el comercio se vende un determinado producto. El impuesto además alcanza desde almacenes y autoservicios hasta grandes supermercados, pasando por ferreterías, mercerías, farmacias, locales de ropa, bazares, corralones de materiales y pinturerías.
El primer antecedente del impuesto es de 2000, cuando el municipio de General Rodríguez (en el oeste del conurbano) comenzó a cobrarlo, aunque la intendencia del Partido de la Costa fue la primera en masificarlo, al apuntar principalmente a las empresas y comercios que se instalaban en San Clemente o San Bernardo durante el verano.
"Esto empezó hace cinco años en unos pocos municipios de la provincia de Buenos Aires y ahora son alrededor de cincuenta las intendencias que lo aplican. La mayoría son de Buenos Aires, pero también hay de Córdoba, Entre Ríos, Mendoza y San Luis", explica Cristián Fernández, director general de la Cámara Argentina de Anunciantes. La incidencia que está adquiriendo este impuesto, además, no es menor. Según un relevamiento realizado por la Cámara de Anunciantes, la tasa de publicidad interior llega a representar el 9% de las ventas efectuadas por los pequeños comercios.
Sin derecho
Los empresarios sostienen que los municipios no tienen derecho a cobrar estas gabelas porque el sujeto gravado no paga por la concesión de alguna ventaja, como sería la ocupación de un espacio público, y lo que se grava son anuncios o la mera identificación de mercaderías o servicios dentro de locales comerciales.
"Las empresas nunca nos opusimos a que los municipios cobraran los llamados derechos de publicidad y propaganda a sus anuncios en carteles ubicados en la vía pública o en el exterior del local, pero se está llegando a casos insólitos como querer cobrar por los logotipos de las tarjetas de crédito con que opera el comercio o por el portalapicera que tiene un farmacéutico", explica Miguel González Abella, director ejecutivo de Cámara Argentina de la Industria de Cosméticos y Perfumería (CAPA).
Las empresas también se quejan de la falta de un criterio uniforme por parte de los distintos municipios. Cada ciudad utiliza su propio mecanismo de fijación de las tasas en concepto de publicidad interior. Por lo general, el impuesto se aplica por metro cuadrado y los valores oscilan entre los $ 19,20 por m2 que cobra La Matanza hasta los $ 72 que aplica San Isidro. El problema se agravó con la virtual privatización del sistema de recaudación de impuestos, ya que lo que están haciendo muchos municipios es tercerizar su cobro en manos de estudios contables. Los estudios, con el respaldo de la sanción de una ordenanza municipal, exigen a las empresas hasta cinco años de retroactividad por la publicidad interior, aunque generalmente ofrecen acuerdos por el pago de un año y la cancelación del resto de la deuda.
"Antes, la cobranza de esos derechos la hacía el municipio con su propia estructura. Hace cinco años, un estudio contable empezó a ofrecer servicios de cobranza de estos derechos a distintos municipios. Esta idea fue copiada luego por otros estudios. A cambio de una comisión por los montos cobrados, brinda a los municipios el servicio de efectuar los relevamientos, proponer las liquidaciones de derechos y hacer la gestión de cobranzas", explica Rodrigo Bunge, director ejecutivo de la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (Copal).
Estrategias de defensa
Los empresarios, por otra parte, son claros a la hora de destacar que cualquier incremento en sus costos indefectiblemente lo terminan pagando los consumidores. "Al igual que sucede con las tasas de abasto, sería ingenuo pensar que esto no va a afectar al consumidor, que es en definitiva el que termina pagando cada aumento en los", sostiene Tomás Klepetar, director ejecutivo de la Asociación de Industrias de Marca (AIM).
La estrategia de las distintas cámaras empresariales para enfrentar lo que definen como "voracidad fiscal" de los municipios fue repetir el trabajo que hicieron con las tasas de abasto, con presentaciones ante la Justicia, en los fueros contencioso administrativo provincial y federal.
"Ya presentamos varias medidas cautelares y estamos confiados en obtener un fallo favorable como los que obtuvimos con las tasas de abasto. En este último caso, tenemos una sentencia firme del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San Martín que declaró inconstitucional la tasa de abasto que cobraba la municipalidad de Morón", señaló Klepetar.
Pese al optimismo empresarial, todo indica que la búsqueda de canales alternativos de financiamiento para los municipios es un problema que llegó para quedarse. Detrás de esta "creatividad impositiva" se esconde el objetivo de recuperar los fondos que dejaron de percibir por la recaudación de otros impuestos.





