El divorcio de Tomás Costantini: un fallo defiende sus salidas nocturnas
Asi, sigue casado con la modelo Lorena Ceriscioli; ella lo demandó por agravios y la Justicia le dio la razón; pero él apeló y fue favorecido
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El millonario Tomás Costantini pasa de una mala a una buena. Hace poco se separó en muy malos términos de Jimena Campisi con quien espera un bebe. Ahora, la Justicia lo favoreció frente a un juicio de divorcio por agravios que le inició su ex pareja Lorena Ceriscioli, con la que aún sigue casado. Así, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil desestimó esas denuncias y revocó la sentencia de primera instancia en cuanto a agravios se refiere.
Pero hay varios tramos del fallo que son llamativos y que se utilizan para desestimar las injurias: por una parte cuestiona a los testigos de las dos partes, defiende las salidas nocturnas del hombre y afirma que una foto de la modelo en ropa interior "no sería propia de una mujer casada".
"Un análisis conjunto de los testigos referidos revela, a mi juicio, que de ninguna manera puede tenerse por acreditada en autos las injurias graves articuladas por la accionante", indica el fallo firmado por los jueces Mauricio Luis Mizrahi, Omar Luis Díaz Solimine y Claudio Ramos Feijoo.
Al referirse a las "pruebas documentales", en este caso, fotos, se indica que las mismas no revelan una injuria por parte de Costantini. En ellas se ve al empresario con la modelo Florencia Torrente. Sin embargo, estas fotos serían posteriores a la separación de hecho y además no demostrarían una relación. Inclusive, la aludida negó haber tenido algo con él. El fallo indica, en este contexto, que resulta "significativa" una foto de Ceriscioli "con la pose que exhibe en ropas interiores; y al respecto se podría decir -si nos olvidamos de la profesión de las partes- que la foto no sería propia de una mujer casada".
Además, el fallo defiende las salidas nocturnas de Costantini al decir que "el estilo de vida de la pareja y la conducción de una agencia de modelos no tenía por qué hacer pensar que esa forma de vida tenía que cambiar necesariamente". Y le da la razón al empresario: "Me parecen acertadas las reflexiones del apelante acerca de lo que significa en verdad trabajar en una agencia de modelos, donde es necesario una exhibición constante y participar en cuanta fiesta y eventos resulte posible". Indica además que Costantini era una especie de "tutor" de sus modelos.
Por eso se concluye: "De ahí que no era presumible que el hecho del casamiento formal podría cambiar ese ritmo de vida; y por eso es cierto lo que se señala, que no es lo mismo la aparición pública del demandado -dueño de una agencia de modelos y ´tutor´ de ellas - bailando en un local nocturno, que ´el baile de un señor abogado casado con una niña del Sagrado Corazón´".
Por otra parte, el fallo rechaza que Tomás haya hecho un abandono "voluntario y malicioso" del hogar. Por el contrario, indica que la ruptura de la convivencia fue acordada para "no empeorar las cosas". Luego se asegura que Ceriscioli cambió la cerradura de la casa, e impidió así la entrada de su marido, aunque esto no fue inmediatamente posterior a la partida.






