A partir del 1° de julio de 2027: la fecha en que las licencias de Florida comenzarían a distinguir a migrantes
La medida establece requisitos documentales específicos; de ser aprobada, entraría en vigor en su totalidad el próximo año
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La Cámara de Representantes de Florida analiza un proyecto que modificará el formato de las licencias de conducir y tarjetas de identificación emitidas en el estado. Se trata de la iniciativa HB 991, un proyecto que, de ser aprobado, requeriría la obligación de indicar en el documento físico si la persona es ciudadana estadounidense y así diferenciarla de los no ciudadanos, como residentes permanentes o titulares de estatus migratorio temporal.
Qué establece la ley HB 991 sobre las licencias de conducir en Florida
El eje central de la HB 991 es la incorporación obligatoria de una leyenda que identifique a quienes poseen ciudadanía estadounidense.
Según el texto en discusión, si la iniciativa es aprobada por la Legislatura y firmada por el gobernador, a partir del 1° de julio de 2027, las nuevas licencias de conducir y tarjetas de identificación emitidas a ciudadanos estadounidenses deberán incluir una designación visible de ciudadanía.

La disposición se aplicará a documentos nuevos, renovaciones y duplicados. Esto implica que, a partir de esa fecha, el Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de Florida (Flhsmv, por sus siglas en inglés) deberá adaptar el diseño y los sistemas de emisión para reflejar esta información en el soporte físico.
El proyecto también contempla que, si una persona adquiere la ciudadanía después de haber obtenido su licencia, el organismo deberá emitir una nueva tarjeta sin costo adicional, siempre que el titular actualice su estatus dentro del plazo correspondiente.
Distinción entre ciudadanos y migrantes en la identificación estatal
Actualmente, el Flhsmv verifica el estatus migratorio para emitir documentos compatibles con el sistema federal Real ID. Sin embargo, esa verificación no siempre se refleja de manera explícita en el frente del documento.
La HB 991 dispone que el estatus registrado en el sistema al momento de la emisión quede plasmado en la credencial.
En consecuencia, quienes no sean ciudadanos, como residentes permanentes legales o personas con estatus migratorio temporal, recibirán una identificación que no contendrá la leyenda reservada a ciudadanos.
El resultado será una diferenciación visible entre ciudadanos y no ciudadanos en las licencias e identificaciones estatales.
La propuesta no elimina la posibilidad de que los residentes obtengan documentos, pero sí establece una distinción obligatoria.

Documentos válidos para acreditar la ciudadanía en Florida
La HB 991 enumera los comprobantes que podrán utilizarse para demostrar la ciudadanía estadounidense al momento de solicitar o actualizar una licencia de conducir o tarjeta de identificación. Entre los documentos aceptados, figuran:
- Pasaporte de EE.UU. vigente o la tarjeta de pasaporte.
- Certificado de nacimiento emitido en territorio estadounidense.
- Informe consular de nacimiento en el extranjero expedido por el Departamento de Estado.
- Certificados de naturalización.
- Certificados de ciudadanía, junto con números de registro o certificación emitidos por el Departamento de Seguridad Nacional
- Una orden de un tribunal federal que otorgue la ciudadanía también será válida como respaldo documental.
En los casos en que el nombre legal del solicitante no coincida con el que figura en los documentos presentados, será obligatorio aportar documentación que justifique el cambio de nombre. Esto puede incluir resoluciones judiciales, actas de matrimonio u otros registros oficiales.
El objetivo es garantizar que el estatus consignado en la licencia corresponda a la información verificada en los sistemas oficiales antes de imprimir la designación de ciudadanía en el documento.

Estado actual del proyecto en la Legislatura de Florida
Hasta el 9 de febrero de 2026, la HB 991 se encontraba bajo análisis en el Comité de Asuntos Estatales de la Cámara de Representantes de Florida.
Con anterioridad, el texto había superado una primera instancia en el Subcomité de Operaciones Gubernamentales mediante votación favorable.
Para convertirse en ley, la propuesta debe completar varias etapas. En primer lugar, necesita obtener aprobación en el comité donde se encuentra radicada. Posteriormente, debe ser sometida a votación en el pleno de la Cámara de Representantes.
Una vez que avance en esa instancia, el proyecto debe ser tratado y aprobado por el Senado de Florida. Finalmente, el texto deberá enviarse al gobernador para su firma o veto.
Preguntas y respuestas actualizadas sobre la HB 991
¿Qué es la HB 991 y qué busca cambiar en Florida?
Es un proyecto que analiza la Cámara de Representantes de Florida para modificar el formato de las licencias de conducir y las tarjetas de identificación. Propone que el documento físico indique si la persona es ciudadana estadounidense, para diferenciarla de no ciudadanos (residentes permanentes o con estatus migratorio temporal).
¿Qué establece la HB 991 sobre la leyenda de ciudadanía en la licencia?
El eje central es incorporar de forma obligatoria una designación visible de ciudadanía en las licencias y tarjetas emitidas a ciudadanos estadounidenses.
¿Desde cuándo se aplicaría y a qué trámites alcanzaría?
Si la Legislatura la aprueba y el gobernador la firma, regiría desde el 1° de julio de 2027. Se aplicaría a documentos nuevos, renovaciones y duplicados, y obligaría al Flhsmv a adaptar el diseño y los sistemas de emisión.
¿Qué pasaría con quienes obtengan la ciudadanía después de tener la licencia?
El proyecto contempla que el Flhsmv emita una nueva tarjeta sin costo adicional, siempre que la persona actualice su estatus dentro del plazo correspondiente.
¿Qué documentos servirían para acreditar la ciudadanía bajo la HB 991?
El texto enumera, entre otros: pasaporte de EE.UU. vigente o tarjeta de pasaporte; certificado de nacimiento emitido en territorio estadounidense; informe consular de nacimiento en el extranjero; certificados de naturalización; certificados de ciudadanía con números de registro o certificación del Departamento de Seguridad Nacional; y una orden de un tribunal federal que otorgue la ciudadanía. Además, si el nombre legal no coincide, se debe presentar documentación que justifique el cambio (por ejemplo, resoluciones judiciales o actas de matrimonio).
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