
Es oficial: cientos de inmigrantes podrían quedar en libertad ante nuevo fallo legal contra Trump y el ICE
La decisión se suma a otras disposiciones que cuestionaron la política de detención obligatoria impulsada por el gobierno federal
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Un nuevo fallo judicial representa un revés para la política migratoria del gobierno de Donald Trump. El Tribunal de Apelaciones del Tercer Circuito de Estados Unidos resolvió que ciertos inmigrantes que ingresaron a ese país sin inspección y que llevan años allí no pueden ser privados de su libertad automáticamente sin acceder a una audiencia para solicitar una fianza.
Qué cambia para los inmigrantes detenidos por el ICE tras el fallo
La decisión fue emitida el 28 de agosto en el caso Buele Morocho v. Warden Philadelphia FDC. El proceso fue impulsado por la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés), junto con sus organizaciones en Pensilvania y Nueva Jersey, y el estudio Palladino, Isbell & Casazza, LLC.

El fallo no establece que todas las personas alcanzadas por la medida deban recuperar su libertad de inmediato. Lo que cambia es el procedimiento: los inmigrantes detenidos por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) podrán pedir que un juez de inmigración revise sus circunstancias y determine si corresponde permitirles continuar sus procesos fuera de un centro de detención.
Durante décadas, las personas sometidas a procesos de deportación tuvieron, en determinadas circunstancias, la posibilidad de solicitar una audiencia de fianza. Sin embargo, el 8 de julio de 2025, el gobierno de Trump adoptó una nueva interpretación de las leyes migratorias y sostuvo que quienes hubieran ingresado sin inspección debían permanecer detenidos sin esa posibilidad.
La aplicación de esa interpretación alcanzó también a personas que llevaban varios años en EE.UU. Entre ellas se encontraban inmigrantes con trámites migratorios pendientes e incluso individuos que podían tener vías para obtener la residencia legal, pero cuyos expedientes permanecían demorados por procesos administrativos.
Con la resolución del Tercer Circuito, esos extranjeros recuperan el derecho a solicitar una evaluación judicial de su situación. El juez deberá analizar cada expediente y establecer si existe un riesgo para la seguridad pública o una posibilidad de fuga que justifique mantener la detención.
Cientos de inmigrantes podrían beneficiarse tras el nuevo fallo judicial
Según explicó la analista de inmigración Kathia Quirós a Telemundo, la eliminación de la detención automática “no significa que le vayan a dar la fianza ni que vaya a salir”, pero la persona tendrá el derecho de pedirle a un juez que evalúe su situación y decida si puede salir bajo fianza o no. “Esta es una muy buena noticia”, agregó.
El cambio podría impactar en cientos de inmigrantes que actualmente se encuentran detenidos. Fallos anteriores emitidos en otras jurisdicciones ya permitieron que personas sometidas a procesos de deportación obtuvieran audiencias y, en determinados casos, fueran liberadas bajo fianza mientras sus expedientes seguían abiertos.

La decisión del Tercer Circuito se convirtió además en el octavo fallo de una corte federal de apelaciones que rechaza la interpretación utilizada por el gobierno federal para imponer la detención obligatoria. A esta postura se suman resoluciones de otros siete circuitos y de cientos de jueces de tribunales de distrito.
El gobierno de Trump no podrá evitar las audiencias de fianza de forma general
La ACLU sostuvo que los tribunales han cuestionado de manera reiterada la interpretación adoptada por la administración. Además, consideró que la resolución reafirma la obligación del gobierno de respetar las leyes de inmigración y las garantías constitucionales relacionadas con el debido proceso.
“Este fallo representa otra victoria crucial contra la crueldad y el desprecio de la administración por el estado de derecho”, señaló Michael Tan, subdirector del Proyecto de Derechos de los Inmigrantes de la ACLU, en un comunicado.
Desde la organización también señalaron que impedir de manera generalizada las audiencias de fianza supone una restricción de la libertad que debe estar respaldada por una evaluación judicial. Los abogados que participaron en el litigio destacaron que el gobierno no puede establecer por sí mismo un sistema de detención indefinida al margen de las disposiciones legales.
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