
Reglas actualizadas para tramitar la visa de EE.UU.: dónde deben presentarse las solicitudes
El Departamento de Estado exige que los trámites de visas de no inmigrante se hagan en el país de nacionalidad o residencia, sin excepción de terceros países
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El Departamento de Estado de Estados Unidos (DOS, por sus siglas en inglés) endureció las condiciones para tramitar visas de no inmigrante. A partir de este cambio, los solicitantes ya no pueden completar el trámite en un tercer país: deben hacerlo en la embajada o el consulado de su país de origen o de residencia.
Las visas de no inmigrante de EE.UU. deben tramitarse en el país de residencia
Según el sitio web oficial del DOS, revisado el 15 de julio, los solicitantes de estos documentos deben programar sus citas para la entrevista de visa en la embajada o el consulado estadounidense correspondiente a su país de residencia.

Para consultar qué oficina le corresponde, el peticionario puede conocer las embajadas y consulados en otro apartado del sitio web del DOS. Allí, es posible buscar por país para ver la dirección y las vías de contacto de cada lugar.
Asimismo, los ciudadanos de países en los que el gobierno de EE.UU. no realiza trámites rutinarios de visas deben presentar su solicitud en la embajada o consulado designado. En este caso, para determinar la ubicación correspondiente para las solicitudes, las personas pueden consultar la lista de oficinas de procesamiento designadas.
Qué saber antes de solicitar la visa de EE.UU.
Antes de solicitar una cita para avanzar con el trámite de la visa de no inmigrante, los interesados deben tener en cuenta lo siguiente:
- Requisito de residencia: los peticionarios deben demostrar su residencia en el país donde presentan la solicitud.
- Citas existentes: los turnos para visas de no inmigrante generalmente no se cancelarán. Sin embargo, en casos específicos en los que haya modificaciones, se notificará al solicitante.
- Excepciones: la guía general sobre documentación para no migrantes no se aplica a quienes esperan por visas A, G, C-2, C-3, de la OTAN, a peticionarios de visas diplomáticas u oficiales (independientemente de su clasificación), ni a los solicitantes de documentación para viajes contemplados en el Acuerdo sobre la Sede de las Naciones Unidas. En ciertas ocasiones, según las autoridades, podrían aplicarse excepciones por emergencias humanitarias o médicas o por razones de política exterior.

Cuánto tiempo demoran las autoridades de EE.UU. para las citas de visas
De acuerdo con el DOS, los tiempos de espera de las entrevistas para visas de no inmigrante varían según la ubicación. En ese sentido, las autoridades estadounidenses pueden ofrecer una estimación general de la tardanza, pero las características particulares de cada caso pueden hacer que se presenten valores diferentes.

Las autoridades disponen de una herramienta que permite conocer la demora estimada. El DOS publica mensualmente una tabla con información actualizada sobre el tiempo de espera promedio para entrevistas de visas de no inmigrante del mes anterior.
La plataforma muestra la demora según cada país y tipo de visa. En el caso de la categoría B1/B2, el dato solo se muestra si la próxima cita disponible para llevar a cabo el trámite está a más de tres meses de la fecha en la que se realiza la consulta.
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