
Aprueban que se limite la inmunidad
Reparos en el caso de legisladores
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La ley que limita la inmunidad de legisladores, jueces, miembros del Poder Ejecutivo Nacional y hasta del Presidente cosechó más respaldo que críticas entre los juristas.
Constitucionalistas consultados por La Nación celebraron ayer la norma aprobada por el Congreso el viernes último y opinaron que contribuirá a terminar con cientos de investigaciones judiciales inconclusas.
Los abogados Daniel Sabsay y Alberto García Lema consideraron un avance la ley que derogó los artículos 189, 190 y 191 del Código Procesal Penal de la Nación, y dijeron que viene a llenar un vacío constitucional que había extendido la inmunidad de arresto a una verdadera inmunidad de proceso que ataba de mano a los jueces y otorgaba impunidad.
"La nueva norma no vulnera en nada la Constitución. Es válida tanto para jueces y funcionarios como para legisladores", aseguró Sabsay. "Con esta ley, las Cámaras no pierden la facultad de suspender a los legisladores si quisieran", aclaró García Lema.
Para Gregorio Badeni, en cambio, la ley es válida para magistrados y miembros del PEN, pero no puede aplicarse en caso de legisladores. Para él, la norma vulnera el artículo 70 de la Constitución, "que no permite en modo alguno formular una acusación judicial a un legislador".
Según su interpretación, si un legislador es acusado en un proceso judicial, para que siga sustanciándose el juicio (y se lo procese) es indispensable que el juez solicite al Congreso la suspensión del legislador imputado. "No sé si el Poder Ejecutivo tendrá la decisión política de vetar la ley, pero los jueces deberán declararla inconstitucional en caso de que un legislador lo solicite", opinó.
Alejandro Carrió se ubicó en una postura intermedia: él acepta que se indague y procese a un funcionario, un magistrados o un legislador, pero no llevaría a este último a juicio oral sin desaforarlo previamente.
Si bien el artículo 70 de la Constitución crea para los legisladores un privilegio del que no gozan los jueces ni los funcionarios del PEN, la interpretación restrictiva que propugna Carrió haría que funcionara exclusivamente a partir de la acusación, y con un sumario (el de la etapa de instrucción) ya concluido.
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