Caso Cuadernos: la Corte rechazó planteos de empresarios que alegaron que no pagaron coimas sino aportes de campaña
Pretendían eludir el juicio oral por corrupción y pedían que sus expedientes fueran analizados por la justicia electoral
6 minutos de lectura'


En una definición importante para el curso del juicio por el caso de los Cuadernos de las Coimas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó recursos de un grupo de empresarios que reclamaban que sus pagos fueran considerados aportes de campaña y no sobornos. Pretendían, así, eludir el juicio y que sus desembolsos fueran analizados por la Justicia electoral, donde las penas son multas menores y no la prisión.
Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal rechazó las presentaciones de las defensas de los empresarios Hugo Dragonetti, Jorge Mauricio Balán y Armando Loson.

Loson declaró en la causa de los Cuadernos de las Coimas como arrepentido, y en otra causa paralela denunció que parte de las menciones que se hacían sobre él en las anotaciones del chofer Oscar Centeno habían sido adulteradas.
La decisión de la Corte estuvo fundada en que las presentaciones de los empresarios no se dirigían contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.

Es la misma respuesta que ya recibieron en las últimas semanas más de una treintena de planteos que buscaban cuestionar el caso que comenzó a juzgarse a inicios de noviembre ante el Tribunal Oral Federal N°7 (TOF 7), con la expresidenta Cristina Kirchner, exfuncionarios y empresarios en el banquillo de los acusados.
Ante el TOF 7, la defensa de Loson sostuvo que las entregas de dinero que el directivo de la firma Albanesi SA reconoció haber efectuado en la causa se circunscribieron a aportes de campaña electorales para 2013 y 2015, y que esos pagos no implicaron un beneficio personal ni una ventaja para sus empresas.
En su argumentación, Loson se amparó en el caso de otros empresarios como Manuel Santos Uribellarea, Alejandro Ivanissevich y Hugo Eurnekian, quienes, según su visión, en situaciones análogas, lograron que sus casos sí pasaran, en instrucción, a la justicia electoral. Presentaciones en el mismo sentido realizaron las defensas de Dragonetti y Balán.
En febrero de 2024, el TOF 7 rechazó el planteo de incompetencia. A Loson se le respondió que esa argumentación no era novedosa, que había sido planteada sin éxito en instrucción y que correspondía rechazarla. Lo mismo se hizo con las otras presentaciones.
En junio del 2024, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal admitió la queja de las defensas. Entre ellos también figuraba el empresario Angelo Calcaterra, quien en sus declaraciones en indagatoria desde el comienzo del caso había dicho que los pedidos de dinero del kirchnerismo eran para la campaña. Calcaterra es el primo de Mauricio Macri.
La Cámara Nacional Electoral intervino también en el caso y determinó que los fondos que dijo que aportó Calcaterra a la campaña electoral del Frente para la Victoria no fueron detectados en los informes de gastos de esa campaña.
La Cámara Electoral, que analizó la legalidad de la rendición de gastos de la campaña del Frente de Todos de 2015, terminó de revisar esos pagos y concluyó que no hay pruebas de aportes de campaña por parte de Calcaterra y de Javier Sánchez Caballero, su exejecutivo.
El máximo tribunal electoral destacó que −más allá de las consideraciones que podrían hacerse sobre la decisión de Casación−, era fundamental tener en cuenta que, según lo dicho en el proceso penal, se habrían hecho aportes de campaña en negro, en forma subrepticia, en múltiples ocasiones y por montos millonarios.
La Cámara Electoral ya había dictado una sentencia en 2018 desaprobando la rendición de cuentas del Frente para la Victoria, pero ordenó profundizar la investigación sobre la legalidad de los fondos recibidos y los gastos realizados.
Cuando el caso retornó para su revisión, señaló que, tras nueve años de investigación, no se había hallado ningún elemento concreto que vincule las deficiencias en las rendiciones de cuentas del Frente para la Victoria 2015 con los desembolsos de Calcaterra y Sánchez Caballero.
La sentencia del máximo tribunal electoral, firmada por Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía, estableció que las medidas no permiten afirmar que los fondos que motivaron la acusación penal por el caso Cuadernos hayan sido utilizados en la campaña electoral.
Entre los argumentos que respaldan esta conclusión, se detallan las tareas del Cuerpo de Auditores Contadores para evaluar los ingresos y gastos de campaña.
Se realizaron auditorías en las que se recabaron datos de diversas fuentes mediante diferentes técnicas, como monitoreos en Internet y redes sociales, auditorías de publicidad, y circularización a terceros. Con esa información, se cruzaron datos y documentos para detectar movimientos de fondos que no coincidan con la rendición de cuentas.
A fines de noviembre de 2024, por mayoría, la Cámara de Casación rechazo los recursos de los empresarios y confirmó que debían enfrentar el juicio oral por cohecho, desatendiendo su argumento de que eran aportes de campaña.
En el caso de los empresarios cuyos recursos prosperaron, Santos Uribelarrea, Hugo Eurnekian e Ivanissevich, sus causas pasaron a la justicia electoral y evitaron el juicio oral por decisión del juez Julián Ercolini. El fiscal Carlos Stornelli consintió la declaración de incompetencia.
Se tuvo en cuenta el criterio de que los empresarios no tenían contratos de obra pública cuando supuestamente hicieron esos pagos y que ellos manifestaron que se trató de un aporte de campaña no registrado.
En el caso de Eurnekian, el juez concluyó que “habiéndose agotado la totalidad de las medidas probatorias relacionadas con el suceso”, vinculado a un aporte de dinero cercano a la campaña electoral del 2013, en la cual el empresario “no resultó aportante” según informes de la Cámara Nacional Electoral, corresponde “que continúe interviniendo la justicia electoral”.
La defensa de Eurnekian sostuvo que los pagos “habrían tenido como motivación financiar la campaña electoral de la agrupación ‘Frente para la Victoria” y no el pago de coimas.
Sobre Ivanissevich, el juez sostuvo que el “único aporte de dinero habría sido realizado para el desarrollo de la campaña electoral correspondiente al año 2009″ en la que, según informes de la CNE, no figuraría como aportante. “Corresponde que continúe interviniendo la justicia electoral”, afirmó también en este caso.
Lo mismo resolvió respecto de Uribelarrea, cuyos aportes de dinero habrían sido realizados “para el desarrollo de la campaña electoral correspondiente al año 2015″.
- 1
2La odisea del hermano de Calvete con los narcos mexicanos, una huida y el enigma de los 460.000 euros
3La Corte rechazó un recurso de Cristina Kirchner: avaló que siga usando la tobillera electrónica
4Dan 50 días a Fred Machado para decidir si se declara culpable o va a juicio oral en Estados Unidos por narcotráfico, lavado y estafa



