
Caso Fayt: la Corte le dijo no al procurador
Recusación: Becerra había planteado que la permanencia de Fayt debía ser resuelta por conjueces; los ministros no lo aceptaron.
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La Corte Suprema de Justicia rechazó ayer la recusación que formuló a sus miembros el procurador general de la Nación, Nicolás Becerra, en la causa en la que dictaminó que el juez del alto tribunal Carlos Fayt debe abandonar el cargo o someterse a nuevo acuerdo del Senado.
Becerra, en un dictamen extenso, había disparado anteayer una polémica en torno de la permanencia de Fayt.
La reforma de 1994 introdujo en la Constitución Nacional una norma por la cual se puso un límite a la inamovilidad de los jueces: 75 años de edad, más allá de la cual, si quieren permanecer en el cargo, deben conseguir que el Senado les dé un nuevo acuerdo.
Cuando se sancionó la reforma, Fayt, que hoy tiene 81 años, presentó una acción declarativa y pidió la nulidad de esa cláusula, porque la ley 24.309, que declaró la necesidad de la reforma y que fijó los temas que podían ser modificados, no incluyó el artículo 96 de la Constitución -en la actual numeración es el 110-. Por lo tanto, la modificación introducida, sostiene Fayt, es nula.
Una jueza de primera instancia entendió que la reforma fue nula en ese punto, en tanto que la Cámara Contencioso Administrativo, para darle la razón a Fayt, sostuvo que los jueces tienen un derecho adquirido a las condiciones de estabilidad vigentes al momento del nombramiento, con lo cual Fayt, que fue designado en 1983, no está sujeto al límite de edad.
Becerra, conforme con un criterio jurisprudencial de la Corte, interpretó que ninguna persona tiene un derecho adquirido al mantenimiento de las leyes, menos aún cuando la reforma fue introducida en la misma Constitución que regía las condiciones de estabilidad del magistrado.
El dictamen y la Corte
En la Corte no son pocos los funcionarios que comparten este criterio. En cambio, no coinciden con Becerra en otro aspecto: el de la nulidad.
A varios de esos funcionarios les parece que la introducción del problema de la inamovilidad en la norma que se refiere al nombramiento de jueces fue una forma de burlar los límites de la ley 24.309.
Muy probablemente sea éste el argumento que utilice la Corte para preservar a Fayt entre sus integrantes, cuando, el 19 de agosto, tres días antes de la fecha en la que vencería el mandato de Fayt, los ministros se reúnan para dictar sentencia.
Ayer, por lo pronto, todos los jueces del tribunal, excepto Fayt y Enrique Petracchi, que goza de licencia anual, debatieron el asunto durante una hora y dieron una primera señal sobre cómo se resolverá el tema:en forma unánime decidieron que Becerra, si bien interviene como procurador en el expediente, no es parte, por lo cual no tiene legitimación para recusarlos, es decir, para pedirles que se excusen de intervenir.
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