Ciudadanía para inversores: uno por uno, los pasos para presentar la solicitud en la Argentina
El Gobierno nacional estableció el circuito administrativo para que extranjeros obtengan la nacionalidad a cambio de un desembolso de capital calificado; una nueva agencia analizará los pedidos y Migraciones tendrá la decisión final
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El Gobierno oficializó, a través del Decreto 524/2025 publicado este jueves en el Boletín Oficial, el procedimiento completo que deberán seguir los extranjeros para obtener la ciudadanía argentina a través de una inversión. La nueva normativa reglamenta la figura del “ciudadano por inversión” y establece un circuito que comienza con la presentación de la solicitud ante la flamante Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión.
Uno por uno: los pasos para la solicitud
El decreto detalla un camino claro y con plazos definidos para quienes busquen acceder a la nacionalidad argentina bajo esta nueva modalidad. El proceso consta de las siguientes etapas:
- Presentación de la solicitud: el extranjero debe presentar el pedido formal ante la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, organismo que funciona bajo la órbita del Ministerio de Economía.
- Evaluación de la inversión: la agencia verifica si el desembolso de capital realizado por el solicitante cumple con los criterios para ser considerado una inversión relevante, según lo establezca la cartera económica.
- Consulta a organismos de control: si la inversión es validada, la agencia solicita informes técnicos al Ministerio de Seguridad, la Unidad de Información Financiera (UIF), el Registro Nacional de Reincidencia, el RENAPER y la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) para evaluar posibles riesgos.
- Elaboración de un dictamen: con la información recopilada, la agencia redacta un informe fundado en el que recomienda la aprobación o el rechazo de la solicitud. En caso de que la inversión no califique o los informes sean negativos, se propondrá el rechazo.
- Elevación a Migraciones: el dictamen se remite a la Dirección Nacional de Migraciones, que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
- Resolución final: Migraciones tiene un plazo de treinta (30) días hábiles para analizar el informe y dictar una resolución final, otorgando o denegando la ciudadanía.
El CUIT para los nuevos ciudadanos
El decreto también contempla los pasos posteriores al otorgamiento de la ciudadanía. En su artículo 5°, encomienda a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que realice las adecuaciones normativas y sistémicas necesarias.
El fin de esta instrucción es posibilitar la tramitación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) para la persona que haya obtenido la ciudadanía por inversión. Este paso es fundamental para que el nuevo ciudadano pueda operar formalmente en el sistema económico y tributario del país.

La normativa delega en la propia Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión la facultad de dictar las normas complementarias o aclaratorias que sean necesarias para regular el procedimiento de solicitud y la evaluación de las mismas.
El decreto lleva la firma del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete de Ministros, Guillermo Francos, y del ministro de Economía, Luis Andres Caputo. La medida entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.
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