
El juez Ercolini condenó a un exfuncionario de la AFIP por ocultar bienes en Estados Unidos
Dispuso prisión en suspenso a un exdirector de Personal del organismo tributario porque omitió declarar una sociedad, dos inmuebles y una cuenta bancaria
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El juez federal Julián Ercolini condenó a seis meses de prisión a un exfuncionario de la por entonces Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por omitir de manera maliciosa en la declaración jurada patrimonial que presentó ante la Oficina Anticorrupción (OA) una sociedad constituida en Estados Unidos que utilizó para adquirir y controlar dos inmuebles junto a su esposa.
Ercolini también dispuso que el otrora alto funcionario de la AFIP, Pablo Alejandro Brula, deberá afrontar una inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, la prohibición de salida del país (debido a que el exfuncionario quería retornar a Eslovenia) y una serie de reglas de conducta por seis meses.

La condena contra Brula puede resultar un precedente directo en la investigación que afronta el actual titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Andrés Vázquez, acusado de omitir ante la OA y el propio organismo tributario un entramado societario en paraísos fiscales que le permite controlar inmuebles en Estados Unidos por más de US$2 millones, según revelaron LA NACION y el Centro Latinoamericano de Investigación Periodística (CLIP), con el apoyo del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ).
Tras la revelación periodística, de diciembre de 2024, la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) abrió una investigación por presunto enriquecimiento ilícito y en abril de este año pidió la indagatoria de Vázquez, al concluir que le ocultó a la OA y a la propia ARCA que es el dueño y beneficiario final de esas propiedades. “Sin duda alguna, Andrés Edgardo Vázquez incurrió en el delito de omisión de insertar datos en la declaración jurada patrimonial”, suscribió el titular de la PIA, Sergio Rodríguez. El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi, a cargo de la causa, no ha avanzado por el momento con un pedido de indagatoria.
En la investigación contra Brula, que instruyó el fiscal federal Franco Picardi, quedó demostrado que quien fuera director de Personal de la AFIP desde diciembre de 2015 y hasta principios de 2020 no consignó su participación societaria en la firma B&Q Investments LLC, constituida en 2011 junto con su cónyuge en Florida, Estados Unidos y vigente hasta diciembre de 2016.
A través de dicha sociedad, canalizó la compra de dos inmuebles en el exterior, algo que tampoco especificó en la presentación de 2014 (como parte de su llegada al cargo) ni en las declaraciones anuales de 2015 y 2016, como tampoco declaró el dinero que depositó en cuentas que operó en el exterior, resultante de la venta de esas propiedades.

Para sostener que la omisión fue maliciosa, Picardi destacó que Brula desarrolló su carrera profesional desde 1990 en el organismo encargado de recaudar en la Argentina, donde desempeñó en varios cargos de relevancia. Con esa trayectoria, afirmó el fiscal, tenía pleno conocimiento de lo que significaba no declarar una inversión en el extranjero.
Picardi remarcó, además, que la inversión omitida no se destinó a una asociación sin fines de lucro sino que se destinó a la compra de un primer inmueble por un valor aproximado de US$60.000, que generó rentas por alquileres y luego lo vendió, para luego adquirir un segundo inmueble por cerca de US$90.000 que, al liquidarse la sociedad en 2016, generó una entrada de dinero en efectivo.
En ese sentido, remarcó que toda la secuencia de movimientos tiene relación con los períodos donde Brula debía entregar su declaración jurada. Puntualizó que la omisión tampoco fue subsanada en las presentaciones que realizó entre 2017 y 2020, lo que para el fiscal evidenció una “situación de opacidad y ocultamiento frente a los órganos de control del Estado”.
Sobre la base de todas las pruebas recolectadas, consideró que la omisión maliciosa de informar la totalidad de su patrimonio fue realizada “con conocimiento y voluntad de ocultar a los órganos de control argentinos parte de su patrimonio y de la inversión con fines de lucro que mantenía en el extranjero junto con su cónyuge”. Por eso, había requerido en el alegato un año de prisión en suspenso y la inhabilitación especial perpetua para cargos públicos.
“Deliberada intención de inducir a error”
Al condenarlo, en tanto, el juez Ercolini recordó que Brula era un sujeto obligado a presentar una declaración jurada patrimonial integral ante la OA , de acuerdo con lo previsto por la ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, pero omitió informar sobre esa sociedad, los inmuebles y la cuenta bancaria resultante en las siete declaraciones juradas que presentó entre febrero de 2016 y julio de 2020, cuando fue desplazado del cargo.
Además, remarcó Ercolini, Brula omitió declararlo ante la AFIP. “El nombrado decidió ocultar toda su situación patrimonial en el extranjero en sus declaraciones ante el propio organismo en el que se desempeñaba —desde mucho antes de las omisiones que son objeto de esta causa, ya que en 2011 ya tenía su participación en la sociedad en cuestión y el primer inmueble—, en una actitud claramente contraria al código de ética de la institución”, concluyó.
“La circunstancia de que la omisión ante el organismo en el que Brula se desempeñaba como funcionario desde el año 1990 haya comenzado varios años antes de que naciera su obligación ante la Oficina Anticorrupción, y se haya mantenido ininterrumpidamente durante toda la vigencia de la sociedad y con posterioridad a su disolución, refuerza que no se trató de un olvido puntual circunscripto a una sola presentación, sino de un patrón sostenido frente a dos organismos de control distintos”, recalcó Ercolini.
Al momento de considerar su responsabilidad, tuvo en cuenta que Brula es licenciado en Administración por la Universidad de Buenos Aires, con una maestría en Dirección de Recursos Humanos de la Universidad del CEMA y otra en Administración y Políticas Públicas de la Universidad de San Andrés. A eso se le suman una serie de cursos de capacitación específicamente vinculados a la gestión y al control dentro de la propia AFIP.
“Esa formación universitaria y esa extensa trayectoria de más de treinta años en el organismo nacional —específicamente encargado de fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y patrimoniales—“, destacó Ercolini, “permiten descartar que Brula pudiera desconocer, por impericia o inexperiencia, el alcance de su deber de declarar la totalidad de su patrimonio —propio y de su cónyuge— ante la Oficina Anticorrupción y ante la propia Administración Federal de Ingresos Públicos”.


